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Entidades Financieras

jojadi22 de Noviembre de 2013

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CONTENIDO

Pág.

1. INTRODUCCION…………………………………………………………..1

2. OBJETIVO…………………………………………………………………..2

2.1. GENERAL……………………………………………………………….2

2.2. ESPECIFICO……………………………………………………………2

3. CONPES…………………………………………………………………..…3

4. ……………………………………………………………..………..………6

5. ………………………………………..………7

6. CONCLUCION…………………...……………………………….………...8

7. BIBLIOGRAFIA…………………...……………………………..………….9

INTRODUCCION

Con este trabajo se pretende hacer una descripción de la carta de credito y su función en el área comercial de este (COOFISAN)

La Carta de crédito, es la promesa dada por un Banco (Banco Emisor), actuando por instrucciones de su cliente (Ordenante), de pagar hasta determinada suma de dinero a una persona o empresa (Beneficiario), a través de alguno de sus corresponsales, siempre y cuando sean cumplidos ciertos requisitos; éstos, por regla general, son la entrega de documentos dentro de una fecha estipulada.

A continuación hablaremos sobre otros puntos en relación a la Carta de Crédito.

OBJETIVO

GENERAL

• Conocer el manejo de la carta de credito, en si conociendo sus procesos o pasos exigidos para la elaboración comercial.

• Analizar la función de la carta de credito.

ESPECIFICOS

• Observar los tipos de carta de credito.

• Identificar el manejo de la carta de credito

• Procedimientos de la carta de credito.

COMPES

El Consejo Nacional de Política Económica y Social — Conpes — fue creado por la Ley 19 de 1958.

Ésta es la máxima autoridad nacional de planeación y se desempeña como organismo asesor del Gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país. Para lograrlo, coordina y orienta a los organismos encargados de la dirección económica y social en el Gobierno, a través del estudio y aprobación de documentos sobre el desarrollo de políticas generales que son presentados en sesión.

El Departamento Nacional de Planeación desempeña las funciones de Secretaría Ejecutiva del Conpes y Conpes Social, y por lo tanto es la entidad encargada de coordinar y presentar todos los documentos para discutir en sesión.

Los miembros del Conpes están establecidos mediante el Decreto 2148 de 2009 (permanentes, no permanentes, invitados y otros asistentes). El Conpes y el Conpes Social actúan bajo la dirección del Presidente de la Republica y lo componen como miembros permanentes con derecho a vos y voto, el Vicepresidente de la República, todos los Ministros, el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Director del Departamento Nacional de Planeación, y el Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación – Colciencias.

(Conpes Económico)

MIEMBROS PERMANENTES

Presidente del Consejo

Presidente de la República

Ministro de Relaciones Exteriores

Ministro de Hacienda y Crédito Público

Ministro de Desarrollo Económico

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

Ministro de Trabajo y Seguridad Social

Ministro de Transporte

Ministro del Medio Ambiente

Ministro de Comercio Exterior

Ministro de Cultura

Director General Departamento Nacional de Planeación

Gerente del Banco de la República

Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros

Director Comunidades Negras del Ministerio del Interior

Consejero Presidencial de Equidad para las Mujeres

Secretario del Consejo

Subdirector Departamento Nacional de Planeación

MIEMBROS NO PERMANENTES

Ministros del despacho y jefes de departamentos administrativos no contemplados como

miembros permanentes; los directores o gerentes de organismos descentralizados, y los

demás funcionarios públicos que, por invitación del Presidente de la República, asistan, a

las deliberaciones en que se traten asuntos de su competencia.

OTROS ASISTENTES(1)

Secretario Jurídico de la Presidencia de la República

Consejero Económico de la Presidencia de la República

INVITADOS PERMANTES (2)

Vicepresidente de la República

Alto Consejero Presidencial

Consejero Presidencial para la Política Social

Jefe Oficina Asesora Jurídica, Departamento Nacional de Planeación

(1) Estos funcionarios asisten por determinación de normas que regulan la integración y funcionamiento del CONPES.

(2) Su asistencia corresponde a la decisión del señor Presidente de la República o a sugerencia del Secretario del Consejo.

(Conpes Social)

MIEMBROS PERMANENTES

Presidente del Consejo

Presidente de la República

Ministro de Hacienda y Crédito Público

Ministro de Desarrollo Económico

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

Ministro de Transporte

Ministro de Salud

Ministro de Educación

Ministro de Trabajo y Seguridad Social

Director Departamento Nacional de Planeación

Secretario General Presidencia

Secretario del Consejo

Subdirector Departamento Nacional de Planeación

INVITADOS

Vicepresidente de la República

Alto Consejero Presidencial

Consejero Presidencial para la Política Social

Jefe Oficina Asesora Jurídica, Departamento Nacional de Planeación

Departamento Nacional de Planeación

El Departamento Nacional de Planeación - DNP es un Departamento Administrativo que pertenece a la Rama Ejecutiva del poder público y depende directamente de la Presidencia de la República.

Los departamentos administrativos son entidades de carácter técnico encargadas de dirigir, coordinar un servicio y otorgar al Gobierno la información adecuada para la toma de decisiones. Tienen la misma categoría de los Ministerios, pero no tienen iniciativa legislativa.

El DNP es una entidad eminentemente técnica que impulsa la implantación de una visión estratégica del país en los campos social, económico y ambiental, a través del diseño, la orientación y evaluación de las políticas públicas colombianas, el manejo y asignación de la inversión pública y la concreción de las mismas en planes, programas y proyectos del Gobierno.

Funciones del DNP relacionadas con el Conpes

En calidad de Secretaría Técnica del Conpes, el DNP tiene las siguientes funciones:

1. Presentar, para su estudio y aprobación, la programación macroeconómica anual.

2. Someter a su consideración el Plan Nacional de Desarrollo, en los términos señalados en la Ley orgánica del Plan.

3. Presentar, para su aprobación, las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del Gobierno Nacional.

4. Presentar, para su análisis, estudios sobre la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y sobre las políticas, estrategias, programas y proyectos del Gobierno Nacional.

5. Someter, para su estudio y aprobación, las bases y criterios de la inversión pública.

6. Presentar, para su estudio y aprobación, el plan financiero del sector público.

7. Presentar, para su estudio y aprobación, el plan operativo anual de inversiones.

8. Presentar, para su estudio y aprobación, el programa de desembolsos de crédito externo del sector público.

9. Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con la celebración de los contratos de empréstito de la Nación o de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes.

10. Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con el otorgamiento de garantías por parte de la Nación a los contratos de crédito interno o externo de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes.

11. Presentar, para su estudio y aprobación, el monto y distribución de las utilidades y los superávit de las entidades descentralizadas.

12. Prestar el apoyo requerido por el Conpes en todas las demás actuaciones y funciones de su competencia.

Ministerio de hacienda y credito público.

Define formula y ejecuta la política económica del país, de los planes generales, programas y proyectos relacionadas con esta, así como la preparación de

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