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RISE

veronica07204Práctica o problema31 de Mayo de 2015

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Condiciones:

• Ser persona natural.

• No tener ingresos mayores a USD 60,000 en el año, o si se encuentra bajo relación de dependencia el ingreso por este concepto no supere la fracción básica del Impuesto a la Renta gravada con tarifa cero por ciento (0%) para cada año, para el año 2011 equivale a 9210 USD.

• No dedicarse a alguna de las actividades restringidas.

• No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años.

Requisitos:

• Presentar el original y copia de la cédula de identidad o ciudadanía

• Presentar el último certificado de votación

• Presentar original y copia de una planilla de agua, luz o teléfono, o contrato de arrendamiento, o comprobante de pago del impuesto predial, o estado de cuenta bancaria o de tarjeta de crédito (de los 3 últimos meses).

• Las personas naturales nacionales o extranjeras que ejerzan actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales a excepción de los artesanos calificados por la Junta Nacional de Defensa del Artesano deben presentar el original y copia del pago de la patente municipal.

¿Qué beneficios ofrece el RISE?

• No necesita hacer declaraciones, por lo tanto se evita los costos por compra de formularios y por la contratación de terceras personas, como tramitadores, para el llenado de los mismos

• Se evita que le hagan retenciones de impuestos

• Entregar comprobantes de venta simplificados en los cuales solo se llenará fecha y monto de venta

• No tendrá obligación de llevar contabilidad

• Por cada nuevo trabajador que incorpore a su nómina y que sea afiliado en el IESS, ud. podrá solicitar un descuento del 5% de su cuota, hasta llegar a un máximo del 50% de descuento.

¿Qué tipo de actividades no pueden inscribirse en el RISE?

Existen ciertas actividades económicas que NO pueden incorporarse al Régimen Simplificado, en el documento adjunto puede encontrar el detalle.

Actividades excluidas del régimen impositivo simplificado

Actividades económicas que no pueden acogerse al RISE.

¿Si me inscribo en el RISE que tipo de comprobante de venta debo entregar?

Un contribuyente RISE entregará comprobantes de venta simplificados, es decir notas de venta o tiquete de máquina registradora autorizada por el SRI, para los requisitos de llenado solo deberá registrarse la fecha de la transacción y el monto total de la venta (no se desglosará el 12% del IVA).

Los documentos emitidos sustentarán costos y gastos siempre que identifiquen al consumidor y se detalle el bien y/o servicio transferido. Un contribuyente inscrito en el RISE tiene la obligación de emitir y entregar comprobantes de venta por transacciones superiores a US$ 12,00, sin embargo a petición del comprador, estará en la obligación de entregar el comprobante por cualquier valor.

Al final de las operaciones de cada día, se deberá emitir una nota de venta resumen por las transacciones realizadas por montos inferiores o iguales a US$ 12,00 por lo que no se emitió un comprobante.

Formato o modelo de Nota de Venta

Las notas de venta no tienen un formato establecido, este depende de las necesidades del contribuyente, sin embargo estos documentos deberán contener como mínimo los requisitos de impresión y de llenado que se detallan a continuación.

Nota de venta

Convenio de débito automático

A través del convenio de débito automático, Usted autoriza para que se le debite mensualmente el valor de su cuota en la fecha de vencimiento de acuerdo a su noveno dígito del RUC, sin necesidad de que se acerque a las Instituciones del Sistema Financiero a realizar el pago. Para esto, deberá firmar (por una sola vez) previamente un Convenio de Débito Automático, el mismo que

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