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SOCIEDADES EXTRANJERAS


Enviado por   •  12 de Mayo de 2014  •  Ensayos  •  457 Palabras (2 Páginas)  •  429 Visitas

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SOCIEDADES EXTRANJERAS

 Según el art. 469 del Código de Comercio son extranjeras las sociedades constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior.

Las cuales el Código de comercio busca regular aquellas sociedades del exterior que desarrollan actividades permanentes en Colombia.

Las sociedades extranjeras actúan en el ámbito de los negocios de varias formas:

• A través de un apoderado cuando se trata de una operación aislada.

• A través de un agente comercial. Este es un empresario que asume en forma independiente y de manera estable el encargo de promover o explotar negocios en un determinado ramo, en todo el territorio nacional o en una zona determinada del mismo, como representante o distribuidor, o como fabricante y distribuidor de uno o de varios productos de la sociedad extranjera.

• A través de filiales o subsidiarias, o de sociedades subordinadas económica, administrativa o financieramente. Las filiales o sociedades subordinadas son distinta de la matriz y siempre hay una pluralidad de empresarios.

• Por medio de sucursales. Estas son distintas de la casa principal y hay un solo empresario.

 Requisitos para una sociedad extranjera:

Según el art. 471 del Código de Comercio para que una sociedad extranjera pueda emprender negocios permanentes en Colombia, establecerá una sucursal con domicilio en el territorio nacional, para lo cual cumplirá los siguientes requisitos:

• Protocolizar en una notaría del lugar elegido para su domicilio en el país, copias auténticas del documento de su fundación, de sus estatutos, la resolución o acto que acordó su establecimiento en Colombia y de los que acrediten la existencia de la sociedad y la personería de sus representantes.

• Obtener de la Superintendencia de Sociedades o de la Bancaria, según el caso, permiso para funcionar en el país.

 Control Y Vigilancia De Sociedades Extranjeras:

Todas las sucursales de sociedades extranjeras que

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desarrollen actividades permanentes en Colombia estarán sometidas a la vigilancia del Estado, que se ejercerá por la Superintendencia Bancaria o de Sociedades, según su objeto social. (Art. 470 Cód. Comercio).

 Como Se Establecen Los Negocios En El País:

El art. 472 nos dice que la resolución o acto en que la sociedad acuerda conforme a la ley de su domicilio

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