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SERVIDUMBRE EN EL CÓDIGO FRANCÉS


Enviado por   •  28 de Octubre de 2018  •  Tareas  •  308 Palabras (2 Páginas)  •  142 Visitas

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SERVIDUMBRE EN EL CÓDIGO FRANCÉS

Según los autores Planiol y Ripert, la servidumbre es una carga impuesta sobre una heredad para el uso y provecho de otra, perteneciente a distinto propietario; conforme a la aproximación anterior, podemos distinguir algunos elementos: a)la servidumbre sólo se aplica a los inmuebles; b) su existencia precisa dos inmuebles distintos; c) los inmuebles pertenecen a dos propietarios diferentes.

CARACTERÍSTICAS JURÍDICAS DE LAS SERVIDUMBRES EN EL CÓDIGO FRANCÉS

Carácter Inmueble: las servidumbres constituyen siempre derechos inmuebles, dado que solo pueden establecerse sobre heredades. Como consecuencia, es un derecho accesorio, ligado de manera inseparable al predio denominado dominante, por consiguiente no puede trasladarse a otro. Solo las servidumbres son perpetuas, esta procede de la misma accesoriedad de la servidumbre, que la une a la propiedad de un predio y para su uso es natural que sea perpetua como él. En este sentido, las servidumbres son irredimibles, de manera que el propietario del predio sirviente no puede liberarse de ella con dinero. Las servidumbres son indivisibles, no podrá establecerse sin el consentimiento de todos los copropietarios.

Según el código civil francés adoptó una clasificación, de tres grupos conforme a su origen de las servidumbres: servidumbres naturales, que se derivan de la situación de los lugares; servidumbres legales, que son aquellas que quedan establecidas conforme a la ley; y por último las servidumbres que se derivan de los actos mismos del hombres, que vienen a ser aquellas que se constituyen por diversos procedimientos ( contrato, legado, posesión).

Según su Objeto: podemos clasificarlas en positivas, que autorizan al propietario de la finca dominante a ejecutar actos de uso sobre la finca sirviente; las servidumbres negativas, se limitan a paralizar los derechos del propietario de la finca sirviente, ya sea que retiren en parte el uso de su bien o que le impidan ejercer un derecho inherente a su título de propietario.

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