ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tema #2 La Familia Civil (Adopción).


Enviado por   •  3 de Julio de 2016  •  Apuntes  •  367 Palabras (2 Páginas)  •  137 Visitas

Página 1 de 2

Tema #2 La Familia Civil (Adopción)

Definición de adopción o filiación adoptiva: se entiende como el acto jurídico mediante el cual se crea un vinculo de parentesco entre dos personas relacionándolas entre ellas de forma análoga o muy similar a los que resultan jurídicamente de la paternidad.

Antecedentes

Viene de la concepción del Derecho Romano; se hacia para proceder el apellido o el poder (importaba el patrimonio)

En el código Napoleónico se empezó a utilizar la adopción para proteger el niño.

Hoy en día se busca la protección del niño para su desarrollo.

Características de la adopción

Es un acto bilateral; porque en la relación jurídica intervienen dos partes o dos grupos de partes: el adoptante o los adoptante y los adoptados. Art 415 LOPNNA.

Es un acto personalisimo o intuito personae; ya que la regla general estos deben ser prestados personalmente por los interesados Art 46 LOPNNA.

Es un acto puro y simple, no es parcial y existe el mismo vinculo.

Es un acto entre vivos; ya que es un acto jurídico que solo puede tener lugar entre personas vivas.

Es un acto solemne; puesto que deben cumplir determinados formalidades procesales indispensables para su validez.

Es el orden publico, no pueden ser relajadas por las partes.

Requisitos

Capacidad Art 409, 410, 412 LOPNNA

-La capacidad para adoptar se adquiere a los 25 anos

-El adoptante debe ser 18 anos mayor, por lo menos, que el adoptado o adoptados.

De fondo. Consentimiento y opiniones Art 414,415,421 y 422

Para la adopción se requiere los consentimientos siguientes:

A)De la persona a ser adoptado si tiene 12 anos o mas.

B)De quienes ejerzan la patria potestad

C)Del representante legal.

D) Del cónyuge de la persona a ser adoptada

E)Del cónyuge del posible adoptante

-Opiniones: el juez oira a las persona que deben emitir su opinión respecto de la adopción que se solicita y dejara constancia de ello en el expediente.

Efectos; tiene la equiparación de un hijo biológico

-Efectos Personales Art 425 LOPNNA, confiere al adoptado la condición de hijo y al adoptante la condición de padre.

-Apellido Art 430, el adoptado lleva el apellido del adoptante. Pero si la adopción se realiza conjuntamente por ambos cónyuges, llevara el apellido del adoptante, seguido del apellido de soltera de la adoptante.

-Nacionalidad 32 y 33 CRBV

-Patria potestad y genera impedimentos matrimoniales.

-Efectos Patrimoniales: Derecho de alimentos y Vocación hereditaria.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2 Kb)   pdf (52 Kb)   docx (9 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com