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ACTIVIDAD PRACTICA 8 ¿Cuándo nos encontramos ante un Valor Constitucional?


Enviado por   •  7 de Mayo de 2022  •  Tareas  •  542 Palabras (3 Páginas)  •  58 Visitas

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ACTIVIDAD PRACTICA SESIÓN 8

Revisar la información disponible, buscando además blibliografía complementaria para el desarrollo de las siguientes interrogantes:

1- ¿Cuándo nos encontramos ante un Valor Constitucional? Justifica tu respuesta.

Cuando se aluden a los fundamentos políticos del Estado insertados en la Constitución. Expresando redundantemente los fundamentos y límites del sistema político jurídico impuesto en una comunidad. Asimismo, los valores constitucionales se encuentran, como lo menciona Garcia Toma, en “aquellos que los gobernantes y los gobernados deben realizar en una sociedad política concreta, mediante normas y conductas cuyo cumplimiento puede exigirse coercitivamente. Cuando estos hacen referencia a las cosas, se les designa bajo la calidad de bienes.” (2010)

2- ¿En qué se relacionan y diferencian los valores de los principios constitucionales?. Elaborar un cuadro con dicha información.

Relación

Diferencia

Los valores y los principios constitucionales forman en conjunto parte del orden constitucional; es decir, que existen normas de dicho corpus que los consignan y contienen explícita o implícitamente.

Luciano Parejo Alfonso, señala que la distinción radicaría en que los valores son normas más abstractas y abiertas; es decir, son pautas que considera a los bienes y conductas políticas jurídicas en su esencia misma y de manera lata o extendida; en tanto que los principios tienen un contenido ciertamente indeterminado pero más preciso y concreto.

Los principios emergen de los valores; y tienen el objeto consumo que sus postulados se "encarnen" en las normas del ordenamiento y en las conductas de los gobernantes y gobernados.

Afirma, Gregario Peces-Barba que los valores constitucionales son "el núcleo de conexión entre el poder y el derecho". En cambio, los principios constitucionales son fuentes del derecho que por su conformación técnicojurídica sirven, como bien afirma Antonio Torres del Mora, como "valla a la estructura un tanto vaporosa de los valores y el ordenamiento jurídico como un todo".

Los "valores" y los "principios" tienen conceptos básicos diferentes, el primero a uno antropológico que se apoya en la idea del bien en tanto aluden a la positividad y negatividad de los valores y el segundo  a uno deontológico que responde a categorías normativas de obligación, prohibición, permisión  y exigencia

Coincidiendo con Robert Alexy los "valores" y los "principios" tienen conceptos básicos diferentes, el primero a uno antropológico que se apoya en la idea del bien en tanto aluden a la positividad y negatividad de los valores y el segundo  a uno deontológico que responde a categorías normativas de obligación, prohibición, permisión  y exigencia

3- ¿Cuándo nos encontramos ante principios constitucionales sustantivos y cuándo ante principios consitucionales instrumentales?

En la tipologia de los principios cosntitucionales, se divide en ciertas pautas, los principios sustantivos e instrumentales se encuentran situadas en la razón a su carácter directriz.

Nos encontramos con los principios constitucionales sutantivos cuando se proyecta o sugiere valores de carácter ético-políticos, formando parte del bagaje ideológicodoctrinario-programático establecido en la Constitución. A su vez, se subdividen en dos: el principio ideológico-doctrinario y el principio de personalismo, cada uno de estos desprendiendo reglas.

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