Tipos De Comerciante Y Obligaciones
karenchio5 de Octubre de 2012
522 Palabras (3 Páginas)24.448 Visitas
Tipos de Comerciante
• Comerciante Accidental Art 4º Código de Comercio
o Personas que accidentalmente, con o sin establecimiento fijo, hagan alguna operación de comercio, aunque no son en derecho comerciantes.
o Los que producen y a la vez venden sus productos. Ej. Panadería, panificadora y expendio de pan
• Comerciante Anómalo Aquel que presenta una situación irregular que le impide, en principio ejercer el comercio.
o NO pueden ejercer el comercio:
Personas Físicas
• Menores de edad y los que estén en estado de interdicción. Art. 450 Código Civil.
• Corredores
• Quebrados que no hayan sido rehabilitados.
• Los que cometieron delitos contra la propiedad con sentencia ejecutoriada.
• Los servidores públicos por incompatibilidad con sus funciones.
Personas Morales
• La capacidad en las personas morales para ejercer el comercio depende de su objeto social. Ejercen su capacidad mediante sus representantes Art. 10 LGSM.
Obligaciones del Comerciante Art. 16 y 17 Código de Comercio
1º. Publicar su Calidad Mercantil Art 17 Fracc. I…Anunciar la apertura de su comercio por los medios de comunicación más idóneos, en las plazas en que tengan domicilio y sucursales, esta información dará a conocer el nombre, su ubicación, objeto; si hay persona encargada de su administración, su nombre y firma…
2º. Inscribirse en el Registro Público del Comercio Para que surta efectos contra terceros. Se inscribe:
a. Razón Social o Nombre.
b. Operaciones a Realizar.
c. Fecha en que inicia esas operaciones.
d. Domicilio.
e. Escritura constitutiva (en caso de sociedades mercantiles)
f. Poderes que otorga la sociedad y la revocación de los mismos.
g. Aumentos y disminuciones del Capital Social.
• Según el Art. 27 del Código de Comercio, la falta de registro tiene las siguientes consecuencias:
o No surte efectos frente a terceros
o El tercero puede aprovechar su falta de registro para afectarlo.
• Registros Especiales:
o Inversión Extranjera (Registro Nacional de la Inversión Extranjera)
o Empresas Marítimas
o Cooperativas ( Registro Cooperativo Nacional)
3º. Mantener un Sistema de Contabilidad El comerciante debe contar con un sistema de contabilidad con las siguientes características Art. 33 Código de Comercio:
a. Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas.
b. Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa.
c. Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio.
d. Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales.
e. Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes.
• Esta contabilidad tiene una función probatoria por lo que se puede solicitar su exhibición, es decir, realizar un examen de la misma, el cual se realizara en el lugar en el que se encuentre la contabilidad.
• Comunicación de la contabilidad Consiste en la entrega de la documentación, estrictamente de los libros, en los siguientes casos Art 43 Código de Comercio:
o Cuando hay una sucesión universal.
o En caso de quiebra
o Gestión comercial por cuenta de otro
o Liquidación de
...