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UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE MONTERREY


Enviado por   •  25 de Enero de 2017  •  Documentos de Investigación  •  2.590 Palabras (11 Páginas)  •  305 Visitas

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UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE MONTERREY

Lic. Nancy Ávila Rodríguez

Materia: Derecho electoral

Reseña capítulo 1

Nombre:  Daniela Carolina Hernández Bocanegra

Matrícula: 173391

Grupo: 9° a

Monterrey, N.L, del 20 de septiembre del 2016

El Derecho Electoral

La Elección

Se entiende por tal un método de acceso a determinados cargos públicos que consiste en que los miembros de una colectividad  determinen mediante la expresión de su voluntad, quien o quienes habrán de dirigirlos o representarlos.

La realización de una elección constituye el presupuesto de la existencia de un Derecho que la regula: El Derecho Electoral.

La elección es un método muy antiguo para seleccionar a los dirigentes de una comunidad. Sus raíces se hunden probablemente en las formas de organización políticas previas al Estado , en las cuales, asambleas primitivas determinaban quién debía efectuar una función útil para el conjunto.

Definiciones del Concepto de Derecho Electoral

“El conjunto de reglas destinadas a definir la cualidad del ciudadano, diferenciar los diversos tipos de elecciones y reglamentar el desarrollo del escrutinio”.

Cotteret y Emeri

“El Derecho Electoral abarca todo el conjunto de normas, escritas y no escritas, que regulan la elección de representantes o personas para los cargos públicos y las diversas formas de participación política”

Rubén Hernández Valles

Para después introducir algunas precisiones en su definición de la mencionada rama del Derecho Electoral, como “El conjunto de normas jurídicas, escritas y no escritas, que regula la elección de los órganos representativos y los mecanismos de participación política para influenciar, determinar o controlar las decisiones de los órganos estatales”.

La autonomía del Derecho Electoral

La autonomía de una rama del derecho electoral o disciplina jurídica es siempre un concepto científico en el sentido de que corresponde al conocimiento sistemático del Derecho como objeto de estudio.

La autonomía significa que los estudiosos del Derecho convienen en considerar un determinado campo de su saber como independiente y diferenciado de otros, con una identidad propia que se establece a partir de ciertos criterios.

Su objeto: La regulación del proceso electoral

El objeto central de nuestra rama del Derecho es la regulación del proceso electoral. Este a su vez puede descomponerse en distintas fases, una primera tiene que ver con los fundamentos constitucionales del sistema, los cuales abarcan:

  • Las condiciones para el ejercicio de la ciudadanía.
  • Los principios que rigen el sistema electoral y la emisión del voto.
  • Los requisitos de elegibilidad para los cargos públicos.
  • Las exigencias que deben cumplirse para presentar candidatos.
  • Las condiciones requeridas para formar organizaciones políticas.
  • El régimen jurídico básico de tales organizaciones, sus prerrogativas y las obligaciones.
  • La conformación y atribuciones de las autoridades electorales.
  • Las bases para la organización del proceso.
  • Los métodos para la asignación de cargos a partir de loa resultados (formulas electorales).
  • Los métodos para sancionar las infracciones y resolver los conflictos en materia electoral.

Su relación con otras ramas del Derecho y otras ciencias

La primera y las mas importante relación es, como se desprende de lo que llevamos visto, con el Derecho constitucional en el que se encuentran raíces muy importantes.

Una segunda relación de suma importancia es con la ciencia política que estudia los fenómenos de poder y precisamente las elecciones constituyen una vía de acceso a dicho poder.

El Derecho Electoral se relaciona asimismo con la estadística, las matemáticas y la informática en función de temas como las encuestas de opinión o las fórmulas electorales que exigen el manejo de conceptos matemáticos para su aplicación. La informática se requiere para el control de procesos como la elaboración y actualización del padrón electoral y para el registro y cómputo electrónico de los resultados.

Su interpretación

En caso específico de nuestro derecho electoral,  el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, con gran acierto, establece las reglas de interpretación. Aun cuando se supone que en todos los casos la interpretación debe hacerse con base en ciertos principios, no esta de más que las leyes lo precisen.

La interpretación se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, atendiendo a lo dispuesto en el último párrafo del art. 14 de la Constitución.

Interpretación gramatical, sistemática y funcional

La primera interpretación, la mas inmediata, que se hace del texto de una norma jurídica es la gramatical, también llamada literal o declarativa, es la que “Atribuye a una disposición su significado “literal”, es decir, el mas inmediato-el significado prima facie, como suele decirse-que se desprende del uso común de las palabras y de las reglas sintácticas.

Para García Belsune, citado en la misma obra, este tipo de interpretación es la que da a la norma “el alcance manifiesto o indubitable que resulta de las palabras empleadas”.

Se entiende al Derecho como un todo orgánico,  como todo un sistema. Según Hallivis, al hablarse de sistema jurídico se hace referencia a un conjunto ordenado de normas jurídicas y “no a una mera suma de leyes o preceptos”. Por su parte Norberto Bobbio afirma que “es ilícito aclarar una norma oscura o integrar una norma deficiente, recurriendo al llamado “espíritu del sistema”  yendo aun en contra de lo que resultaría de una interpretación meramente literal”.

La interpretación funcional puede ir mas allá de la sistemática, pues no e limita a orientarse mediante el ordenamiento jurídico vigente, sino que tiene por objeto cumplir con la tarea fijada por el legislador, de modo que al desentrañar el contenido de una norma no deje de lograrse el fin general para el cual se elaboró.

Los principios generales del Derecho Electoral

Principio de mayoría

Esta vinculado con el sistema democrático que sustenta la ideología liberal, según la cual el derecho de gobernar solo puede derivar del consentimiento de los gobernados. Dada la imposibilidad,  en términos generales, de que unánimemente se acepte al gobernante, su legitimidad debe derivar de la voluntad de la mayoritaria.  De este modo el principio de que la mayoría tiene el derecho de tomar decisiones obligatorias para todos los miembros de una colectividad, se encuentra en la esencia dl Derecho Electoral, cuyas normas originales tienden a hacer realidad dicho principio.

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