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Regulación por países. México


Enviado por   •  26 de Octubre de 2012  •  Ensayos  •  392 Palabras (2 Páginas)  •  353 Visitas

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Regulación por países

México

En México el Código Civil del D.F. en el artículo 25.

Argentina

El Código Civil de Argentina reconoce las personas de existencia visible y no visible o personas de existencia ideal. En su artículo 30 establece que son personas "todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones". Se critica a Vélez Sársfield. por no haber dado una definición exacta de personas de existencia ideal o persona jurídica|personas jurídicas si no por descarte de la persona humana, ya que en su artículo 32 establece que "todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones que no son personas de existencia visible son personas de existencia ideal o personas jurídicas".

Chile

El Código Civil de este país, en su art. 545 define persona jurídica como una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. Las personas jurídicas se dividen en personas con fines de lucro o sociedades, y personas sin fines de lucro, que se dividen en corporaciones y fundaciones. Las sociedades pueden ser colectivas, de responsabilidad limitada, anónimas o por acciones. También existe la empresa individual de responsabilidad limitada, separada de la persona dueña.

Guatemala

En Guatemala los preceptos legales que le dan sustento a la personalidad jurídica y a las personas tanto individuales como jurídicas se encuentran en el Libro primero y capítulo segundo del Código Civil.

El Salvador

En El salvador el codigo civil reconoce la personalidad jurídica en el artículo 52 que dice: las personas son naturales o jurídicas. Son personas naturales todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición. Son personas jurídicas las personas ficticias capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones y ser representadas judicial o extrajudicialmente"

Honduras

En la república de Honduras la Constitución de 1982 vigente, reconoce el derecho de libre asociación en los artículos 78, 79 y 80. El concepto de "persona jurídica" nace de lo dispuesto en los artículos 56 al 59 el Código Civil. La regulación y forma de gobierno interno de las Asociaciones Civiles se regula por lo establecido para el contrato de sociedad en el mismo Código. El acuerdo de otorgamiento de personalidad jurídica es un acto potestativo del Presidente de la República que la otorga por delegación a través del Ministro de Gobernación y Justicia.

Véase también

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