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Secretaría De La Reforma Agraria


Enviado por   •  9 de Abril de 2012  •  444 Palabras (2 Páginas)  •  616 Visitas

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La Secretaría de la Reforma Agraria de México es una Secretaría de Estado, dependiente del Poder Ejecutivo Federal que según la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 41 le corresponde el ejercicio de las atribuciones y facultades que expresamente señala el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se establecen las condiciones del derecho de los trabajadores del campo a la posesión de la tierra que trabajan. El 8 de septiembre de 2009, Felipe Calderón Hinojosa anunció su desaparición como una medida de austeridad en el marco de la crisis que afecta a México de 2008 a 2009. La propuesta se mantiene en el Congreso de la Unión representado por el Senado y la Cámara de Diputados, sin embargo, hasta la fecha, la defensa de dicha dependencia ha sido ferrea por diversos grupos[1] ya que representa para muchos el último bastión de la Reforma Agraria.[2]Al parecer, su desaparición no estaba contemplada para el año 2010, pues le había sido asignado un nuevo presupuesto, con lo que ha de continuar sus funciones

FUCIONES

Aplicar los preceptos agrarios del artículo 27.

Conceder o ampliar en términos de ley, las dotaciones o restituciones de tierra y aguas a los núcleos de población rural.

Crear nuevos centros de población agrícola y dotarlos de tierras y aguas y de la zona urbana ejidal.

Intervenir en la titulación y el parcelamiento ejidal.

Hacer y tener al corriente el Registro Agrario Nacional, así como el catastro de las propiedades ejidales, comunales e inafectables.

Conocer de las cuestiones relativas a límites y deslinde de tierras ejidales y comunales.

Hacer el reconocimiento y titulación de las tierras y aguas comunales de los pueblos.

Resolver conforme a la ley las cuestiones relacionadas con los problemas de los núcleos de población ejidal y de bienes comunales, en lo que no corresponda a otras dependencias o entidades, con la participación de las autoridades estatales y municipales.

Proyectar los programas generales y concretos de colonización ejidal, para realizarlos, promoviendo el mejoramiento de la población rural y, en especial, de la población ejidal excedente, escuchando la opinión de la Secretaría de Desarrollo Social.

Manejar los terrenos baldíos, nacionales y demasías; entre otras funciones.

Desde las reformas constitucionales de 1992, estas atribuciones son ejercidas por los Tribunales Agrarios, en los expedientes que quedaron en trámite al suprimirse el rezago agrario.

Organigrama

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