Requisitos Que Solicita La Secretaria Del Trabajo Y Previsión Social (STPS) Para Ser Capacitador Externo Y Poder Impartir Cursos.
FNROMINA1 de Octubre de 2013
628 Palabras (3 Páginas)13.279 Visitas
Según lo publicado en la página de Internet de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, http://www.stps.gob.mx, los requisitos para ser capacitador externo son:
Se define a los agentes y capacitadores externos como las personas morales, físicas con actividad empresarial y personas físicas (instructores independientes) que están dedicadas a prestar servicios de capacitación a las empresas.
Deben contar con la autorización y registro por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, según lo establecido en los Artículos 15 y 16 del Acuerdo Normativo publicado en el DOF (Diario Oficial de la Federación) el 14-06-2013.
Los requisitos son:
Personas Morales:
• Formato DC-5 “Solicitud de registro de agente capacitador externo”, la liga de descarga se ubica en la siguiente página de internet:
http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/conoce/areas_atencion/areas_atencion/inclusion_laboral/capacitacion/agentes_capacitadores_externos.html
• Copia del acta constitutiva que señale en su objeto social el relativo a la capacitación.
• Plantilla de instructores incorporada en el formato DC-5. Su acreditación será responsabilidad de la Entidad instructora y recomiendan considerar los requisitos para los instructores independientes.
• Al incorporar instructores extranjeros, que residen en México, se deberá de adjuntar los documentos que acrediten la estancia legal en el país para realizar esta actividad, conforme a lo establecido en la norma de migración, incluyendo su RFC expedido por la autoridad correspondiente.
Personas Físicas con Actividad Empresarial
• Formato DC-5 “Solicitud de registro de agente capacitador externo”, la liga de descarga se ubica en la siguiente página de internet:
http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/conoce/areas_atencion/areas_atencion/inclusion_laboral/capacitacion/agentes_capacitadores_externos.html
• Copia de la cédula de identificación fiscal que especifique esta actividad.
• Plantilla de instructores incorporada en el formato DC-5. Su acreditación será responsabilidad de la Entidad instructora y recomiendan considerar los requisitos para los instructores independientes.
• Al incorporar instructores extranjeros, que residen en México, se deberá de adjuntar los documentos que acrediten la estancia legal en el país para realizar esta actividad, conforme a lo establecido en la norma de migración, incluyendo su RFC expedido por la autoridad correspondiente.
Personas físicas como instructores independientes
• Formato DC-5 “Solicitud de registro de agente capacitador externo”, la liga de descarga se ubica en la siguiente página de internet:
http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/conoce/areas_atencion/areas_atencion/inclusion_laboral/capacitacion/agentes_capacitadores_externos.html
• Original y copia de los documentos que acrediten la educación mínima obligatoria (nivel bachillerato), los conocimientos técnicos en los temas de instrucción y como instructor, adquiridos empírica o académicamente. Considerando, cuando se acredite de manera empírica los conocimientos como instructor, el haber impartido cinco cursos.
• Dos fotografías, tamaño infantil, recientes.
• Al incorporar instructores extranjeros, que residen en México, se deberá de adjuntar los documentos que acrediten la estancia legal en el país para realizar esta actividad, conforme a lo establecido en la norma de migración, incluyendo su RFC expedido por la autoridad correspondiente.
• Los Agentes Capacitadores Externos cuya información se encuentra publicada en el Directorio de Agentes en la página de Internet de la Secretaría, contarán con un plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor del Acuerdo Normativo publicado
...