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Reembolso Educativo

vicente00624 de Octubre de 2014

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Reembolso Educativo

Para ayudar a los empleados en su mejora personal, el Empleador ha establecido una política que permite el reembolso de los gastos asumidos por los empleados con beneficios completos de hasta el setenta y cinco (75) por ciento de los gastos de enseñanza, libros, equipo requerido para el curso, y los honorarios acostumbrados y usuales para los cursos educativos que el empleado lleva. Se puede reembolsar a los empleados por los costos asociados con hasta dos cursos por trimestre o semestre, sin exceder ocho horas de crédito (o el equivalente local). La aprobación para el reembolso educativo es dada por el director administrativo del empleado o el director de asuntos temporales, según sea apropiado, en consulta con el director de recursos humanos de departamento o el gerente de recursos humanos de área. Es posible que los departamentos no puedan financiar todas las solicitudes de reembolso. Además de las consideraciones presupuestarias, el reembolso se basa en los siguientes factores:

1. El empleado debe:

a. Ser un empleado a tiempo completo que haya estado trabajando efectivamente por más de seis meses.

b. Estar en planilla al inicio y al fin del curso.

2. El curso debe cumplir por lo menos uno de los puntos siguientes:

a. Ayudar a desarrollar habilidades que mejorarán el desempeño del empleado en el desempeño de su puesto actual.

b. Ayudar al empleado a calificar por otro empleo con el Empleador que en realidad pueda llegar a estar disponible.

c. Ayudar al empleado a mantener una licencia o certificación que incremente el valor laboral del empleado para el Empleador.

d. Conducir a ser un graduado de la Universidad o un poseedor de un grado de maestría. No se reembolsará a los empleados por cursos necesarios para cumplir con los requisitos mínimos para su actual puesto.

3. El empleado debe recibir una nota promedio de 80 o mayor por los cursos calificados o una designación de haber pasado o terminado para los cursos que no reciben una calificación.

4. Los cursos deben llevarse en una institución acreditada o de educación superior, según sea la costumbre en el país donde se ubica la institución.

5. Se debe dar la aprobación para el curso antes del primer día de clases.

6. El Empleador no reembolsará a un empleado ni pagará por un curso si el empleado recibe ayuda financiera por el mismo curso de cualquier otra fuente, tales como beneficios del gobierno, beneficios para veteranos, becas y subvenciones. (Un préstamo reembolsable no se considera ayuda financiera de otra fuente). Si el empleado recibe ayuda financiera parcial de otra fuente, el Empleador pagará hasta el 75 por ciento de la diferencia, del costo por enseñanza, libros y los honorarios aplicables.

7. No se deben tomar los cursos durante la jornada laboral ordinaria del empleado. El director administrativo o el director para asuntos temporales del empleado pueden aprobar excepciones si no habrá efectos adversos en el trabajo del empleado y si el empleado hace arreglos para compensar el tiempo perdido del trabajo debido a su asistencia a la clase.

Los reembolsos educativos para algunas clases pueden estar sujetos a tributos por las entidades gubernamentales. El empleado es responsable de pagar cualquier tributo al respecto. Cuando el reembolso por una clase esté sujeto a tributos, la cantidad del reembolso se añadirá a la declaración de impuestos anual del empleado.

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