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SOCIEDADES MERCANTILES


Enviado por   •  25 de Mayo de 2014  •  3.808 Palabras (16 Páginas)  •  185 Visitas

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7.1 CONCEPTO DE SOCIEDAD MERCANTIL

Una sociedad mercantil es aquella entidad cuyo objetivo es la realización de actos de comercio sujeta a derecho mercantil.

Su denominación oficial es la siguiente:

"Es sociedad mercantil la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico con propósito de lucro"

7.2 PERSONALIDAD JURÍDICA DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

Las sociedades mercantiles se rigen por la ley general de sociedades mercantiles y la sociedad cooperativa por la ley general de sociedades cooperativas, la constitución de unas y otras, deberá constar en escritura social ante notario público.

La consecuencia jurídica más importante que se produce a partir del contrato de sociedad es el de dar nacimiento a una persona jurídica dotada de un patrimonio y de una responsabilidad distintos del patrimonio y de la responsabilidad individual de los socios.

Los atributos de la personalidad jurídica de las sociedades mercantiles son:

Nombre.

El nombre de las sociedades mercantiles se expresa mediante su razón o denominación social.

• La razón social se forma con los nombres completos o con los apellidos de uno o varios socios y, cuando en ella no figuren los de todos, se añaden las palabras y compañía u otras equivalentes.

• La denominación social. Se forman con palabras que denotan objeto social o con expresiones de la fantasía.

Nombre Comercial.

Se considera que la razón o denominación social son cosas distintas. La razón o denominación social es el nombre de la persona moral; el nombre comercial, en cambio, es el signo distintivo de él o los establecimientos que explota la persona moral.

Domicilio Social.

Es el lugar donde se ejercitan los derechos y se cumplen las obligaciones que nacen del contrato de sociedad. A falta de determinación del domicilio social, la ley reputa como domicilio de las personas morales el lugar donde se halle establecida su administración.

Nacionalidad.

El artículo 8º. De la Ley de Nacionalidad establece que son sociedades mercantiles de nacionalidad mexicana las que se constituyen conforme a las leyes de la República y tengan en ella su domicilio social.

Capacidad.

La capacidad es la facultad que tienen las sociedades mercantiles de ser sujetos de derechos y obligaciones. Las sociedades mercantiles sólo tienen capacidad de goce, en el sentido de que no pueden ejercer por sí mismas sus derechos; pero no en el sentido de que no puedan ejercitarlos por conducto de sus representantes.

Patrimonio.

El patrimonio son todos aquellos bienes y derechos que pertenecen a la sociedad. El concepto de patrimonio es diferente al de capital social, ya que éste es la suma de las aportaciones de los socios y al patrimonio es eso, más los bienes y derechos que pertenecen a la sociedad mercantil.

7.3. CONTRATO DE SOCIEDAD.

Origen del contrato de sociedad:

La sociedad se ubica dentro del grupo de los contratos consensuales, que surgen en el derecho romano aproximadamente en el siglo II a.C. los cuales constituyeron una innovación que abrió paso dentro del antiguo formalismo romano, al perfeccionarse estos contratos por el simple acuerdo entre las partes.

Concepto:

En las fuentes del derecho romano no se encuentra una definición de esta institución, sin embargo la doctrina la considera un contrato consensual, bilateral o multilateral, en virtud del cual dos o más personas se obligan a aportar determinados bienes y/o actividades para la obtención de un fin común licito.

La institución en cuestión se encuentra definida en una fuente neo romanista, El Código Napoleón, que establece “La sociedad es el contrato por el cual dos o más personas convienen en poner en común bienes su industria con el fin de dividir los beneficios y las pérdidas que de ello provengan.

Este concepto ha sido aceptado como punto de partida por los códigos civiles latinoamericanos (México, argentino, colombiano, chileno, etc.).

Elementos esenciales del contrato, comunes a todos los contratos:

- El consentimiento: Es la manifestación de voluntad por parte de los socios, que debe ser libre, esto es sin vicios (Error, violencia, dolo, mala fe, etc.).

- La capacidad: Las personas contratantes deben tener personalidad jurídica (Aptitud de una persona para adquirir derechos y contraer obligaciones).

- El objeto: Todas las prestaciones pueden ser objeto de un contrato excepto que conformen un hecho ilícito, imposible o litigioso real y físico.

- La causa: Hace referencia a la actividad que se realiza no debe ser contraria a la ley.

Elementos esenciales del contrato de sociedad:

- Los sujetos, partes o socios deben ser dos o más

- Los aportes, es decir las prestaciones que debe realizar cada socio para la formalización del contrato. Estas prestaciones pueden consistir en:

• Obligaciones de dar (suma de dinero o cosas materiales)

• Obligaciones de hacer (aportar trabajo).

- El objeto de la sociedad, es decir, el motivo por el cual fue constituida.

- El propósito de lucro es el fin de la sociedad para lograr una ganancia apreciable en dinero.

- El fin de obtener un lucro repartible. Esta intención es un elemento esencial del contrato de sociedad y supone que:

*La

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