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Violencia Intrafamiliar


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2014  •  376 Palabras (2 Páginas)  •  162 Visitas

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VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

ARTICULO 234-A.- Por violencia intrafamiliar se entiende todo acto de poder u omisión intencional dirigido a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal, psicoemocional sexual o patrimonialmente a cualquier miembro de la familia, y que pueda causar maltrato físico, verbal, psicológico, sexual o daño patrimonial, en los términos de la Ley de Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar.

Comete el delito de violencia intrafamiliar el cónyuge, excónyuge concubina o concubino; pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado; pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, adoptante o adoptado, tutor o curador que realice cualquiera de los actos descritos en el párrafo anterior.

Al que comete el delito de violencia intrafamiliar se le impondrán de seis meses a seis años de prisión y la suspensión del derecho de alimentos.

Asimismo, cuando la víctima se trate de un menor, será condenado a la pérdida, limitación o suspensión de la patria potestad, según la circunstancias del caso, a juicio del juez. Si el delito se cometiera en contra de la víctima, por su condición de género, se aumentará la pena que corresponda hasta en una tercera parte.

En todo caso, el victimario deberá sujetarse a un tratamiento psicológico especializado como una medida para buscar su rehabilitación.

Si se rehabilita, podrá recuperar el derecho de alimentos por resolución judicial.

Este delito se perseguirá por querella de la parte ofendida, salvo que la víctima sea menor de edad o incapaz o persona mayor de 65 años, en este caso se perseguirá de oficio. Dicho menor, incapaz o persona mayor de 65 años, sólo se reintegrará a la familia, previo certificado o dictamen emitido por peritos psicológicos y/o psiquiátricos, que determinen que la persona o personas que hayan cometido el delito no representan ya un peligro o riesgo para éstos.

Para que surta efectos legales el perdón de la víctima, el agresor deberá abstenerse de repetir la conducta delictiva por lo menos en un año, cumplir con sus obligaciones alimenticias, cuando las tuviere, someterse a terapia psicológica y/o psiquiátrica y, en su caso, pagar el tratamiento que requiera la víctima. Para tal efecto se suspenderá el procedimiento hasta en tanto se cumpla con dichos requisitos.

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