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REVOLUCIÓN INDUSTRIAL


Enviado por   •  13 de Diciembre de 2013  •  4.850 Palabras (20 Páginas)  •  273 Visitas

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EL SISTEMA ELECTORAL PERUANO

DEDICATORIA:

A mi amada esposa Mercy Elízabeth, a mis dos grandes tesoros Manuel Gerardo y Olga Abigail, a mi tierna madre Marina y a mi extinto y recordado padre Manuel, por su permanente apoyo y comprensión, por sus consejos y ejemplos, que me permiten seguir avanzando en mi formación profesional en Derecho y Ciencias Políticas.

AGRADECIMIENTO:

A Jehová Dios Todopoderoso

y a nuestra Universidad

San Pedro, por permitirnos

formarnos como abogados

al servicio de la sociedad.

CITA FILOSÓFICA

“.Mi libertad es el derecho de hacer lo que las leyes me permiten”.

Montesquieu

Escritor y político francés (1689-1755)

Derecho | Leyes

ÍNDICE

Título Capítulo Pág.

Dedicatoria 04

Agradecimiento 05

Cita filosófica 06

Índice 07

Introducción 08-09

I I El Constitucionalismo, poderes y Estado de Derecho 10-16

II Orígenes y antecedentes del constitucionalismo 16-25

III Procesos de evolución del constitucionalismo 26-30

IV El neoliberalismo, la globalización y el

Constitucionalismo 31-51

II I Aportes al constitucionalismo peruano, el pre

Constitucionalismo y las reformas

Constitucionales en el periodo republicano 52-87

Recomendaciones 88

Epílogo 89

Bibliografía 90-92

Anexos 93

INTRODUCCIÓN

El objetivo del presente trabajo monográfico radica en presentar un estudio del delito de homicidio calificado, el mismo que se ubica en la parte especial de nuestro Código Penal.

El bien jurídico protegido por el delito de homicidio es la vida humana, y socialmente el bien más preciado por la mayoría de las personas, pues en base a este bien pueden desarrollarse los demás derechos que todo individuo es titular.

Por esa razón todos los actos dirigidos a provocar la muerte de otra persona, constituyen conductas altamente reprochables y condenables por la sociedad y por la ley.

El delito contra la vida por excelencia es el homicidio, el bien jurídico protegido es la vida en el sentido estricto del término, es decir, en la protección frente a ataques dirigidos a provocar la muerte de otra persona en circunstancias agravantes, y aún más habría que especificar que si bien existen otras figuras que protegen de igual forma este bien jurídico, se trata de figuras especiales que en términos amplios y generales también serían homicidios, como son el parricidio, como la forma más grave de homicidio.

Pretendo plasmar de manera precisa el tema en mención y espero sea un aporte a nuestros compañeros estudiantes de Derecho y Ciencias Políticas.

TÍTULO I

CONSIDERACIONES PRELIMINARES A UN SISTEMA ELECTORAL

CAPÍTULO I

LOS SISTEMAS ELECTORALES

I. EL SISTEMA ELECTORAL, SU IMPORTANCIA Y SISTEMAS EN OTROS PAISES

1.1. CONCEPTO

Un sistema electoral es el conjunto de principios, normas , reglas, procedimientos técnicos enlazados entre sí, y legalmente establecidos, por medio de los cuales los electores expresan su voluntad política en votos que a su vez se convierten en escaños o poder público.

En un sentido amplio, y según el constitucionalista Roberto Lopresti, el sistema electoral es la parte del Derecho Electoral que aglutina el conjunto de reglas relacionadas con la integración de los órganos de gobierno por procedimientos electivos. Según este concepto, las normas que regulan la ciudadanía, los partidos políticos, las bases del sufragio, la emisión del mismo, los órganos electorales, los recursos contra sus decisiones y al sistema electoral en sentido restringido.

El alcance restringido del término se establece en función de lo convenido en el derecho electoral de cada país, en cuanto a reservar esta denominación a las reglas que establecen la forma en la que han de ser asignados y distribuidos los cargos electivos, en un régimen electivo determinado, se trate dentro de la Democracia directa o Democracia representativa.

Todos los países democráticos, procuran que cuando de elegir a algún funcionario público se trate, la legitimidad, la transparencia y la efectividad sean el común denominador del proceso de elección.

Cada país tiene un sistema diferente, pudiéndose valorar la efectividad del sistema electoral de acuerdo con los resultados que brinde.

1.2. PRINCIPIOS DE UN SISTEMA ELECTORAL

PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN

Existen criterios básicos de representación que rigen de manera distinta el funcionamiento de los sistemas electorales. Cada sistema electoral pone en ejercicio distintos elementos que lo convierten en una estructura compleja de conversión de votos. No obstante, la forma más sencilla y al mismo tiempo la más general de clasificarlos, es de acuerdo al principio de representación preponderante en cada sistema.

Existen 2 principios de representación: el principio de representación por

mayoría y el principio de representación proporcional.

1.2.1. PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN POR MAYORÍA

El principio de representación por mayoría plantea que las asignaciones de cargos electos se hacen de acuerdo con el logro de una mayoría de votos. Por esa razón, se le llama también a éste “el principio decisorio”, pues quien saca la mayor cantidad de votos, gana la elección y se arroga la facultad de tomar las decisiones. El objetivo de este principio suele estar dirigido a formar gobiernos de un solo partido o de una coalición de partidos basada en una mayoría parlamentaria.

Existen a su vez 2 tipos de criterios por mayoría:

a) Mayoría relativa (cuando basta que un candidato tenga una mayoría de

votos para ganar la elección).

b) Mayoría absoluta (cuando es necesario que el candidato tenga 50% + 1

del total de votos).

Ejemplo:

En una hipotética elección hay un total de 69 votos y 3 candidatos a un

determinado cargo.

La candidata A tiene 32 votos,

el candidato B tiene 25 votos,

el candidato C tiene 4 votos y

hay 8 votos blancos o nulos.

Si la elección es por mayoría relativa, en este caso, la candidata A gana la elección ya que tiene el número de votos más alto entre todos los candidatos. Si rigiera el criterio de mayoría absoluta, allí sí sería necesario obtener la mitad de dicho universo más un voto (es decir por lo menos 35 votos.

1.2.2. PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL

El principio de representación proporcional plantea que la asignación de cargos electos se hace de acuerdo con el porcentaje de votos logrados por cada grupo partidario. Según este criterio, los cargos se reparten de acuerdo con el grado de victoria de cada uno sobre el total de cargos disponibles.

El objetivo de este principio es reproducir de la mejor forma posible las fuerzas sociales y políticas en competencia.

Ejemplo:

Si 4 partidos compiten por 10 curules y A obtiene 40% de los votos, B obtiene 30%, C obtiene el 20% y E el 10 %, ¿cómo se distribuirían las curules según el principio de representación proporcional?

De acuerdo con sus respectivos porcentajes de votos. Es decir, A recibiría el 40% de los escaños (4), B el 30% (3), C el 20% (2) y E el 10% (1). Obviamente en la realidad la situación siempre es más compleja.

1.3. IMPORTANCIA DE LOS SISTEMAS ELECTORALES

La importancia del sistema electoral para el desarrollo del sistema político en general, y del sistema de partidos en particular, es un tema sobre el cual discrepan tanto los politólogos como los políticos.

Coexisten enfrentadas posiciones totalmente contrarias: mientras por un lado se asocia el destino de la democracia con la cuestión del sistema electoral, por el otro se atribuye al sistema electoral una importancia política solamente menor, incluso casi despreciable.

Ambas posiciones son insostenibles: la primera desconoce que, por lo general, los desarrollos políticos no pueden explicarse de forma monocausal, sino que están determinados por varios factores de distinta procedencia. Asimismo, en contra de la segunda posición puede traerse a colación un gran número de pruebas empíricas: los sistemas electorales tienen por cierto consecuencias sobre el comportamiento electoral y los resultados electorales, influyen sobre la conformación del sistema de partidos y así sobre la distribución del poder en un país, y pueden tener también gran importancia para la estabilidad política. Tomando en cuenta las acertadas afirmaciones de prominentes politólogos expertos en sistemas electorales, no hay duda acerca del papel fundamental desempeñado por los sistemas electorales.

1.4. HFHFHFH

1.5. FHFHFH}HH

1.6. FJJFJ

TÍTULO II

EL SISTEMA ELECTORAL PERUANO

CAPÍTULO I

CONSIDERACIONES PREVIAS

1.1. ANTECEDENTES HISTORICOS.

En los inicios de la República, la tarea de organizar y llevar adelante las elecciones era una labor que se repartían tanto el Poder Ejecutivo como el Poder Legislativo. Recién en los años 1930, con la creación del Jurado Nacional de Elecciones, es que se tuvo un ente autónomo e independiente encargado de asumir las tareas electorales. De esa manera, este Jurado asumió la labor de crear el padrón de todos los ciudadanos peruanos, otorgándoles su cédula de identidad (Libreta Electoral, hoy D.N.I), la labor de coordinar todas las necesidades logísticas antes, durante y después de los procesos eleccionarios y, finalmente, realizar el escrutinio y promulgar los resultados. Asimismo tuvo facultades jurisdiccionales para resolver los asuntos contenciosos que sobre materia electoral se le presentaban.

En los años 1990, el gobierno del presidente Alberto Fujimori escindió el Jurado Nacional de Elecciones en tres entidades distintas, formando así lo que actualmente se conoce como el Sistema Electoral.

1.2. CONCEPTO.

El Sistema Electoral es el nombre que da la Constitución Política del Perú al conjunto de instituciones encargadas de la organización, planificación y ejecución de los distintos procesos electorales que se llevan a cabo en el país. El Sistema Electoral está conformado por el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, organismos que actúan con autonomía y mantienen entre sí relaciones de coordinación, de acuerdo con sus atribuciones.

1.3. LOS ORGANOS DEL SISTEMA ELECTORAL.

Los órganos del sistema electoral son:

- El Jurado Nacional de Elecciones - JNE

- La Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE

- El Registro Nacional de Identificación y Estado Civl - RENIEC

CAPÍTULO II

EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

CONCEPTO, FUNCIONES, COMPETENCIAS Y ORGANIZACIÓN

2.1. CONCEPTO

Es un organismo constitucionalmente autónomo de competencia a nivel nacional, cuya máxima autoridad es el Pleno, integrado por cinco miembros, que son elegidos en diferentes instancias; su Presidente es elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema, los miembros son elegidos, uno por la Junta de Fiscales Supremos, uno por el Colegio de Abogados de Lima, uno por los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas y uno por los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Privadas. Su conformación colegiada y la forma de elección, propicia su independencia y una toma de decisiones basada en la deliberación.

2.2. FUNCIONES:

2.2.1 Jurisdiccional:

- Administra justicia, en instancia final, en materia electoral.

- Declara la nulidad parcial o total de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares.

- Proclama los resultados electorales y a los candidatos, así como expedir las credenciales correspondientes.

- Declara la vacancia de autoridades municipales y regionales.

- Resuelve en última instancia las apelaciones que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales.

2.2.2. Fiscalizadora:

- El JNE fiscaliza la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares.

- Fiscaliza la legalidad en la elaboración de los padrones electorales, así como su actualización y depuración final, previa a cada proceso electoral.

- Fiscaliza los siguientes procedimientos: la capacitación de miembros de mesa; la neutralidad, garantías y difusión del proceso; la propaganda electoral, el desarrollo de las funciones de las encuestadoras; el acto electoral, el material electoral y el software de cómputo de resultados.

- En época no electoral Fiscaliza: el padrón electoral elaborado por RENIEC; la elección de Consejos de Coordinación Local, Consejos de Coordinación Regional y afines. Asimismo fiscaliza las elecciones similares a solicitud de parte de las organizaciones que lo requieran.

2.2.3. Educativa:

- Desarrolla y difunde en forma permanente programas de educación cívica electoral y en otras materias afines, orientadas a fortalecer los valores democráticos y crear conciencia cívica en la ciudadanía.

- Establece relaciones con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, a fin de proponer convenios, desarrollar actividades y eventos académicos en materia cívica electoral y de interés institucional.

- Desarrolla programas de capacitación electoral en coordinación con los órganos correspondientes de la Institución, dirigidos a los funcionarios y servidores del JNE y de los Jurados Electorales Especiales, así como también a los organismos que lo requieran.

- Desarrollar proyectos de investigación y estudios en materia de su competencia.

2.2.4. Normativa:

- Propone proyectos de ley y de normas en materia electoral.

- Reglamenta las normas electorales, garantizando la igualdad de condiciones.

- Determina el número de escaños del Congreso por cada distrito electoral y el número de regidores para cada municipio.

- Reglamenta la aplicación de la Cuota de Género y Cuota Nativa en los procesos electorales correspondientes.

- Reglamenta el proceso de tachas contra los integrantes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.

- Reglamenta la inscripción de los extranjeros residentes en el Perú, para su inscripción en los procesos electorales municipales.

- Reglamenta el Registro Electoral de Encuestadoras.

- Establecer el número de firmas de adherentes que se deben presentar para los procesos de participación y control ciudadanos.

- Establecer el número de firmas de adherentes que deban presentar las organizaciones políticas que deseen participar en los procesos electorales.

- Reglamentar o establecer disposiciones sobre fiscalización electoral, difusión y control de la propaganda electoral, y sobre otras materias de competencia electoral para los procesos electorales.

2.2.5. Administrativa Electoral:

- Determina las circunscripciones electorales y las sedes de los Jurados Electorales Especiales.

- Inscribir a los observadores electorales, nacionales e internacionales.

- Mantener y custodiar el Registro de Organizaciones Políticas, que comprende: registrar, cancelar y modificar las inscripciones de las organizaciones políticas.

- Coordinar con los organismos del Sistema Electoral.

- Recibir y admitir las credenciales de los personeros de las organizaciones políticas.

- Presentar al Poder Ejecutivo el Presupuesto del Sistema Electoral para el ejercicio fiscal y lo sustenta en esa instancia y ante el Congreso de la República.

- Registrar a toda persona o institución que realice encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de naturaleza electoral, para su difusión.

- Administrar el servicio de dispensas de sufragio.

- Realizar otras funciones y atribuciones inherentes y afines a su competencia, conforme a la Constitución Política del Perú y a la legislación electoral vigente.

.

CONCLUSIONES

El fenómeno de la violencia en América Latina es singular por sus dimensiones y porque muestra el rostro de una sociedad en cambio y conflicto. Una sociedad que dejó de ser rural pero todavía no llega a ser urbana; que experimenta un proceso de laicización por el cual ha abandonado la religión como reguladora de la vida cotidiana, pero no ha logrado asimilar la moral laica; una sociedad que construyó un gran aparataje institucional y legal, pero no consiguió que esas entidades fueran vida cotidiana para todos los grupos sociales, ni que fueran incorporadas a la conciencia.

Como se puede concluir sobre los datos presentados, esta situación de violencia no es homogénea ni idéntica en todos los países. Pero sí es generalizada, pues –con diferencias de magnitudes y de modos– existe y se ha incrementado en todos los países.

No hay una zona urbana de América Latina donde el tema de la inseguridad ciudadana no se haya convertido en un problema de relevancia, causante de angustia y de miedo en las personas. Tampoco hay países vacunados contra la violencia: todos pueden sufrir incrementos notables y deterioros de la situación. Un caso notable es la relación entre Colombia y Venezuela, pues, hasta fecha muy reciente, se podía pensar que la situación de criminalidad y homicidios de Venezuela podía seguir, lenta y con retraso, los pasos de Colombia; pero resultaba inimaginable que Venezuela pudiera llegar a tener una tasa de homicidios superior a la de Colombia, como ocurrió en el año 2007.

Los factores que permiten explicar estos cambios son múltiples y hemos intentado describirlos brevemente; pero si debiéramos agrupar aún más esas tendencias, se podría decir que hay un conjunto de factores permanentes, que se relacionan con las condiciones sociales y económicas de la región, y hay otro grupo de factores de tipo circunstancial, que se relacionan con la legitimidad institucional, las condiciones políticas y el pacto social. Los primeros, como su nombre lo indica, permanecen en el tiempo; los segundos cambian de una manera más rápida que las condiciones sociales y económicas. El primer tipo de factores nos permite explicar el proceso general de incremento de la violencia en América Latina. El segundo tipo de factores nos permite entender la velocidad y dirección (positiva o negativa) de los cambios en los niveles de homicidios que ocurren en algunos países.

Las respuestas que en términos de políticas públicas puedan darse a esta situación se deben entonces corresponder con los distintos factores. Los factores permanentes se enmarcan en el modelo sociológico formulado e implican niveles distintos de políticas. El más inmediato, por ejemplo, se corresponde con el control de armas de fuego y las restricciones en el consumo excesivo de alcohol, que son los factores que, según decimos, facilitan la violencia homicida. Las experiencias de acciones que en este sentido se han tomado en ciudades colombianas como Cali y Bogotá, o en São Paulo en Brasil, muestran que se obtienen resultados positivos y se logra disminuir el conflicto y su letalidad. Pero el mayor impacto se logra cuando se interviene en los factores que afectan la legitimidad institucional y, quizá, es ésa la explicación del radical cambio que ha ocurrido en Colombia y Venezuela, pues la existencia de dos políticas distintas frente al crimen, la violencia y la legitimidad social han producido dos resultados igualmente diferentes.

Lo que es importante rescatar de estos ejemplos es que esta situación de violencia en América Latina no es una condición irreversible, ni es una maldición cultural, se trata de condiciones sociales y políticas que pueden ser alteradas, para bien o para mal, en el corto o en el mediano plazo. Por lo tanto, si los países, gobiernos y ciudadanía logran ofrecer una orientación adecuada en sus políticas, es posible que América Latina abandone el poco honroso, y mucho más doloroso, lugar de la región más violenta del mundo.

RECOMENDACIONES

El Grupo de Trabajo en el proceso de investigación ha tenido algunas limitaciones respecto al material bibliográfico, en el sentido que son muy escasas las fuentes para investigar, nos referimos a las escritas, las mismas que se deberían encontrar en bibliotecas u otros centros. Hemos tenido que investigar a través del internet; es por ello que recomendamos a nuestra Universidad renovar e incrementar material de Derecho, a efectos que facilite el estudio y la investigación.

EPÍLOGO

El trabajo concluye expresando una reflexión sobre la recurrencia de casos de homicidio calificado. Preciso que existe la necesidad de realizar una reforma judicial de manera integral, en la que no solo se modifique nuestro Código Penal, sino que se acompañe de otras medidas como la construcción de nuevas cárceles más seguras, asi como emprender un trabajo con la familia.

BIBLIOGRAFÍA

- Google: La Dogmática Histórica del Homicidio - Sánchez-Arcilla, 1990, p.235.

- Google: El Homicidio en el Derecho Romano

- Google: Homicidio Calificado - Luis Alfredo Alarcón Flores

- Google: El Homicidio Calificado

- Google: La Violencia Homicida en América Latina - Roberto BRICEÑO-LEÓN

Laboratorio de Ciencias Sociales (Venezuela)

_bricenoleon@lacso.org

- Google: www.monografías.com

ANEXOS

DEGOLLÓ A MENOR PORQUE SE NEGABA A VOLVER CON ÉL

En un momento me bloqueé. Cuando me di cuenta, la ‘chaira’ estaba en su cuello”, dijo.

CULPABLE. Pacasi podría recibir pena de hasta 25 años de cárcel. (José Yucra/USI)

No soportó la presión de la Policía y de su conciencia. Tras varias horas de interrogatorio, Alexi Pacasi Vargas (21) confesó que degolló a su expareja Karla Vanessa Z.S. (17) porque esta no quiso volver con él.

Ante los agentes de la Divincri San Miguel, Pacasi señaló que citó a Karla a las 5:00 p.m. del jueves 14 de noviembre para tratar de convencerla de que vuelva a ser su enamorada, pero ella se negó.

“La puse entre mis piernas. Me dijo: papito, te amo, lo que hizo que entre en cólera. Ella se echó y cerró los ojos… en un momento me bloqueé. Cuando me di cuenta, la ‘chaira’ ya estaba en su cuello”, declaró a los detectives.

Lo que vino después es aterrador. “Ella me dijo ¡ayúdame, ayúdame! Trató de quitarse la ‘chaira’ del cuello pero, como no podía, yo se la quité. Luego le tapé la herida para que no saliera más sangre”, refirió.

En ese momento, Karla se paró y fue a pedir ayuda a un joven que caminaba por el lugar. “Traté de seguirlos, pero no pude. En ese instante me bloqueé y corrí”, contó.

LAS PRUEBAS

Tres fueron los elementos claves para incriminar a Pacasi Vargas. La Policía informó que uno es el video de seguridad del colegio Juan XXIII que fue entregado a la Policía. Las imágenes permitieron identificar al asesino.

El otro, la navaja con la que degolló a Karla Vanessa, la misma que era de propiedad del homicida (la usaba en su trabajo). El tercero, la declaración de un testigo, quien reconoció al homicida.

DATOS

- El homicida Alexi Pacasi Vargas fue conducido ayer a la sede de la Fiscalía, donde permanece detenido.

- De acuerdo con el coronel PNP Teobaldo Torrejón, el joven ha sido denunciado por el delito de feminicidio, con el agravante de que la víctima es una menor de edad.

CRIMEN DE JORAN FUE POR DINERO

Hoy empieza juicio oral al asesino de Stephany Flores. Fiscalía pidió 30 años de prisión para holandés.

EN EL BANQUILLO. Responderá los cargos que se le imputan. (Luis Gonzáles)

El holandés Joran van der Sloot podría ser sentenciado a cadena perpetua o recibir una pena de 30 años de cárcel por haber asesinado a la estudiante Stephany Flores Ramírez.

Eso dependerá de las pruebas y alegatos que presente la defensa legal de la familia de la víctima en el juicio oral que empieza hoy.

El Ministerio Público ha pedido que Joran sea acusado por homicidio calificado y hurto simple. Sin embargo, Edward Álvarez –abogado de la familia Flores– indicó que la tipificación debe cambiar por el robo seguido de muerte, lo que ameritaría la máxima pena. “Joran cometió el crimen por dinero”, añadió.

PRUEBAS

En la audiencia de hoy, la parte agraviada y la del homicida presentarían nuevas pruebas. El tribunal pondrá en conocimiento de Van der Sloot los cargos que se le imputan y preguntará si los acepta o no.

Para Álvarez, el holandés podría aceptar las imputaciones y, en 48 horas, recibir 30 años de prisión. Así se salvaría de la cadena perpetua.

José Jiménez, abogado de Joran, dice que el homicidio fue cometido por emoción violenta. La joven descubrió que él estaba implicado en la muerte de Natalee Holloway, en 2005, y eso desencadenó su furia.

En tanto, la defensa de los Flores sostuvo que Van der Sloot mató a Stephany para robarle S/.10 mil que había ganado en el casino Atlantic City.

SABÍA QUE

- Van der Sloot asesinó a Stephany Flores la madrugada del 30 de mayo de 2010.

- La defensa del holandés presentó una demanda ante la CIDH contra Chile porque se habrían cometido irregularidades en su extradición al Perú.

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