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Tipos De Constitucion

jesmir1618 de Abril de 2013

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TIPOS DE CONSTITUCION

Existen los siguientes discernimientos para organizar o clasificar una Constitución:

a) Por su Efectividad o Eficacia: nominal (formal) – normativa (material)

b) Por su Procedimiento de Reforma: pétrea - rígida – flexible

c) Por su Expresión Documental: Escritas no Escritas

d) Constituciones Otorgadas

e) Constituciones Impuestas

f) Constituciones Pactadas

g) Constituciones Aprobadas por Voluntad de la Soberanía Popular

Tipos de Constitución por su Eficacia Constitución Nominal o Formal: sugiere a la existencia de un documento escrito denominado “constitución”, que a pesar de reconocer derechos y límites al ejercicio del poder, en la práctica no es aplicable, o su exigibilidad judicial o no a los poderes públicos y privados es nula.

Constitución Normativa o Material: insinúa al hecho de que la Constitución expresada o no en un documento escrito, es eficaz y aplicable en la realidad, siendo que su cumplimiento es pleno y exigible jurisdiccionalmente o no a los poderes públicos y particulares.

Por el Procedimiento de su Reforma Constitución Pétrea: Es aquella que no admite ninguna forma de modificación, reforma o enmienda posterior a su entrada en vigencia; por lo tanto su contenido permanece inmutable a lo largo del tiempo.

Constitución Rígida: Este tipo de constituciones ha previsto un mecanismo de reforma propio pero de carácter agravado o especialmente dificultoso en comparación con el procedimiento de modificación o creación de las leyes para el poder constituido (ya sea para el legislativo o el ejecutivo, en caso de que alguno de ambos poderes haya sido constitucionalmente designado como el competente para llevar adelante el procedimiento de reforma constitucional). Constitución Flexible: se denomina así a la Constitución que ha previsto un mecanismo de reforma constitucional bastante flexible o sencillo de seguir, o en algún caso similar al procedimiento de creación, modificación o derogación de las leyes.

Por su Expresión Documental Constituciones Escritas: están expresadas en un documento escrito. Constituciones no Escritas: existen a pesar de no estar contenidas en un único cuerpo documental llamado “Constitución”. A esta categoría pertenecen las denominadas constituciones consuetudinarias.

Constituciones Otorgadas: se dice que corresponden tradicionalmente a un Estado monárquico, donde el propio soberano es quien precisamente las otorga; es decir, son aquellas en las cuales el monarca, en su carácter de titular de la soberanía, las otorga al pueblo. En este caso, se parte de las siguientes premisas: Desde la perspectiva del monarca, es él quien la otorga por ser el depositario de la soberanía. Es una relación entre el titular de la soberanía monarca y el pueblo, quien simplemente es receptor de lo que indique el monarca. Se trata de una Constitución en la cual se reconocen los derechos para sus súbditos.

Constituciones Impuestas: El Parlamento las impone al monarca, refiriéndose al Parlamento en sentido amplio, con lo que se alude a la representación de las fuerzas políticas de la sociedad de un Estado, de los grupos reales de poder en un Estado que se configuran en un órgano denominado Parlamento. Este tipo de Constitución, es la representación de la sociedad la que le impone una serie de notas, determinaciones o de cartas políticas al rey, y éste las tiene que aceptar. Por lo tanto, existe en el caso de las constituciones impuestas, una participación activa de la representación de la sociedad en las decisiones políticas fundamentales.

Las constituciones pactadas: La primera idea que se tiene es el consenso. Nadie las otorga en forma unilateral, ni tampoco las impone debido a que si son impuestas y no se pactan carecerían de un marco de legitimidad. Estas constituciones son multilaterales,

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