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Rama Legislativa


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  1.338 Palabras (6 Páginas)  •  844 Visitas

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Estructura del poder público en Colombia

El poder público en Colombia está dividido en tres ramas ya bien conocidas que son: ejecutiva, legislativa y judicial los cuales deben velar por el cumplimiento de los fines del estado teniendo en cuenta el pueblo y el desarrollo de la nación por consiguiente la estructura del poder público es necesaria para ejercer control, cumplir fines y propósitos y sobre todo velar por el buen funcionamiento del estado por lo cual las distintas ramas deben ejecutar todas las funciones determinadas para que se cubran todos las funciones y falencias del estado, de tal modo que se vea retribuido en la progresión del estado.

Rama Legislativa:

Es la rama del poder público que se encarga de diversas labores legislativas esta está compuesta por el congreso (cámara de representantes y senado) los cuales estarán divididos en comisiones permanentes, encargadas de tramitar en primer debate los proyectos de acto legislativo o de ley y cuyo número y el de sus miembros, así como las materias de su competencia, serán determinados por la ley. Así mismo, el reglamento del Congreso prevé la existencia de comisiones legales, especiales y accidentales. El Congreso se reúne en sesiones ordinarias, durante dos periodos por año, que constituyen una sola legislatura. El primer periodo de sesiones comienza el 20 de julio y termina el 16 de diciembre; el segundo, el 16 de marzo y concluye el 20 de junio. Así mismo, el Congreso se reúne en sesiones extraordinarias por convocatoria del Gobierno y durante el tiempo que éste señale.

Las funciones fundamentales de la rama legislativa son hacer leyes, reformar la constitución y ejercer control político sobre el gobierno y la administración, pero estas no son las únicas funciones también cumplen varias funciones específicas las cuales están estipuladas en la constitución política en su artículo 150 las cuales son:

1. Interpretar, reformar y derogar las leyes.

2. Expedir códigos en todos los ramos de la legislación.

3. Aprobar el plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas.

4. Definir la división general del territorio y fijar las bases y condiciones para crear, eliminar, modificar o fusionar entidades territoriales y establecer sus competencias.

5. Conferir atribuciones especiales a las asambleas departamentales.

6. Variar en condiciones extraordinarias la actual residencia de los altos poderes nacionales.

7. Determinar la estructura de la administración nacional y crear, suprimir o fusionar ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y otras entidades del orden nacional.

8. Reglamentar la creación y funcionamiento de las Corporaciones Autónomas Regionales.

9. Crear o autorizar la constitución de empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta.

10. Expedir las normas a las que debe sujetarse el Gobierno para el ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia.

11. Conceder autorizaciones al Gobierno para celebrar contratos, negociar empréstitos y enajenar bienes nacionales.

12. Revestir al Presidente de la República de facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley por necesidad o conveniencia pública

13. Establecer las rentas nacionales y fijar los gastos de la administración.

14. Establecer contribuciones fiscales y, excepcionalmente, contribuciones parafiscales, en los casos y bajo condiciones que establezca la ley.

15. Determinar la moneda legal, la convertibilidad y el alcance del poder liberatorio, y controlar el 26sistema de pesas y medidas.

16. Aprobar o improbar contratos que hubiere celebrado el Presidente con particulares, compañías o entidades, sin autorización previa.

17. Decretar honores a ciudadanos que hayan servido con honores a la Patria.

18. Aprobar o improbar los tratados que el Gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional.

19. Conceder amnistías o indultos generales por delitos políticos.

20. Dictar las normas generales y señalar en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno para efectos de crédito público, regular el comercio exterior y señalar el régimen de

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