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Principales tratados internacionales en materia de comercio exterior en los que Мexico es Рart

Trabajo1 de Noviembre de 2014

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PRINCIPALES TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR EN LOS QUE MEXICO ES PARTE.

INTRODUCCIÓN

Como hemos estado viendo en temas anteriores el desarrollo económico de cualquier país depende no únicamente del comercio que se realice en su interior sino principalmente del comercio exterior.

Este comercio no podría realizarse tan efectivamente sin la existencia de los tratados, ya que sin ellos los aranceles de los productos en los distintos países entorpecerían el transito comercial de las mercancías.

Con estos tratados de libre comercio se trata de que se den condiciones iguales en los países suscriptores para las importaciones y exportaciones, así como el desgravamiento (ya sea inmediato o gradual) de diversas mercancías.

A continuación analizaremos los tratados internacionales celebrados por México y otros países; los objetivos de los tratados y sus principales características.

TRATADOS INTERNACIONALES CELEBRADOS POR MÉXICO

Por tratados celebrados por México, debe entenderse cualquier "acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular" (artículo 2, inciso a), de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969), así como aquellos celebrados entre México y organizaciones internacionales.

Los elementos de un Tratado son: Capacidad, esto es, que solo los Estados pueden celebrar Tratados per se; consentimiento, el cual tiene que ser expreso y manifestado por conducto del jefe de Estado o del órgano de negociación internacional del Estado o por intermedio de sus plenipotenciarios; el objeto, que tiene que ser lícito, o sea no violatorio el Derecho Internacional; posible, es decir que no sea sobre algo inexistente; y por causa se entiende aquello que justifica la obligación.

Esta colección incorpora, exclusivamente, información relativa a los tratados bilaterales y multilaterales celebrados por México y que actualmente se encuentran vigentes.

GENERAL AGREEMENT ON TARIFFS AND TRADE

El GATT, acrónimo de General Agreement on Tariffs and Trade (Acuerdo general sobre comercio y aranceles) es un tratado multilateral, creado en la Conferencia de La Habana, en 1947, firmado en 1948, por la necesidad de establecer un conjunto de normas comerciales y concesiones arancelarias, y está considerado como el precursor de la Organización Mundial de Comercio. El GATT era parte del plan de regulación de la economía mundial tras la Segunda Guerra Mundial, que incluía la reducción de aranceles y otras barreras al comercio internacional.

El funcionamiento del GATT se basa en las reuniones periódicas de los estados miembros, en las que se realizan negociaciones tendentes a la reducción de aranceles, según el principio de reciprocidad. Las negociaciones se hacen miembro a miembro y producto a producto, mediante la presentación de peticiones acompañadas de las correspondientes ofertas.

El articulo XXIV del GATT permite la creación de uniones aduaneras y zonas de libre comercio, como excepción a los principios de “nación mas favorecida” y “trato mas favorable”. El fin ultimo de agrupamientos estatales es el de establecer un régimen aduanero especial, permitiendo la desgravación paulatina de bienes y servicios, y facilitando el movimiento de bienes, servicios, capitales, e incluso personas.

Con fundamento en este articulo, México ha suscrito diversos tratados de libre comercio, de los cuales destaca el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Los factores que dan mayor trascendencia a este tratado, en relación con los otros tratados que México ha suscrito con países latinoamericanos, son la magnitud de las economías involucradas y las negociaciones de desgravación.

TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE (TLCAN)

El 1ero de enero de 1994 entro en vigor este instrumento de integración zonal. Mas que un tratado de libre comercio es un tratado de inversión que abarca mercancías, servicios e híbridos (propiedad intelectual) dentro de sus 22 capítulos, mas los acuerdos de cooperación ambiental y laboral, convergiendo a su vez en un escenario de resolución de controversias que busca limitar la discrecionalidad de la aplicación de las legislaciones nacionales, y pretende garantizar rapidez, objetividad y neutralidad a los operadores económicos zonales.

En el preámbulo del TLCAN establece los fines perseguidos por México, Canadá y Estados Unidos, en los siguientes términos:

• Reafirmar los lazos de amistad y cooperación entre sus naciones.

• Contribuir al desarrollo armónico, a la expansión del comercio mundial y a la ampliación del comercio internacional.

• Crear un mercado ms extenso y seguro para los bienes y servicios producidos en sus territorios.

• Reducir las distorsiones en el comercio.

• Establecer reglas claras y de beneficio para su intercambio comercial.

• Asegurar un marco comercial predecible para la planeación de sus actividades productivas y de la inversión.

• Desarrollar sus respectivos derechos y obligaciones derivados del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, así como de otros instrumentos bilaterales y multilaterales de cooperación internacional.

• Fortalecer la competitividad de sus empresas en los mercados mundiales.

• Preservar su capacidad para salvaguardar el bienestar público.

• Promover el desarrollo sostenible.

• Proteger, fortalecer y hacer efectivos los derechos de sus trabajadores.

El TLCAN consta de un preámbulo y 22 capítulos distribuidos en ocho partes, las cuales se ocupan respectivamente de los siguientes temas:

Primera parte: aspectos generales,

Segunda parte: comercio de bienes.

Tercera parte: barreras técnicas al comercio.

Cuarta parte: compras del sector púbico.

Quinta parte: inversión, servicios y asuntos relacionados.

Sexta parte: propiedad intelectual.

Séptima parte: disposiciones administrativas e instituciones.

Octava parte: otras disposiciones.

1. COBERTURA DEL TRATADO

El TLCAN tiene un alcance amplio e incluye muchos aspectos. Además de la eliminación gradual de todos los aranceles para bienes provenientes de América del Norte, el TLCAN:

a) Elimina o impone normas estrictas sobre un variado gripo de barreras no arancelarias, incluyendo barreras técnicas al comercio.

b) Abre las posibilidades de que los gobiernos efectúen adquisiciones con las empresas de cualquiera de los tres países.

c) Elimina las restricciones sobre las inversiones extranjeras y asegura el trato no discriminatorio.

d) Provee normas que impide que los gobiernos utilicen monopolios y empresas estatales para restringir el comercio,

e) Facilita el cruce de fronteras para personas de negocios en los tres países.

f) Proporciona normas comprensibles que protegen los derechos de propiedad intelectual.

g) Provee tres mecanismos diferentes para la resolución de disputas comerciales.

h) Acuerdos paralelos sobre trabajo y medio ambiente.

Los principios del tratado que cruzan los 22 capítulos y sus anexos son: trato de nación, trato de nación más favorecida y transparencia.

A. Trato Nacional: uno de los aspectos más sustanciales del tratado es que bienes, servicios o personas deben ser considerados como nacionales de los respectivos países suscriptores del TLCAN. Así, una mercancía canadiense debe ser considerada en territorio mexicano en la misma forma como si fuera un producto nacional.

B. Trato de Nación más Favorecida: este principio permite que grupos de países que forman una zona de libre comercio o unión aduanera pueden excluir temporalmente a terceros países de la clausula de la nación mas favorecida.

C. Transparencia: este principio obliga a los tres países a notificar toda modificación, reforma o adición que se intente efectuar a sus legislaciones internas que se relacionen con aspectos regulados por el Tratado, a fin de prevenir controversias entre los operadores económicos zonales.

2. ACCESO A MERCADOS

Se establecen las reglas relativas a los aranceles y otros cargos, así como a restricciones cuantitativas entre las que se encuentran cuotas, licencias y permisos y requisitos de precios a importaciones y exportaciones que regirán el comercio de bienes.

Se dispone también la eliminación progresiva de todas las tasas arancelarias y se prevén básicamente cuatro plazos para la desgravación arancelaria:

Primer grupo: libre acceso de arancel a la entrada en vigor del TLC (43 % de los bienes)

Segundo grupo. Desgravación anual en cinco etapas equivalentes al 18% de los bienes.

Tercer grupo. Al decimo año de vigencia del TLC (2003) equivalente al 38% de los bienes.

Cuarto grupo. Al decimo quinto año. Entre los productos de esta categoría se encuentran: leche en polvo, frijol (excepto para siembra), maíz, atunes, azúcar y jugos.

Agricultura

Caso Canadá: se eliminaran barreras arancelarias y no arancelarias al comercio agropecuario. Con excepción de los productos lácteos y avícolas.

Caso Estados Unidos: las barreras arancelarias entre México y Estados Unidos se eliminan

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