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REGISTRO MERCANTIL


Enviado por   •  23 de Julio de 2013  •  1.183 Palabras (5 Páginas)  •  298 Visitas

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REGISTRO MERCANTIL:

Es una institución que tiene la misión de registrar, certificar y dar seguridad jurídica a todos los actos mercantiles que realicen personas individuales o jurídicas en Guatemala (Registro Mercantil, s.f.). Es en esta entidad donde se efectúa tanto la inscripción de los comerciantes legalmente obligados a hacerlo, como de los auxiliares de comercio, hechos y relaciones jurídicas especificados por la ley.

El carácter público de esta institución deviene de la circunstancia de que todo el público puede inquirir datos que aparezcan en sus registros, así como porque las certificaciones expedidas por el Registrados Mercantil hacen fe pública. Lo escrito en el Registro Mercantil se tiene como verdad legal. Fue establecida como tal en 1971 (Registro Mercantil, s.f.).

En Guatemala, el Registro Mercantil, tal y como se le conoce ahora, se instituyó en el actual Código de Comercio. Anteriormente la inscripción de las sociedades mercantiles se hacía en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Civil. El Registro Mercantil forma parte del Ministerio de Economía, funciona en la capital de la República de Guatemala y también puede hacerlo en los departamentos o zonas que el Organismo Ejecutivo determine. Los registradores deben ser Abogados y Notarios, colegiados activos, guatemaltecos naturales, tener por lo menos cinco años de ejercicio profesional y su nombramiento lo hará el Ejecutivo por el órgano del Ministerio de Economía.

El Registro Mercantil es una institución oficial que se encarga de dar publicidad sobre las personas, físicas y jurídicas, que intervienen en el tráfico mercantil. En el mismo, por tanto, se inscriben los actos de los empresarios, ya sean individuos o sociedades, de modo que puedan ser conocidos por aquellas personas que contraten con ellos (proveedores, bancos, etc. ), así como por los actuales o posibles inversores (por ejemplo, accionistas), además de por entidades públicas con las que tengan relación (Seguridad Social, AEAT, etc…).

Libros del Registro Mercantil

El artículo 333 del Código de Comercio se refiere a Registros y apunta que el Registro Mercantil será público y llevará los siguientes:

• De comerciantes individuales

• De sociedades mercantiles

• De empresas y establecimientos mercantiles

• De auxiliares de comercio

• De presentación de documentos

• De libros que sean necesarios para las demás inscripciones que requiere la ley.

• Índices y libros auxiliares.

Estos libros, que podrán formarse por el sistema de hojas sueltas, estarán foliados, sellados y rubricados por un Juez de Primera Instancia de lo Civil, expresando el primero y último folio la materia a la que se refieran.

Obligación de inscripción

El Artículo 334 del Código de Comercio establece que es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil jurisdiccional de los siguientes:

• De los comerciantes individuales que tengan un capital de dos mil quetzales o más.

• De todas las sociedades mercantiles.

• De empresas o establecimientos mercantiles comprendidos dentro estos extremos.

• Los hechos y relaciones jurídicas que especifiquen las leyes.

• De los auxiliares de comercio.

La inscripción de comerciantes individuales, auxiliares de comercio y de empresas y de establecimientos mercantiles, deberá solicitarse dentro de un mes de haberse constituido como tales o de haberse abierto la empresa o establecimiento.

El de las sociedades, dentro del mes siguiente al otorgamiento de la escritura de constitución. Este mismo plazo rige para los demás hechos y relaciones jurídicas, de acuerdo a los Artículos 332 al

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