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Semana 4 Unidad de Información y Análisis Financiero


Enviado por   •  24 de Octubre de 2013  •  Prácticas o problemas  •  618 Palabras (3 Páginas)  •  575 Visitas

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1. Qué debe hacer un funcionario de una entidad financiera al momento de identificar una operación sospechosa?

En primera instancia el funcionario debe presentar un reporte a la Unidad de Información y Análisis Financiero, (UIAF), con la debida sospecha u operación inusual, según sea el caso; dando tramite al debido proceso establecido por dicha entidad financiera en la que labora.

El informe se puede hacer si se trata de una sospecha, es decir así no se tenga plena certeza de que se presente una actividad ilegal o que los recursos provengan ciertamente del narcotráfico.

2. Explique brevemente los diferentes reportes derivados de la prevención y control del lavado de activos.

• Reportes Internos: El funcionario de una entidad financiera que crea que una transacción por sus características pueda ser una operación inusual o sospechosa debe seguir los parámetros o procesos consignados por la organización enviándolo a la sección encargada del caso teniendo en cuenta señalar dentro del reporte las razones por las cuales cree es sospechosa la transacción por parte del usuario.

• Reportes Externos: El funcionario encargado debe enviar el reporte a la UIAF.

• Reporte de Clientes Exonerados: Las entidades financieras están en la obligación de realizar un reporte mensual con los datos de los clientes exonerados, tanto de clientes nuevos como clientes antiguos que dejan de serlo.

Así mismo las entidades financieras deben reportar transacciones individuales de capitales iguales o superiores a $10´000.000, exceptuando reportes por: Recaudo de aportes para salud y pensiones obligatorias establecidas en la ley, recaudo de servicios públicos domiciliarios, recaudo de telefonía móvil celular y el recaudo de aporte a riesgos profesionales (ARP).

• Reporte de Transacciones Múltiples: Cuando dentro de un mes calendario en beneficio de un solo cliente las transacciones en efectivo superan los $50´000.000 moneda nacional, exceptuando en este caso: Recaudo de impuestos nacionales, recaudo de contribución de valorización, recaudo para salud y pensiones obligatorias y establecidas por la ley, recaudo de servicios públicos domiciliarios, recaudo de telefonía celular móvil.

• Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas: En caso que no se hayan presentado operaciones sospechosas dentro del mes calendario se realiza el debido reporte dentro de los 10 días siguientes al periodo reportado.

• Reporte de Operaciones Realizadas en las Casas de Cambio: Son personas naturales o jurídicas que ejercen la actividad de compra y venta de divisas y cheques de viajero, quienes están en la obligación de implementar dentro de su organización el SARLAFT haciendo de igual manera los reportes a la UIAF.

3. Comente

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