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Peritaje Y Auditoria

angelibritany20 de Noviembre de 2013

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PERITAJE

Trabajo o estudio del perito

PERITO.- es la persona autorizada legalmente para dar una opinión acerca de una materia.

PERITAJE JUDICIAL.- es la prueba elaborada técnica y científicamente por expertos, que es una ayuda para que el administrador de justicia pueda dar una solución real a las partes del litigio (desacuerdo).

CARACTERISTICA GENERALES DEL PERITAJE JUDICIAL

A) Actividad humana.- intervención transitoria.

B) Actividad procesal.- se producen en procesos o diligencias.

C) Actividad calificada.- personas con experiencia en la materia.

D) Encargo judicial.- se distingue del testimonio y de la confesión.

E) Vinculación con los hechos.- versar sobre hechos y no sobre cuestiones judiciales.

F) Hechos especiales.- verificación, valoración o interpretación de hechos.

G) Declaración de ciencia.-

H) Operación valorativa

PERITAJE ADMINISTRATIVO.- son campos judiciales en los que actúa el perito en base a las disposiciones legales y reglamentarias. Comprende el peritaje administrativo en el proceso laboral, procesos judiciales, proceso civil. Sus objetivos son capacitar en cuanto al conocimiento de la pericia, analizar los procedimientos periciales y las técnicas de la preparación de los dictámenes e informes.

EL PERITO: persona competente en determinado orden de conocimientos, llamado a emitir dictamen sobre algún punto que debe dilucidarse.

PERFIL PROFESIONAL DEL PERITO:

1.- Condiciones personales:

a) integridad

b) puntualidad

c) trato social

d) discreción

e) capacidad intelectual

2.- Condiciones adquiridas: referidas al conocimiento que el perito debe tener sobre el campo.

AUDITOR.- es el profesional contratado por la propia empresa o entidad para expresar una opinión sobre los estados financieros a una fecha determinada.

CARACTERISTICAS DEL AUDITOR:

* Su opinión la expresa a través de un dictamen

* Su actuación profesional le permite abarcar los campos de la Auditoria Financiera, Tributaria y Operativa.

* Al examinar un examen especial no tiene como objetivo dictaminar sobre la situación financiera.

TESTIGO.- es la persona física que en calidad de terceros declara en juicios sobre hechos controvertidos.

CARACTERISTICAS DEL TESTIGO

- se presenta como un prototipo de un narrador

- En toda exposición no puede destacarse la interpretación que se hace de los mismos.

- Son deberes del testigo comparecer ante la citación del juzgado, y declarar conforme al interrogatorio a que se somete y prestar juramento.

CLASIFICACION DE TESTIGOS:

- por razón de su función: narrador y fedatario.

- por razón del nexo: directos e indirectos.

- por razón del conocimiento: perito y profano.

- por razón del sujeto que recibe el testimonio: judicial y extrajudicial.

- por razón del procedimiento: hábiles, sospechosos e inhábiles.

Diferencia entre auditor y perito:

Auditor: su labor es pasiva. 20% de investigación y 80% de comprobación y análisis. Su informe va dirigido a los empresarios y a terceros. Utilizan una literatura técnica.

Perito: su labor es activa. 80% de investigación y 20% de comprobación y análisis. Su informe va dirigido al juez. Utiliza una literatura menos técnica.

Diferencia entre perito y testigo:

Perito: no está obligado a la aceptación del cargo. Basa su informe en sus conocimientos técnicos y en su experiencia técnica. Tiene una elevada moral.

Testigo: está obligado a concurrir al llamado del

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