ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Responsabilidad Penal


Enviado por   •  29 de Octubre de 2013  •  481 Palabras (2 Páginas)  •  225 Visitas

Página 1 de 2

Responsabilidad Penal.

El tercer tipo de responsabilidad que pueden enfrentar los profesionales de la salud es la responsabilidad penal, que supone una afectación más intensa a los bienes jurídicos individuales o colectivos y que se expresa a través de la comisión de un delito.

Como recordaremos, el delito es la acción u omisión que sancionan las leyes penales y que tiene los atributos de ser una conducta típica, antijurídica y culpable.

Las acciones u omisiones delictivas solamente pueden realizarse dolosa o culposamente y, conforme al Código Penal Federal, obra dolosamente el que, conociendo los elementos del tipo penal, o previendo como posible el resultado típico, quiere o acepta la realización del hecho descrito por la ley; mientras que obra culposamente el que produce el resultado típico, que no previó siendo previsible o previó confiando en que no se produciría, en virtud de la violación a un deber de cuidado, que debía y podía observar según las circunstancias y condiciones personales.

A diferencia de la responsabilidad civil, que es fundamentalmente de naturaleza patrimonial, la responsabilidad penal recae sobre la persona del delincuente, por medio de sanciones privativas o restrictivas de su libertad, además de la condena a la reparación del daño.

Los delitos cometidos en la práctica médica se encuentran previstos en los códigos penaResponsabilidad Penal.

El tercer tipo de responsabilidad que pueden enfrentar los profesionales de la salud es la responsabilidad penal, que supone una afectación más intensa a los bienes jurídicos individuales o colectivos y que se expresa a través de la comisión de un delito.

Como recordaremos, el delito es la acción u omisión que sancionan las leyes penales y que tiene los atributos de ser una conducta típica, antijurídica y culpable.

Las acciones u omisiones delictivas solamente pueden realizarse dolosa o culposamente y, conforme al Código Penal Federal, obra dolosamente el que, conociendo los elementos del tipo penal, o previendo como posible el resultado típico, quiere o acepta la realización del hecho descrito por la ley; mientras que obra culposamente el que produce el resultado típico, que no previó siendo previsible o previó confiando en que no se produciría, en virtud de la violación a un deber de cuidado, que debía y podía observar según las circunstancias y condiciones personales.

A diferencia de la responsabilidad civil, que es fundamentalmente de naturaleza patrimonial, la responsabilidad penal recae sobre la persona del delincuente, por medio de sanciones privativas o restrictivas de su libertad, además de la condena a la reparación del daño.

Los delitos cometidos en la práctica médica se encuentran

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.9 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com