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Principios rectores ley 600 de 2000 (procesal penal).


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2016  •  Tareas  •  461 Palabras (2 Páginas)  •  250 Visitas

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Principios rectores ley 600 de 2000

Artículo 9 Actuación procesal: Este artículo señala que la actuación procesal se desarrollará teniendo en cuenta los derechos fundamentales de los sujetos procesales, también señala la norma la necesidad de lograr la eficacia de la administración de justicia, encuentra esto su fundamento en el artículo 228 de la Constitución política que dice que la administración de justicia es función pública, también señala cómo serán las decisiones de los jueces, esto es, independientes, públicas, permanentes y prevalecerá el derecho sustancial.

Artículo 10 .Acceso a la administración de justicia: El artículo enuncia la garantía que da el Estado a todas las personas de acceder efectivamente a la Administración de justicia, esto es un reflejo del artículo 229 Constitucional que garantiza este derecho para los individuos.

Artículo 11 Juez natural: Esta norma manifiesta que nadie podrá ser juzgado sino por juez o tribunal competente, esto se funda en el artículo 29 de la Constitución política que consagra el debido proceso que se debe aplicar a toda clase de actuaciones judiciales.

Artículo 12 Autonomía e independencia judicial: Este artículo declara que las decisiones judiciales proferidas dentro del proceso penal serán la expresión del ejercicio de la función constitucional de administrar justicia y que los funcionarios judiciales serán independientes y autónomos, esto se asienta en el artículo 230 de la constitución que dice que los jueces en sus decisiones sólo están sometidos al imperio de la ley, siendo estos así autónomos e independientes.

Artículo 13 Contradiccion: Esta disposición indica que en desarrollo de la actuación los sujetos procesales tendrán derecho a presentar y controvertir las pruebas, también dice que el funcionario judicial deberá motivar las medidas que afecten derechos fundamentales, esto encuentra su base en el artículo 29 Constitucional que consagra el derecho que tienen todas las personas a un debido proceso.

Artículo 14 Publicidad: Esta norma establece que dentro del proceso penal el juicio será público, este precepto también se desprende de la garantía constitucional del debido proceso que se encuentra en el artículo 29.

Artículo 15 Celeridad y Eficiencia: Este artículo señala que las actuaciones se surtirán pronta y cumplidamente, también que los términos procesales son perentorios y de estricto cumplimiento y que el funcionario judicial está en obligación de corregir los actos irregulares, esto se fundamento en el artículo 228 de la Constitución que es el que establece cómo debe darse la Administración de justicia que es función pública, especialmente la parte donde dice que los términos procesales se observarán con diligencia y su incumplimiento será sancionado

Artículo

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