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Regulaciones De La Publicidad En México


Enviado por   •  25 de Abril de 2013  •  858 Palabras (4 Páginas)  •  378 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La publicidad, es un arma de la mercadotecnia la cual conjunta todas las actividades necesarias para presentar a una audiencia un mensaje impersonal y pagado por un patrocinador identificado que se refiere a un producto o a una organización.

La relación que guarda la publicidad con consumidores potenciales de un producto o servicio, es muy estrecha, por tal motivo, la forma en que se presentarán los anuncios publicitarios (radio, tv, medios gráficos, etc.) deberán cubrir una serie de requisitos.

No obstante, todas las agencias publicitarias en la República Mexicana, deberán estar afiladas a la Asociación Mexicana de Agencias de Publicidad, Consejo Nacional de Publicidad y a la Asociación Nacional de la Publicidad. Ya que gracias a estas afiliaciones se podrá tener un estándar de formato para hacer publicidad en México.

Los reglamentos pueden ser de gran utilidad si se conocen, ya que promueven el proyectar conductas éticas y de autocontrol de los propios usuarios del mismo y logrará que los trámites de autorización sean más sencillos.

Los puntos que maneja el reglamento son los siguientes:

La publicidad debe:

• Ser congruente con su uso, aplicación o prestación de servicio.

• Ser orientadora y educativa.

• No atentar o poner en riesgo la seguridad o integridad de las personas.

• No inducir a error u ocultar contraindicaciones.

• No utilizar publicidad subliminal.

Leyendas precautorias:

• T.V. y Cine: duración mínima de la cuarta parte del anuncio, excepto tabaco y alcohol, en los que la leyenda debe durar lo que dura el anuncio.

• Radio: deberán pronunciarse en mismo ritmo, tono y volumen.

• Impresos: deberán tener un tamaño de 60 puntos en el caso de espectaculares y de 20 puntos para el resto del material impreso (prensa, revistas, carteles, volantes, etc.).

Servicios de Salud:

• Requiere autorización previa la publicidad relativa a personas morales.

• Sólo se deberá dar aviso, para aquella publicidad de personas físicas.

Propósitos de la regulación (Arts.16-19):

• Congruencia entre los estudios realizados y el servicio que se ofrece.

• Evitar prácticas riesgosas.

• Detección de servicios fraudulentos.

• Evitar publicidad engañosa.

Alimentos y bebidas no alcohólicas (Arts. 23-26):

• No deben atribuirles un valor nutrimental superior que los alimentos naturales.

• No promover hábitos de alimentación nocivos.

• No asociarse con alcohol o tabaco.

• Incluir mensaje precautorio promotor de buenos hábitos higiénicos y alimenticios.

• Se regula la publicidad de fórmulas para lactantes.

Suplementos alimenticios (Arts. 27-28):

• No deben atribuírseles cualidades preventivas, terapéuticas o rehabilitatorias.

• Su finalidad debe ser incrementar la ingesta dietética total.

• Se sujeta a autorización previa la publicidad de suplementos alimenticios.

Alcohol. Aspectos relevantes (Arts. 33-35):

• Evitar que su publicidad se dirija a menores de edad.

• Se prohíben manipulaciones del producto.

• No incluir situaciones aspiracionales como consecuencia del consumo del producto.

• Se prohíbe que los productos publiciten las barras libres.

• Debe promover la moderación en su consumo.

Tabaco (Arts. 36-39):

• La publicidad de tabaco únicamente se limitará a informar sobre características, calidad sanitaria y técnica de elaboración del producto.

• Permitir patrocinio de eventos sólo con uso de marca o razón social.

• El horario de transmisión en radio y televisión será a partir de las 22 horas. En cine sólo en películas clasificadas para adultos.

Patrocinio de alcohol y tabaco (Arts. 31-32):

• No

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