Poder Constituyente Y Constituido
pppp020 de Febrero de 2014
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EL PODER CONSTITUYENTE Y PODER CONSTITUIDO
El poder Constituyente es el poder que tiene la facultada de generar la Constitución como norma fundante del Estado siendo esta la base o fundamento y origen de todo ordenamiento jurídico, teniendo como facultad inherente la estructuración y origen del propio Estado estipulando en ella la autodeterminación, soberanía y autonomía además de organizar el poder excluyendo a cualquier otro poder que pretenda tener injerencia en su administración. La teoría del Poder Constituyente nace en Francia en la época de la revolución Francesa en el entorno de un conflicto político-social a causa de 71 años de un régimen absolutista que termino en 1799 según Jorge Reinaldo Vanossi abogado y político Argentino define al poder constituyente como “La voluntad primera del pueblo que no ha tenido organización jurídica o aquella que teniéndola, decide cambiar la filosofía jurídico-política de su orden constitucional o también de aquel pueblo que independizado, busca construir una sociedad organizada y soberana, dando forma y expresión mediante una Constitución. (Vanossi, Jorge Reinaldo, Estudios de Teoría Constitucional, http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm)”.
En México a pesar de que fue convocado en varias ocasiones se conformó hasta 1917. Constituyente Revolucionario es precisamente la imposición al régimen vigente por medio de la fuerza y así se convierte en poder constituyente legitimado y en 1917 se opuso de forma violenta a la Constitución ya establecida de 1857; casi todos los regímenes conocidos como constitucionales han tenido su origen en el desconocimiento por medio de la violencia de un régimen anterior ya que el poder que venza en la guerra es el que se mantiene con vigencia. El Poder Constituyente Permanente, tiene la capacidad jurídica de intervenir cuando se trata de hacer alguna modificación o reforma de acuerdo a las necesidades de la sociedad actual. “La Constitución no alude explícitamente a dicho concepto; sin embargo, la doctrina constitucional mexicana llama Poder Constituyente Permanente al poder revisor de la Constitución, que es un poder creado por ella. Se trata de un órgano más grande que el congreso de la Unión cuya competencia es reformar total o parcialmente la Ley Suprema. http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=55 ”.
El poder constituyente es el fundamento y origen de estado; tiene libertad para actuar pero no poder absoluto establece la estructura y organización del Estado, debe establecer un orden jurídico, establecer una separación de poderes y principalmente respetar los derechos fundamentales de los ciudadanos, establecer instituciones procesales marcando claramente sus derechos y obligaciones una vez cumplida su función desaparece como consecuencia el poder absoluto no debe recaer en una sola persona ya que ha sido creado para los fines de conveniencia del propio pueblo así que se crea la división de poderes de este emana el poder Constituido que no es otra cosa que los poderes creados por el poder constituyente es decir el Poder Ejecutivo, el poder Legislativo y el poder Judicial que conforman los poderes de la Unión esta separación establecida en la misma Constitución en el art. 49; el poder Ejecutivo está conformado por el Presidente de la Republica, el poder Judicial encabezado por la Suprema corte de Justicia en lo siguiente un tribunal Electoral, Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y Juzgados de Distrito que se encarga de la impartición de justicia sea entre los gobernantes, los gobernantes o entre ellos siendo imparcial siendo un tercero ajeno a la controversia y el Poder Legislativo conformado por Diputados y Senadores Federales que se encargan de emitir las leyes que tendrán vigencia atravesó de un proceso especifico; de esta forma se garantiza un equilibrio que asegura el estado de derecho que fue creado por el poder Constituyente
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