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Recomendación A Las Cantinas


Enviado por   •  25 de Febrero de 2013  •  385 Palabras (2 Páginas)  •  396 Visitas

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Alimentos recomendados en las Cantinas Escolares :

A. Bebidas : Leche pasteurizada, en polvo o reconstituida, limonadas, jugos de fru-

tas y/u hortalizas, lechosa, melón, remolacha, tomate, zanahoria, etc, batidos de frutas, merengadas de frutas, vainilla, fresa o chocolate, refrescos de cereales, avena, cebada, arroz, fororo, chicha, (arroz, ajonjolí).

B. Comida : Arepas, empanada, sándwich, hallaquitas, cachitos pastelitos rellenos con queso, carne, pescado, caraotas, huevos, jamón, etc.; arepitas fritas, dulces y saladas, bollitos, pan de leche, acemita, galletas, churros, golfeados, ponque, biz- cochuelos, catalinas, tequeños, bolitas de queso, carne molida, pescado, empana- das de plátanos, huevos duros, cereales en hojuelas o inflados no azucarados, co- tufas no azucaradas y poco saladas, nueces, maní, merey, etc.

Productos no recomendados en las Cantinas Escolares :

Jugos envasados, gaseosas, maltas, leche condensada, polvo para preparar refres- co, raspados (cepillados granizados), helados que no sean a base de leche, chi- cles, caramelos y chupetas, gomitas, caramelos masticables y similares (saca- muelas), chocolates, polvo de caramelo, pasitas, frutas secas, chicharrones, pali- tos de queso y sus variedades, galletas rellenas con jaleas, dulcería criolla, (co- quitos, almidones, polvorosas, suspiros, jaleas, gofio cumanes), pastelería, (dul- ces), cereales en hojuelas o inflados azucarados.

Recomendaciones Complementarias :

1. Todo plantel debe tener agua apta para el consumo, al alcance de los niños.

2. Acción de la Comunidad Educativa en relación a NO PERMITIR las ventas

de alimentos situados fuera del plantel.

El incumplimiento :

Acarreará las sanciones previstas en la Ley de Protección al Consumidor, Ley de Sanidad Nacional y la Ley Orgánica de Educación y sus Reglamentos y estará ajustada a la normativa legal sobre la Comunidad Educativa.

Los Miembros de la Junta Directiva de la Sociedad de Padres y Representantes, tienen la responsabilidad civil y penal según el caso, conforma al Ordenamiento Jurídico vigente, por las faltas y delitos en que puedan incurrir en el ejercicio de sus atribuciones.

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