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TALLER SEGURIDAD SOCIAL


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2011  •  494 Palabras (2 Páginas)  •  992 Visitas

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TALLER FINAL

NOTA IMPORTANTE: El taller consta de tres (3) pruebas: El estudiante debe responderlas en su totalidad, ya que cada una tiene un porcentaje que sumado equivale al 100%.

Son casos sencillos, solo recomendamos poner sumo cuidado y apoyarse de las guías cuando sea necesario y tengan alguna duda.

CASO 1.: Equivale al 40% de la nota.

María Granados es una joven que reside en la ciudad de Bogotá D.C. Hace 12 años labora para la familia CIFUENTES GOMEZ, habiendo sido contratada por la señora MARINA GOMEZ CARVAJAL que es la cónyuge de ALBERTO CIFUENTES PATIÑO. María se desempeña en las labores de oficios domésticos, con una jornada diaria de 10 horas (de 6 de la mañana a 4 de la tarde) residiendo en el mismo hogar de los esposos CIFUENTES GOMEZ. Devenga un salario mensual de $ 600.000, oo. La afiliaron desde el inicio de su relación laboral, a la EPS COOMEVA, donde se le prestan todas las asistencias médicas, como cotizante principal.

El hogar de María y su esposo HERNAN COLORADO, se vio alegrado con el nacimiento de su primogénita ALEJANDRA ocurrido el 8 de Septiembre de 2008.

María empezó a disfrutar su Licencia de Maternidad desde ese mismo día.

Con relación a lo expuesto, se hacen las siguientes preguntas:

1. HERNÁN COLORADO, que es el esposo de MARIA y no labora, ¿Puede ser afiliado a la EPS por su esposa María?

R/ Si, Puede ser afiliado a la EPS por su esposa.

2. HERNÁN COLORADO, ¿Puede ser afiliado a la EPS COMEVA por su esposa según el artículo 163 de la Ley 100 de 1993?

R/Si, de acuerdo a lo contemplado en artículo 163 de la Ley 100 de 1993.

LEY 100 DE 1993

Artículo 163. LA COBERTURA FAMILIAR. El Plan de Salud Obligatorio de salud tendrá cobertura familiar. Para estos efectos, serán beneficiarios del Sistema el (o la) cónyuge o el compañero o la compañera permanente del afiliado cuya unión sea superior a 2 años; los hijos menores de 18 años de cualquiera de los cónyuges, que haga parte del núcleo familiar y que dependan económicamente de éste; los hijos mayores de 18 años con incapacidad permanente o aquellos que tengan menos de 25 años, sean estudiantes con dedicación exclusiva y dependan económicamente del afiliado. A falta de cónyuge, compañero compañera permanente, e hijos con derecho, la cobertura familiar podrá extenderse a los padres del afiliado no pensionados que dependan económicamente de éste.

3. ¿Cómo sería la afiliación de HERNAN COLORADO? (Como beneficiario pagando UPC o beneficiario de pleno derecho de su esposa?

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