REFORMAS A LA LEY DE AMPARO 2011-2015
Patito OrhjeTarea2 de Octubre de 2015
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UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO DEL ESTADO DE PUEBLA
CAMPUS ZACATLAN
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LICENCIATURA EN DERECHO
DERECHO DE AMPARO I
“REFORMAS A LA LEY DE AMPARO 2011 Y 2013”
ASESOR DE LA MATERIA: LIC. JORGE LIMÓN LUNA
NOMBRE DEL ALUMNO:
PATRICIA VÁZQUEZ ORTEGA
6TO. CUATRIMESTRE, SABATINO
10 DE JUNIO DE 2015.[pic 2][pic 3]
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
NATURALEZA JURÍDICA DEL AMPARO
1) El amparo como interdicto
2) El amparo como institución política
3) El amparo como cuasi-proceso
4) El amparo como proceso en todos sus aspectos
5) El amparo como proceso autónomo
6) El amparo como instrumento de control
CONCLUSIÓN
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INTRODUCCIÓN
La figura jurídica del amparo, se considera ¿juicio o recurso?, nos referimos a la problemática, pareciendo que se trata de una mera cuestión de denominación; más en la doctrina produce no poco interés, en virtud de que a menudo existe una confusión entre diversas instituciones y juristas que afirman que el amparo es un juicio, aun cuando otras personas lo identifican como un recurso.
A largo del desarrollo del presente, se delimitara cual es la naturaleza jurídica del juicio de amparo; para establecer si nuestro medio de control constitucional adopta el carácter de juicio o si es un mero recurso, será menester acudir al análisis de la naturaleza de ambos en sus aspectos generales.
Por lo que se definirá la acepción que implica el juicio de amparo, el desglose y análisis de su estructura; para efectos de identificar plenamente las reglas o principios que lo rigen; mismos que se encuentran contenidos en el artículo 107 Constitucional y en la Ley de Amparo Reglamentaria en sus artículos 103 y 107 Constitucional.
REFORMAS A LA LEY DE AMPARO 2011 Y 2013
El 6 de junio de 2011, se publicó una importante reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que impacta directamente en la administración de justicia federal; esta es concerniente al juicio de amparo, institución protectora de los derechos fundamentales por excelencia, el cual se ve robustecido al ampliarse la procedencia del amparo respecto de cualquier norma general, al preverse su procedencia por violaciones a los derechos humanos plasmados en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte; con la introducción de figuras como el amparo adhesivo y los intereses legítimos individual y colectivo; la adopción de nuevos conceptos en torno a la violación de derechos por omisión de las autoridades; la declaratoria general de inconstitucionalidad cuyos alcances y condiciones se determinarán en la ley reglamentaria; la creación de los Plenos de Circuito; y una nueva forma de integrar jurisprudencia “por sustitución”; entre otras.
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