Tipos De Constitucion
Francesca18 de Abril de 2013
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Tipos de Constituciones
A partir del enfoque que hagamos de las distintas Constituciones existentes es posible ir desgranando una clasificación de Constituciones:
Por su forma:
Consuetudinarias:
Mezcla de usos y costumbres sobre la manera de gobernarse, fruto de la idiosincrasia de un pueblo concreto. Suelen estar acompañadas de algún texto escrito de carácter parcial por lo que podemos decir que tienen una pluralidad de fuentes normativas. Ejemplos de Constituciones consuetudinarias los tenemos en la Constitución inglesa y la de Israel.
Escritas: Incorporadas por lo general a un texto único pero a veces formadas por una pluralidad de textos.
Un autor (lord Bryce) estableció que esta clasificación más que a la forma respondía más bien a la mayor o menor dificultad para su modificación, lo que nos lleva a la siguiente clasificación.
Por la mayor o menor dificultad de modificación:
Rígidas: son aquellas Constituciones que para modificarse establecen un procedimiento más agravado que el procedimiento legislativo ordinario. Según el grado de complejidad del mismo se denominarán bien rígidas, bien súper rígidas.
Flexibles: se modifican mediante el procedimiento legislativo ordinario, lo que significa que una ley del parlamento puede cambiarlas.
Desde este punto de vista podemos decir que todas las consuetudinarias son flexibles pero no todas las escritas son rígidas porque puede haber Constituciones escritas que no tengan previsto un procedimiento especial para su modificación.
Por su forma de establecimiento:
En esta clasificación atendemos al hecho de determinar cual es el poder que está detrás de la aparición de un texto constitucional.
Cartas otorgadas: son las Constituciones del periodo de la monarquía limitada en el que el soberano (el rey) autolimita su poder mediante el otorgamiento de una "Constitución" y conservando todo el fondo de poder político del que no ha establecido una limitación expresa.
Cartas pactadas: son las Constituciones del periodo doctrinario, orleanista o de monarquía constitucional pura en el que, como sabemos ya, se encuentran al mismo nivel la legitimidad del monarca y la popular representada en el parlamento. Rey y parlamento acuerdan una Constitución, que por eso se denomina pactada.
Constituciones de soberanía nacional: son aquellas Constituciones que reflejan ya la desaparición de la soberanía de los reyes y el triunfo de la legitimidad popular. Responden a la actuación de un poder constituyente que se encarna en el concepto de nación.
Aunque la explicación de esta clasificación parte de los supuestos históricos que caracterizaron, en Europa, la desaparición del Antiguo Régimen y su sustitución por el Nuevo Régimen su valor no es solamente histórico sino de circunstancias. Es decir, en nuestro tiempo también podemos contemplar estas variables tipológicas en distintos países de la tierra, en los que no hay reyes pero puede haber un dictador que en un momento dado autolimita su poder con una Carta Otorgada o las seudo Cartas Pactadas por las que se gobiernan muchos países árabes y asiáticos...
Por su vigencia:
Normativas: son las que regulan racionalmente los procesos del poder y éstos se cumplen conforme están previstos en la Constitución. La Constitución sienta como un guante al pueblo que rige o, por utilizar un ejemplo muy gráfico, es como un magnífico traje que nos ha hecho un buen sastre y que nos cae divinamente.
Nominales: hay países en los que hay buenos textos constitucionales, que incluso responden al concepto ideológico, pero que en la realidad no se aplican porque no hay suficiente madurez política
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