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Síntesis Histórica del Derecho Aduanero

gordochenkoInforme19 de Febrero de 2012

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Síntesis Histórica del Derecho Aduanero

La evolución histórica del Derecho Aduanero debe de partir de la definición etimológica del vocablo aduana, lo cierto es que distintos conceptos etimológicos llevan implícita la connotación de lo que es la actividad que regula el Derecho Aduanero.

En la antigüedad se comenzó a utilizar aduanas en distintas partes del mundo en donde se cobraban impuestos por importación, exportación y tránsito de mercancías, siendo Fenicia uno de los lugares con aportaciones más importantes para el comercio internacional; dichos lugares fueron India, China, Egipto, Siria, Babilonia, Arabia y España entro otros que de distinta manera hicieron grandes aportaciones en materia de comercio. En nuestro país no fue distinto así que en México esta evolución se dio en tres etapas:

México

Tiene su origen en las disposiciones que se dictaron por España. Polibio dice: “el origen de las leyes y de la verdad política debe buscarse tan sólo en la historia; en ésta residen los preliminares de aquéllas”

Etapa Colonial

Con motivo del descubrimiento de nuevo mundo, los reyes católicos, Fernando c Isabel, obtuvieron del papa Alejandro VI, las llamadas Bulas Alejandrinas. La primera denominada "Eximiae Devotions”

La bula concedía a España "todas aquellas islas y tierras encontradas y que se encuentran descubiertas y por descubrir con todos sus dominios, ciudades y fortalezas, lugares, derechos y jurisdicciones y con todas sus pertenencias" Se prohibía a cualquier persona, aun a las imperiales y regias, a comerciar o especular sin licencia especial de los soberanos españoles en la zona delimitada imponiéndose como sanción la excomunión. Existían monopolios y estancos a que estaba sujeta la colonia de la Nueva España, se impusieron impuestos, los principales eran: derecho de avería o havería, derecho de almirantazgo, derecho de almojarifazgo o portazgo, derecho de tonelaje y derecho de alcabala.

Etapa Independiente ‡

Normas arancelarias: El comercio se declaró libre y los puertos se abrieron a los buques de todas las naciones, se implantó desde el primer momento el régimen de las prohibiciones declarando vedada la importación de lo que producíamos.

Normas Sustantivas: El arancel regía para todos los puertos del imperio mexicano y cualquier buque sin importar su nacionalidad, sería admitido sujetándose al pago de los derechos y a las reglas que dictara el arancel. Los buques deberían pagar el derecho de tonelaje, anclaje y tránsito de permanencia.

Etapa Revolucionaria

Los alimentos estaban exentos de derecho así como que se declaraban libres de todo impuesto las embarcaciones, los carros y los coches para vías férreas, las herramientas de mano y otros artículos necesarios para la industria, la agricultura y la educación y se comenzaron a gravar fuertemente los artículos de lujo. Esta tarifa marco el inicio de la entrada de franca maquinaria a nuestro país.

La legislación aduanal establecía una zona de inspección y vigilancia de 200 kilómetros, paralela a lo largo de la línea divisoria; de las zonas y perímetros libres que abarque los aeropuertos, en los cuales las mercancías deberían transitar un amparo de los documentos que acreditarían la legal importación en el país, así como su procedencia y propietario de tales. Si esos documentos no se presentaban, entonces era motivo de una presunción, juris tantum, de que ha habido una fracción de contrabando, por lo tanto las mercancías eran aprehendidas y consignadas a la autoridad aduanera competente para la averiguación y los resultados que de ella deriven.

Bibliografía

1.- Derecho Aduanero (Libro De Texto)

Máximo Carvajal Contreras.

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