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Resumenes

e.velasquez27 de Noviembre de 2013

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Sistema de pensiones.

1.- ¿Qué se entiende por sistema de gestión?

Resp: se entiende por sistema de pensión aquel organismo administrador de fondos que asegura un ingreso estable a los trabajadores que ya han terminado su vida laboral, procurando que su ingreso guarde relación próxima con aquel percibido durante su vida activa; Se encuentra, además, organizado en torno a un diseño de 3 pilares que se complementan entre sí.

2.- ¿Qué son para usted las cotizaciones?

Resp: son pagos que deben realizar los trabajadores de forma obligatoria o voluntariamente para a su vez recibir una atención de salud.

En el caso de los trabajadores que coticen de forma obligatoria se les debe descontar un 7% con un tope de 70,3 U.F.

Los trabajadores que cotizan de forma voluntaria, pueden optar al beneficio del sistema de salud de acuerdo a los meses cotizados y porcentaje es igual a la cotización de salud obligatoria.

3.- ¿Qué son las pensiones solidarias?

Resp: Es un aporte mensual en dinero que complementa las pensiones de vejez o sobrevivencia menores a la pensión máxima con aporte solidario (actualmente $266.731 al mes)

4.- ¿Qué es el IPS?

Resp: actualmente se le llama IPS al instituto de previsión social; antiguamente era llamado INP Instituto de normalización previsional. Es un servicio público que tiene por objeto la administración de las pensiones solidarias y la administración del antiguo sistema de previsión, constituido por las ex cajas previsionales.

5.- El sistema de salud. ¿Dé que está compuesto? Explique uno de ellos.

Resp: Está compuesto por dos sistemas público y privado.

El sistema de salud privada está conformado por la ISAPRE y por los productores de salud particulares. Los beneficios de esta dependerán directamente de la prima cancelada. Los proveedores de esta pueden ser hospitales, clínicas y profesionales independientes que atienden a ambos sistemas.

6.- Seguridad laboral. ¿Qué protege?

Resp: Protege a los trabajadores por cuenta ajena, que presten servicios bajo subordinación y dependencia, bajo un acuerdo contractual, incluyendo a las asesoras del hogar y aprendices.

Funcionarios públicos, municipales, civiles o del estado.

Estudiantes que deben ejecutar trabajos que signifiquen una fuente de ingreso para el respectivo plantel

Loa trabajadores independientes y los trabajadores familiares.

Los estudiantes que sufran accidentes a causa o con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica laboral. En fin la ley 16744 cubre a todos los trabajadores con excepción de los dirigentes gremiales.

7.- Indique que debe realizar un trabajador víctima de un accidente laboral.

Resp: En caso de accidente en el trabajo, la víctima debe informar inmediatamente - antes de que transcurran 24 horas - a su empresa y ésta debe declarar el accidente al organismo administrador del seguro dentro de un plazo de 48 horas y también debe entregar al trabajador un impreso de declaración del accidente para que la presente a su médico, lo que le permitirá no tener que abonar los gastos, además de corroborar el accidente con dos testigos y si este fuese de trayecto, con el parte policial

8.- ¿Cuál es la obligación del estado y del trabajador con respecto a la seguridad laboral?

Resp: Del estado: supervigilancia y fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de los lugares de trabajo. Por medio de los diferentes organismos fiscalizadores (Seremis de salud, Inspección del trabajo)

Control por la SUSESO del cumplimiento de las funciones del Organismo Administrador del Seguro de la Ley 16.744 en relación de las prestaciones establecidas en esta.

Control por la SEREMI de Salud de la correspondencia

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