Qué es la SAT?
May91Práctica o problema21 de Mayo de 2014
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1. ¿Qué es la SAT?
Es una entidad estatal descentralizada, con competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional, para ejercer con exclusividad las funciones de administración tributaria, contenidas en la legislación. La Institución goza de autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa y cuenta con personalidad jurídica, patrimonio y recursos propios.
2. ¿Cuál es su objeto?
Ejercer con exclusividad las funciones de Administración Tributaria contenidas en el Decreto Número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria.
3. ¿Cómo está Integrada?
La Institución se encuentra organizada de la manera siguiente:
Órganos con funciones de Dirección
• Directorio
• Despacho del Superintendente
Dependencias con funciones Normativas Sustantivas
• Intendencia de Aduanas
• Intendencia de Fiscalización
• Intendencia de Recaudación y Gestión
• Intendencia de Asuntos Jurídicos
Dependencias con funciones de Apoyo Técnico
• Gerencia de Planificación y Desarrollo Institucional
• Gerencia de Informática
• Secretaría General
• Comunicación Social Externa
• Cultura Tributaria
Dependencias con funciones de Gestión de Recursos
• Gerencia de Recursos Humanos
• Gerencia Administrativa Financiera
• Gerencia de Infraestructura
• Gerencia de Seguridad Institucional
Dependencias con funciones de Ejecución
• Gerencia de Contribuyentes Especiales Grandes
• Gerencia de Contribuyentes Especiales Medianos
• Gerencia Regional Central
• Gerencia Regional Sur
• Gerencia Regional Occidente
• Gerencia Regional Nororiente
• Gerencia de Atención al Contribuyente
Órganos con funciones de Asesoría
• Asesoría Técnica del Directorio
• Asesoría del Superintendente
Dependencia con función de Auditoría Interna
• Auditoría Interna
4. Funciones de la SAT
Ejercer la administración del régimen tributario, aplicar la legislación tributaria, la recaudación, control y fiscalización de todos los tributos internos y todos los tributos que gravan el comercio exterior, que debe percibir el Estado, con excepción de los que por ley administran y recaudan las Municipalidades.
Administrar el sistema aduanero de la República de conformidad con la ley, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, y ejercer las funciones de control de naturaleza tributaria o no arancelaria, vinculadas con el régimen aduanero.
Establecer mecanismos de verificación de precios, origen de mercancías y denominación arancelaria, a efecto de evitar la sobrefacturación o la subfacturación y lograr la correcta y oportuna tributación. Tales mecanismos podrán incluir, pero no limitarse, a la contratación de empresas internacionales de verificación y supervisión, contratación de servicios internacionales de información de precios y otros servicios afines o complementarios.
Organizar y administrar el sistema de recaudación, cobro, fiscalización y control de los tributos a su cargo.
Mantener y controlar los registros, promover y ejecutar las acciones administrativas y promover las acciones judiciales, que sean necesarias para cobrar a los contribuyentes y responsables los tributos que adeuden, sus intereses y, si corresponde, sus recargos y multas.
Sancionar a los sujetos pasivos tributarios de conformidad con lo establecido en el Código Tributario y en las demás leyes tributarias y aduaneras.
Presentar denuncia, provocar la persecución penal o adherirse a la ya iniciada
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