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Qué debe hacer un funcionario de una entidad financiera al momento de identificar una operación sospechosa?


Enviado por   •  18 de Mayo de 2014  •  466 Palabras (2 Páginas)  •  348 Visitas

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1. Qué debe hacer un funcionario de una entidad financiera al momento de identificar una operación sospechosa?

Debe hacer un reporte a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero), siguiendo los trámites previamente establecidos en el manual de procedimientos implementado por la entidad financiera.

Dicho informe no requiere que se tenga certeza de que se trata de una actividad delictiva o que los recursos provengan de estas actividades, tampoco se requiere que se identifique el tipo de delito. Ademàs, como no se trata de una denuncia penal no se requiere que el informe sea firmado.

2. Explique brevemente los diferentes reportes derivados de la prevención y control del lavado de activos.

A- Reportes internos: El funcionario de la entidad que conozca de una operaciòn que considere como sospecha o inusual debe hacer reporte a la seccion encargada de analizar la operación. El reporte debe contener razones para considerar la operación como inusual o sospechoza.

B- Reporte externos: El funcionario responsable debe efectuar el reporte de las operaiones sospechozas o inusuales que conozca a la UIAF.

C Reporte de Clientes Exonerados: Las entidades financieras están en la obligación de realizar un reporte mensual con los datos de los clientes exonerados, tanto de clientes nuevos como clientes antiguos que dejan de serlo.

Así mismo las entidades financieras deben reportar transacciones individuales de capitales iguales o superiores a $10´000.000, exceptuando reportes por: Recaudo de aportes para salud y pensiones obligatorias establecidas en la ley, recaudo de servicios públicos domiciliarios, recaudo de telefonía móvil celular y el recaudo de aporte a riesgos profesionales (ARP).

• Reporte de Transacciones Múltiples: Cuando dentro de un mes calendario en beneficio de un solo cliente las transacciones en efectivo superan los $50´000.000 moneda nacional, exceptuando en este caso: Recaudo de impuestos nacionales, recaudo de contribución de valorización, recaudo para salud y pensiones obligatorias y establecidas por la ley, recaudo de servicios públicos domiciliarios, recaudo de telefonía celular móvil.

• Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas: En caso que no se hayan presentado operaciones sospechosas dentro del mes calendario se realiza el debido reporte dentro de los 10 días siguientes al periodo reportado.

• Reporte de Operaciones Realizadas en las Casas de Cambio: Son personas naturales o jurídicas que ejercen la actividad de compra y venta de divisas y cheques de viajero, quienes están en la obligación de implementar dentro de su organización el SARLAFT haciendo de igual manera los reportes a la UIAF.

3. Comente con sus propias palabras en qué consiste la reserva bancaria.

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