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Ética y Legislación en la Arquitectura


Enviado por   •  13 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  3.028 Palabras (13 Páginas)  •  261 Visitas

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ÉTICA
Es la ciencia que estudia el obrar humano.

Existe un orden (leyes) universal y trascendente de aplicación inexorable. Tipos de orden:

  • Orden lógico (conceptos de la razón pura)
  • Orden físico (leyes de la física; ley de gravedad)
  • Orden biológico (alimentación, descanso, etc.)
  • Orden técnico
  • Orden poético
  • Orden estético
  • ¿Existe un orden moral? De aplicación propuesta (libertad humana)

Ética: deriva de “ethos” (carácter). Conjunto de sentimientos, ideas, habitos y creencias que distinguen a un hombre.

Moral: deriva de “mores” (costumbre). Conjunto de sentimientos, ideas y creencias de una sociedad que el hombre conoce para obrar sobre el mundo que lo rodea.

La ética se divide en:

  • Ética general: fundamento del orden moral que estudia el acto moral, el bien del hombre, la conciencia y los hábitos morales (ya sean virtudes o vicios).
  • Ética especial: trata a la moralidad en las diversas direcciones en que se especifica la vida humana, se lo denomina Doctrina de los Deberes.

El hombre razona, conoce la realidad con su inteligencia y tiene libertad.

El hombre tiende a su bien racionalmente. 

Actos morales: Pueden ser considerados moralmente como buenos o malos considerando:

                        - El objeto del acto      - El fin          - La circunstancia

Hábitos morales: (virtudes o vicios) Son disposiciones operativas de la voluntad.

La virtud es un hábito operativo bueno.

- Virtud según Aristóteles: Término medio entre dos vicios. Ej: La virtud de la fortaleza hace el término medio entre la temeridad y la cobardía.

- Virtud según Platón:

  • Prudencia: Virtud que rige la razón y el entendimiento.
  • Fortaleza: Es la que gobierna el ánimo, fortalece la voluntad en aquello que es difícil de alcanzar.
  • Templanza: La que ordena y sujeta el apetito sensible, ordena, sujeta y modera los actos compulsivos.
  • Justicia: La virtud que da a cada uno lo suyo.

Otro carácter de los actos de la voluntad es la libertad. Las formas de libertad son:

  • Libertad de actuar (no debo estar obligado por la fuerza para decidir en un acto)
  • Libertad de acción (límites que el sujeto debe respetar)
  • Libertad física (no estar detenido ni impedido por una fuerza superior, prisión)
  • Libertad psicológica (poder expresar el propio pensamiento de acuerdo al bien)
  • Libertad civil (poder actuar sin que haya impedimento de las leyes de la ciudad)
  • Libertad política (se opone al poder autocrático)
  • Libertad moral (actuar sin violar la ley moral, es decir a una obligación)

Concepciones sobre el bien supremo humano:

  • Hedonismo: es la teoría moral que constituye al placer.
  • Humanitarismo: es la teoría moral que busca el bien de la mayoría de las personas.
  • Autonomía moral: es la teoría que coloca al bien supremo en la pura conformidad con un imperativo moral interno.
  • Clásica o Eudemonismo religioso: es la teoría que coloca al bien supremo en la felicidad emanada de las potencias humanas orientadas hacia un ser único y superior, Dios.

ÉTICA PROFESIONAL: Estudia los valores de los hombres cuando son profesionales. El arquitecto busca coherencia entre pensar, hacer y obrar; con una actitud solidaria hacia sus próximos y con la sociedad.

Según Charles Jenks, se distinguen dos juicios:

  • Juicio intrínseco del objeto: Es valorado por el fin del objetivo de la obra y porque está bien hecha. Es un juicio de arquitectura como disciplina autónoma.
  • Juicio extrínseco del observador: Quien por sus creencias, valora un edificio por las ideas y el fin subjetivo de quien obra. Es un juicio de arquitectura como arte social.

Para poder abordar la ética profesional debemos distinguir:

Normas morales: Derivan de la naturaleza del hombre. Su inobservancia implica el remordimiento del individuo. Estas normas morales son:

  • Autónomas: deben ser conocidas y aceptadas por el sujeto para su validez “subjetiva”.
  • Unilaterales: se refieren a las posibles conductas de un solo sujeto.
  • Incoercibles: no se pueden imponer a la fuerza.

Usos sociales: Son convenciones o convencionalismos de un grupo de individuos o de instituciones. Su inobservancia acarrea la pena de la crítica o repudio grupal o institucional. Estos usos sociales son:

  • Heterónomos: su validez es independiente de los sujetos.
  • Bilaterales: se refiere a las relaciones entre dos o más sujetos.
  • Incoercibles: no se pueden imponer a la fuerza.

Normas jurídicas: Son las “reglas técnicas del hacer” y “normas prácticas del obrar” que hayan sido objeto de sanción, para regular el hacer y el obrar de los sujetos. Estas normas jurídicas son:

  • Heterónomas: su aplicación es independiente del conocimiento y voluntad de los sujetos.
  • Bilaterales: sus relaciones son de por lo menos dos sujetos.
  • Coercibles: pueden ser aplicados por la fuerza de la autoridad competente.

Existen otras normas jurídicas que están vinculadas a nuestra profesión:

  • Resolución nacional (sobre incumbencias profesionales del título de arquitecto)
  • Legislación provincial (sobre el ejercicio profesional)
  • Reglamentaciones municipales (sobre zonificación urbana y normas de proyecto)

Según Abelardo Rossi:

MORAL PROFESIONAL

  • Conjunto de principios y normas morales.
  • Que obligan en conciencia.
  • A actuar honestamente en los ámbitos de la profesión.
  • Que se dirige al profesional en cuanto es hombre.
  • Trata de la moralidad del hombre de profesión.
  • Tiene por objetivo un profesional bueno.
  • Da normas de moral al profesional a fin de que obre moralmente bien.
  • Es un máximum deseable de nivel de conducta del hombre.
  • Está asentada en la conciencia individual del hombre-profesional.

ÉTICA PROFESIONAL

  • Conjunto de principios y normas jurídicas.
  • Que obligan jurídicamente.
  • A actuar legalmente en el ejercicio de la profesión.
  • Que se dirige al hombre en cuanto es profesional.
  • Trata de la legalidad de al actuación profesional.
  • Tiene por objetivo un buen profesional.
  • Da normas legales al profesional para que obre jurídicamente bien.
  • Es un mínimum exigible de nivel de conducta del profesional.
  • Está asentada en la competencia del Estado, delegada o no, a un Consejo profesional.

El Código de Ética desarrolla los diversos ámbitos de conducta de los Arquitectos:

  • Con la sociedad: Priorizando el bien común
  • Con sus clientes: Dando garantía de buena fe e idoneidad
  • Con sus colegas: Protegiendo el prestigio de la profesión
  • Consigo mismo: Teniendo a la conciencia como propia limitación

DIGNIDAD PROFESIONAL

Deberes de la ética profesional:

  • Respetar el Código de Ética Profesional.
  • Contribuir, con toda su actuación profesional, a la formación y mantenimiento de un concepto elevado de la profesión del arquitecto.
  • Priorizar desde la actividad pública los intereses de orden público por sobre los particulares.
  • Afianzar el concepto del honorario respetando adecuadamente el arancel.

        

Faltas a la ética profesional:

  • Faltar a sabiendas a las reglas o normas de ética.
  • Materializar una obra que contravenga la normativa legal vigente.
  • Certificar o avalar con su firma en documentación profesional que no haya sido realizada o supervisada personalmente.
  • Hacer figurar su nombre y título junto al de terceros que indebidamente aparecen como arquitectos sin serlo.
  • Hacer uso de propaganda desmedida de forma tal que afecte el decoro y la jerarquía de la profesión.
  • Ocupar cargos rentados o gratuitos en instituciones privadas o empresas, simultáneamente con cargos públicos cuya función se halle vinculada con las de aquéllas.

DE LOS DEMÁS PROFESIONALES

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