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Poder Legislativo

ChecoPerezv13 de Mayo de 2015

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PODER LEGILATIVO

Congreso de la Unión

01/05/2015

Materia Introducción a Derecho

Equipo No. 3

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

• PODER LEGISLATIVO.

Asesor: Lic. César Antonio Gorjón.

• PERIODO 2015

• EQUIPO NUM. 3

• CENTRO UNIVERSITARIO DEL NORTE

• SEDE HOSPITAL CIVIL

INDICE:

MISIÓN

Iniciar, discutir y aprobar las normas jurídicas de carácter general, impersonal y abstracto de aplicación en nuestro país, además de cumplir con funciones de carácter deliberativo, de fiscalización, control y jurisdiccionales.

VISIÓN

Que la Cámara de Diputados se consolide como un espacio republicano, de representación plural, autónoma en sus decisiones para la conformación de un marco jurídico que contribuya a fortalecer la gobernabilidad, el bienestar, y la seguridad de la sociedad, todo ello en un contexto de transparencia y credibilidad en el ejercicio gubernamental.

OBJETIVO

Dotar de las leyes necesarias al país, siendo éstas el orden jurídico que responda a la realidad nacional.

El artículo 49 constitucional señala que el Supremo Poder de la Federación, se divide para su ejercicio en:

Poder Legislativo

Representado por un Congreso General, integrado por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados, encargado de formular y aprobar las leyes federales.

Poder Ejecutivo

Ejecuta y hace cumplir las leyes que emanan del Poder Legislativo. El titular del poder ejecutivo es el Presidente de la República y está representado por las Secretarías de Estado, Organismos Descentralizados, Paraestatales y Autónomos.

Poder Judicial

Dirime las controversias que surjan de la aplicación de las leyes federales. Se encuentra representado por: una Suprema Corte de Justicia, Tribunal Electoral, Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, y Juzgados de Distrito.

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso de la Unión se rige por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la cual precisa la estructura, las bases de organización y funcionamiento del mismo (Arts. 1° al 57).

Estructura del Congreso General (Arts. 1° al 13):

Artículo 1o.

1. El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso General, que se divide en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores.

Artículo 2o.

1. Cada Cámara se integrará por el número de miembros que señalan los artículos 52 (500 diputados) y 56 (128 senadores) constitucionales.

2. El ejercicio de las funciones de los Diputados y los Senadores durante tres y seis años, respectivamente, constituye una Legislatura. El año legislativo comprenderá del 1 de septiembre al 31 de agosto siguiente.

La organización y funcionamiento de la Cámara de Diputados se establece en los artículos 14 al 57 de esta Ley.

Composición de la Cámara

De conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su sección I, la Cámara de Diputados está integrada por 500 Diputados representantes de la Nación, que son electos por los ciudadanos mexicanos, cada 3 años:

•300 elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa.

•200 que son electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales registradas por los partidos políticos.

Para cada Diputado se elige un suplente, ambos son electos simultáneamente.

La composición política actual de la LXII Legislatura es la siguiente:

De acuerdo al artículo 65 constitucional, la Cámara de Diputados se reúne para ocuparse del estudio, discusión y votación de las iniciativas de Ley y de la resolución de los asuntos que le corresponden, en:

SESIONES ORDINARIAS

Cuando se reúne en los períodos establecidos en la Constitución:

Primer período: Del 1 de septiembre y hasta el 15 de diciembre de cada año, salvo cuando el Titular del Ejecutivo Federal inicia su encargo el 1° de septiembre, en cuyo supuesto el período concluye el 31 de diciembre de ese año.

Segundo período: Del 1 de febrero y hasta el 30 de abril de cada año.

SESIONES EXTRAORDINARIAS

Cuando se sesiona fuera de los períodos ordinarios, en cuyo caso, la sesión será convocada por la Comisión Permanente, por las dos terceras partes de sus integrantes presentes, para tratar solamente los asuntos que establezca la convocatoria.

COMISIÓN PERMANENTE

Es el órgano que representa al Congreso de la Unión y/o a las Cámaras, durante los recesos de los períodos ordinarios de sesiones y realiza funciones propiamente administrativas. Se compone de 19 Diputados y 18 senadores quienes son designados por sus respectivas Cámaras antes de concluir la clausura de los períodos ordinarios de sesiones.

Órganos de Gobierno

Los Órganos de Gobierno tienen un rol decisivo en la conducción interna de la Cámara, programan las sesiones, encauzan los acuerdos interpartidistas y deciden sobre la integración de otros órganos, así como la distribución y ejercicio de recursos materiales, financieros y humanos, los cuales son:

Mesa Directiva

Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos

Junta de Coordinación Política

Secretaría General

Coordinar la prestación de los servicios parlamentarios, administrativos y financieros, que garanticen que los apoyos para los Órganos de Gobierno, las sesiones y el trabajo de Comisiones y Comités, se otorguen con imparcialidad y calidad, con apego al marco jurídico aplicable; así como proponer y, en su caso, aprobar la normatividad, instrumentos y mecanismos administrativos que permitan el ejercicio eficiente, racional y transparente de los recursos de la Cámara.

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS

Salvaguardar los intereses de la Cámara de Diputados en los asuntos contenciosos en que esta sea parte, y proveer de elementos jurídicos precisos para la toma de decisiones en el ámbito consultivo, éstos a través del desempeño de funciones estructuralmente organizadas que redunden en servicios jurídicos expeditos a los Órganos de Gobierno y Unidades Administrativas, particularmente a la Presidencia de la Mesa Directiva y a la Secretaría General.

DIRECCIÓN GENERAL DE RESGUARDO Y SEGURIDAD

Lograr que las funciones de seguridad y las de protección civil se lleven a cabo con eficiencia, mediante el establecimiento de políticas, procedimientos y sistemas modernos que permitan garantizar la seguridad de las personas, de los bienes y de las instalaciones de la Cámara.

DIRECCIÓN DE RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Y DEL PROTOCOLO

Brindar el apoyo protocolario, de relaciones públicas e interinstitucionales, que requieran los Diputados y funcionarios de la Cámara, en el ejercicio de sus actividades legislativas y administrativas, así como en la organización de eventos nacionales e internacionales.

SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

Coordinar los programas y actividades que apoyan el proceso legislativo y parlamentario de la Cámara de Diputados, con oportunidad, imparcialidad y objetividad, así como compilar, registrar y efectuar el seguimiento de los acuerdos del Pleno y Órganos de Gobierno, y coordinar los análisis e investigaciones que realizan los Centros de Estudios.

DIRECCIÓN GENERAL DE PROCESO LEGISLATIVO

Auxiliar a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y de la Comisión Permanente en el desarrollo de los trabajos de las sesiones plenarias, en el procedimiento de trámite de iniciativas de Ley, puntos de acuerdo, minutas, decretos y demás documentación que se presente.

DIRECCIÓN GENERAL DE APOYO PARLAMENTARIO

Contribuir a mejorar el desarrollo de las sesiones del Pleno aportando la asistencia técnico-parlamentaria requerida, así como el desarrollo de las reuniones de Comisiones Legislativas, proveyendo de los servicios de asistencia técnico-legislativa, información y análisis especializados que coadyuven a la formulación de proyectos, propuestas, dictámenes legislativos, así como resoluciones sobre asuntos turnados.

DIRECCIÓN GENERAL DE CRÓNICA Y GACETA PARLAMENTARIA

Coordinar y supervisar la edición, impresión, distribución, sistematización, difusión y almacenamiento electrónico de la Gaceta Parlamentaria y del Diario de los Debates; así como los servicios de estenografía para las sesiones del Pleno, Comisiones y Comités, Órganos de Gobierno y en general del trabajo parlamentario.

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN, INFORMACIÓN Y ANÁLISIS

Apoyar las atribuciones institucionales de los Diputados y Órganos de la Cámara de Diputados, mediante el suministro, eficaz, eficiente y oportuno de un servicio de información integral basado en recursos bibliográficos, documentales,

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