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Que Es El Derecho

apicos25 de Julio de 2013

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Actividad 2. ¿Qué es el derecho?

Raúl Ortiz Urquidi Flores Gómez González, Fernando y Carvajal Moreno. Pereznieto y Castro Leonel, Ledesma Mondragón Abel DIFERENCIAS

CONCEPTO Es el conjunto de normas de conducta bilateral, exterior, heterónoma y coercible.

La palabra proviene del vocablo latino directum, que significa no apartarse del buen camino, seguir el sendero señalado por la ley, lo que se dirige o es bien dirigido. En general se entiende por derecho, conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento esta prevista de una sanción judicial. El derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia. Las diferencias, realimente no existen ya que los tres autores manejan el mismo concepto del derecho, solo expresado con diversas palabras, donde los señores Flores Gómez Glez., Fernando y Carvajal Moreno manejan el termino desde sus raíces etimológicas, manejando el termino más individual; los señores Pereznieto y castro Leonel, Ledesma Mondragón Abel lo manejan en términos mucho más generales a niveles sociales.

Como bien lo dice Eduardo García Maynez: se dan tres puntos de vista diferentes en la consideración de Derecho:

1. Derecho objetivo y Derecho subjetivo

El derecho, en su sentido objetivo, es un conjunto de normas. Tratase de preceptos imperativos-atributos, es decir, de reglas que, además de imponer deberes, conceden facultades.

El derecho subjetivo es una función del objetivo, el primero se apoya en el objetivo, pero sería erróneo creer que el primero es solo un aspecto o faceta del segundo.

2. Derecho vigente y Derecho Positivo

El derecho vigente está integrado tanto por las reglas de origen consuetudinario que el poder público reconoce, como por los preceptos que formula.

Las locuciones derecho vigente y derecho positivo son empleadas como sinónimos, porque, no todo derecho vigente es positivo, ni todo derecho positivo es vigente.

La positividad es un hecho que estriba en la observancia de cualquier precepto, vigente o no vigente.

Cuando se afirma que una disposición vale formalmente, lo que en realidad quiere indicarse es que el Estado le atribuye fuerza obligatoria.

3. Derecho positivo y Derecho formal

De acuerdo a los defensores del positivismo jurídico sólo existe el derecho que efectivamente se cumple en una determinada sociedad y una cierta época.

El derecho positivo, es todo ordenamiento que se cumple; es decir, que esta viviente, que rige efectivamente la vida de una comunidad en cierto momento de su historia.

El natural vale por sí mismo, en cuanto intrínsecamente justo; el positivismo es caracterizado atendiendo a su valor formal, sin tomar en consideración la justicia o injusticia de su contenido.

MISIÓN

La misión del Derecho es regular la conducta del hombre en la sociedad señalando siempre sus derechos y obligaciones.

En lo que se refiere a las obligaciones, tenemos que cumplir con lo establecido en las leyes, porque un incumplimiento ocasiona consecuencias jurídicas, hay que saber que todo está permitido siempre y cuando no lo prohíba la ley.

UTILIDAD

Es la de organizar a la sociedad, mejorando la convivencia del hombre y teniendo siempre la garantía de que permita a la sociedad hacer conciencia para preservar la paz y armonía. Si no hubiera leyes que protegieran la libertad y la vida humana, la anarquía y el desorden en la colectividad seria un factor predominante.

EJEMPLO 1

Para conducir un vehículo se nos instruye las obligaciones

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