Tarea de programas de inversión
Patricia GonzálezDocumentos de Investigación6 de Mayo de 2020
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Tarea 1
Patricia González
- Explique los programas de inversión:
- Nacional: Las responsabilidades del Ministerio de Planificación y Cooperación (MIDEPLAN) y la Oficina de Presupuesto del Ministerio de Finanzas (DIPRES). Corresponde a MIDEPLAN como la organización cooperativa del Presidente de la República y DIPRES como administrador del presupuesto nacional para supervisar y administrar SNI y aplicarlo a la implementación de todos los servicios, instituciones y actividades de inversión de la empresa del sector público. MIDEPLAN, a través de su departamento de inversiones, es responsable de formular, introducir y evaluar especificaciones y lineamientos para proyectos de inversión pública, analizarlos y emitir recomendaciones técnicas y económicas sobre estos proyectos.
- Regional: Se forma un gobierno regional que representa al Presidente de la República en cada una de las trece regiones del país. La organización de más alto rango en la región es el municipio, en el cual el alcalde regional es el máximo órgano de toma de decisiones.
A nivel regional, cada uno de los ministerios está representado por un secretario ministerial regional que es responsable de identificar y mapear las necesidades de la población en sus respectivos sectores. De esta manera hay una serie de servicios de salud, educativos, etc.
Una fuente importante para identificar necesidades es también el contacto personal del alcalde con la comunidad, que se esfuerza por comprender los problemas que afectan a su región en las diferentes áreas, identificar las necesidades principales y luego comunicarlas al Seremi. Otras formas en que se registran las preocupaciones de la población son los delegados provinciales y los municipios respectivos.
- Comunal: En materia de inversión, el alcalde, asesorado por el consejo municipal, es la máxima autoridad que toma decisiones a nivel local.
El Consejo desea asesorar al Alcalde y hacer efectiva la participación de la comunidad en el progreso económico, social y cultural. El consejo está formado por representantes elegidos democráticamente por referéndum en elecciones secretas.
El alcalde recibe asesoramiento sobre inversiones tanto del Consejo como del Secretario de la Comunidad de Planificación y Coordinación (SECPLA).
Con respecto al consejo, el alcalde solicita su consentimiento para: la aprobación del plan de desarrollo municipal y los proyectos de presupuesto municipal y sus enmiendas.
Aprobar el proyecto del plan regulador municipal y sus cambios.
Aprobación del saldo anual de la ejecución del presupuesto y del balance del municipio.
El Consejo también tiene el poder de recomendar al alcalde las prioridades en la formulación e implementación de proyectos específicos y medidas concretas para el desarrollo de la Comunidad. Por su parte, SECPLA, como organismo asesor municipal, es responsable de identificar, formular, preparar y evaluar proyectos de interés común. Vale la pena señalar que, además de asesorar al alcalde, asesoran al consejo sobre inversión pública.
- Funciones de la Secretaría Comunal.
SECPLA debe conocer todas las políticas sectoriales y, si no existen, los consejos tienen esta tarea. De acuerdo con la ley constitucional orgánica actual de los municipios, el establecimiento de SECPLA en los municipios no es obligatorio, a menos que haya más de 100,000 habitantes en el municipio. También en el Título I, párrafo 18, dice: La secretaría municipal de planificación y coordinación será la unidad asesora del alcalde y también del Consejo en asuntos que sean de su competencia.
Coincidirá específicamente con:
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