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REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

13 de Diciembre de 2013

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EL SISTEMA ELECTORAL PERUANO

DEDICATORIA:

A mi amada esposa Mercy Elízabeth, a mis dos grandes tesoros Manuel Gerardo y Olga Abigail, a mi tierna madre Marina y a mi extinto y recordado padre Manuel, por su permanente apoyo y comprensión, por sus consejos y ejemplos, que me permiten seguir avanzando en mi formación profesional en Derecho y Ciencias Políticas.

AGRADECIMIENTO:

A Jehová Dios Todopoderoso

y a nuestra Universidad

San Pedro, por permitirnos

formarnos como abogados

al servicio de la sociedad.

CITA FILOSÓFICA

“.Mi libertad es el derecho de hacer lo que las leyes me permiten”.

Montesquieu

Escritor y político francés (1689-1755)

Derecho | Leyes

ÍNDICE

Título Capítulo Pág.

Dedicatoria 04

Agradecimiento 05

Cita filosófica 06

Índice 07

Introducción 08-09

I I El Constitucionalismo, poderes y Estado de Derecho 10-16

II Orígenes y antecedentes del constitucionalismo 16-25

III Procesos de evolución del constitucionalismo 26-30

IV El neoliberalismo, la globalización y el

Constitucionalismo 31-51

II I Aportes al constitucionalismo peruano, el pre

Constitucionalismo y las reformas

Constitucionales en el periodo republicano 52-87

Recomendaciones 88

Epílogo 89

Bibliografía 90-92

Anexos 93

INTRODUCCIÓN

El objetivo del presente trabajo monográfico radica en presentar un estudio del delito de homicidio calificado, el mismo que se ubica en la parte especial de nuestro Código Penal.

El bien jurídico protegido por el delito de homicidio es la vida humana, y socialmente el bien más preciado por la mayoría de las personas, pues en base a este bien pueden desarrollarse los demás derechos que todo individuo es titular.

Por esa razón todos los actos dirigidos a provocar la muerte de otra persona, constituyen conductas altamente reprochables y condenables por la sociedad y por la ley.

El delito contra la vida por excelencia es el homicidio, el bien jurídico protegido es la vida en el sentido estricto del término, es decir, en la protección frente a ataques dirigidos a provocar la muerte de otra persona en circunstancias agravantes, y aún más habría que especificar que si bien existen otras figuras que protegen de igual forma este bien jurídico, se trata de figuras especiales que en términos amplios y generales también serían homicidios, como son el parricidio, como la forma más grave de homicidio.

Pretendo plasmar de manera precisa el tema en mención y espero sea un aporte a nuestros compañeros estudiantes de Derecho y Ciencias Políticas.

TÍTULO I

CONSIDERACIONES PRELIMINARES A UN SISTEMA ELECTORAL

CAPÍTULO I

LOS SISTEMAS ELECTORALES

I. EL SISTEMA ELECTORAL, SU IMPORTANCIA Y SISTEMAS EN OTROS PAISES

1.1. CONCEPTO

Un sistema electoral es el conjunto de principios, normas , reglas, procedimientos técnicos enlazados entre sí, y legalmente establecidos, por medio de los cuales los electores expresan su voluntad política en votos que a su vez se convierten en escaños o poder público.

En un sentido amplio, y según el constitucionalista Roberto Lopresti, el sistema electoral es la parte del Derecho Electoral que aglutina el conjunto de reglas relacionadas con la integración de los órganos de gobierno por procedimientos electivos. Según este concepto, las normas que regulan la ciudadanía, los partidos políticos, las bases del sufragio, la emisión del mismo, los órganos electorales, los recursos contra sus decisiones y al sistema electoral en sentido restringido.

El alcance restringido del término se establece en función de lo convenido en el derecho electoral de cada país, en cuanto a reservar esta denominación a las reglas que establecen la forma en la que han de ser asignados y distribuidos los cargos electivos, en un régimen electivo determinado, se trate dentro de la Democracia directa o Democracia representativa.

Todos los países democráticos, procuran que cuando de elegir a algún funcionario público se trate, la legitimidad, la transparencia y la efectividad sean el común denominador del proceso de elección.

Cada país tiene un sistema diferente, pudiéndose valorar la efectividad del sistema electoral de acuerdo con los resultados que brinde.

1.2. PRINCIPIOS DE UN SISTEMA ELECTORAL

PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN

Existen criterios básicos de representación que rigen de manera distinta el funcionamiento de los sistemas electorales. Cada sistema electoral pone en ejercicio distintos elementos que lo convierten en una estructura compleja de conversión de votos. No obstante, la forma más sencilla y al mismo tiempo la más general de clasificarlos, es de acuerdo al principio de representación preponderante en cada sistema.

Existen 2 principios de representación: el principio de representación por

mayoría y el principio de representación proporcional.

1.2.1. PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN POR MAYORÍA

El principio de representación por mayoría plantea que las asignaciones de cargos electos se hacen de acuerdo con el logro de una mayoría de votos. Por esa razón, se le llama también a éste “el principio decisorio”, pues quien saca la mayor cantidad de votos, gana la elección y se arroga la facultad de tomar las decisiones. El objetivo de este principio suele estar dirigido a formar gobiernos de un solo partido o de una coalición de partidos basada en una mayoría parlamentaria.

Existen a su vez 2 tipos de criterios por mayoría:

a) Mayoría relativa (cuando basta que un candidato tenga una mayoría de

votos para ganar la elección).

b) Mayoría absoluta (cuando es necesario que el candidato tenga 50% + 1

del total de votos).

Ejemplo:

En una hipotética elección hay un total de 69 votos y 3 candidatos a un

determinado cargo.

La candidata A tiene 32 votos,

el candidato B tiene 25 votos,

el candidato C tiene 4 votos y

hay 8 votos blancos o nulos.

Si la elección es por mayoría relativa, en este caso, la candidata A gana la elección ya que tiene el número de votos más alto entre todos los candidatos. Si rigiera el criterio de mayoría absoluta, allí sí sería necesario obtener la mitad de dicho universo más un voto (es decir por lo menos 35 votos.

1.2.2. PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL

El principio de representación proporcional plantea que la asignación de cargos electos se hace de acuerdo con el porcentaje de votos logrados por cada grupo partidario. Según este criterio, los cargos se reparten de acuerdo con el grado de victoria de cada uno sobre el total de cargos disponibles.

El objetivo de este principio es reproducir de la mejor forma posible las fuerzas sociales y políticas en competencia.

Ejemplo:

Si 4 partidos compiten por 10 curules y A obtiene 40% de los votos, B obtiene 30%, C obtiene el 20% y E el 10 %, ¿cómo se distribuirían las curules según el principio de representación

...

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