ANTECEDENTES DE LOS PRIMEROS TESTIMONIOS Y LA PRIMERA FIGURA DEL NOTARIO EN LA SOCIEDAD
jpcmgreciaEnsayo18 de Mayo de 2018
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1.- ANTECEDENTES DE LOS PRIMEROS TESTIMONIOS Y LA PRIMERA FIGURA DEL NOTARIO EN LA SOCIEDAD
Durante la evolución del hombre, y la necesidad del mismo en la sociedad para la sobrevivencia en Estado, ha hecho que duran siglos el ser humano se haya trasformado para sobrevivir en ella desde el núcleo de la familia hasta la protección de la propiedad privada, y el modificar y proteger está ultima del Estado y del mismo hombre. Es por esta razón que conforme con dicha evolución el hombre creo la necesidad de asentar en cualquier tipo de instrumento como la piedra, dibujos, papel etc, las voluntades y necesidades hasta nuestros tiempos.
Varios intentos de instrumentos públicos para La cultura sumeria escribía sobre piedras, metales y comúnmente sobre placas que hacían de arcilla cuando ésta se encontraban en estado de humedad. Una vez escrito, lo que deseaban expresar o dejar asentado, quedaban impresas o estampado las historias o relatos de sus costumbres o culturas. Otra de las manifestaciones de escritura surgió con las piedras puntiagudas que ayudaban a formar un texto en las posteriores tablillas, las que estaban recubiertas de cera. (1)
Desde que los simios prehistóricos perfeccionaron sus instintos para convertirlos en capacidad de razonar o bien (según las creencias de cada quien), desde que la Divinidad, en un acto de gracia decidió que una criatura gozara de libre albedrío, los hombres han tenido a necesidad de dejar constancia clara, indubitable, fehaciente de sus actividades.
Poco a poco, así como todas las actividades humanas fueron perfeccionándose, también evolucionó lo relativo a dejar constancia de lo sucedido. Quizá la referencia más antigua que se tienen de un funcionario parecido a lo que hoy conocemos como Notario, data de 2600 años antes de Cristo,
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- CONMEMORACION DE LOS 80 AÑOS DEL CODIGO CIVIL ; UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONAMA DE MÉXICO (UNAM)
en Egipto, con la figura del Escriba. En la época clásica de Roma existió un funcionario denominado scriba que era una especie De secretario de actas, en la Monarquía romana se comenzó a utilizar el término notarius para identificar a una persona que anotaba, que dejaba constancia de los hechos; notarius viene de "nota" que significa anotación.
En Bizancio al sujeto encargado de redactar documentos se le llamó tubellio, palabra que deriva de tabellia que era una tablilla para escribir en comicios o tribunales. (2)
Sin embargo con el incremento de la actividad comercial, social y jurídica se observa la necesidad de que los documentos elaborados por las sociedades gocen de la intervención de un jurista, con la finalidad que esté. Lo impregné de una efectiva y validez superior frente al tercero es decir se hace necesaria la intervención del escriba, del notario da el nacimiento al INSTRUMENTO PÚBLICO. Es así que al ritmo de la necesidades de la vida social, con el tránsito de alto al bajo medievo surge el arte del Notariado, con la finalidad de brindar precesión y certeza ósea autenticidad a los hechos y convenios públicos o privados que se le otorgan. (3)
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- (Zurita Zambrano, 2007, p.4).
- (Pérez gallardo 2006, p37)
2.- CONCEPTO DE INSTRUMENTOS NOTARIALES Y CLASES DE INSTRUMENTOS NOTARIALES
DEFINICION DE INSTRUMENTO PÚBLICO NOTARIAL.
CONCEPTO ETIMOLÓGICO.
El término instrumento proviene del latín instruere que significa instruir, enseñar, dar constancia, y se refiere a todo aquello que sirve para conocer o fijar un acontecimiento. Se denomina monumentos a los instrumentos expresados en imagen es, como estatuas, películas, fotografías e inclusive, las cintas magnetofónicas. Cuando el instrumento consiste en signos escritos se llama documento. Así el género es el instrumento y la especie, el monumento y documento. (4)
CONCEPTO DE INSTRUMENTO NOTARIAL
Los instrumentos públicos notariales, son aquellos que el Notario, por mandato de la ley o solicitud de parte, extienda o autorice en ejercicio de su función, dentro de los límites de su competencia y con las formalidades de ley. (5)
A esta definición o concepto de instrumento público notarial guarda concordancia con las funciones que la misma ley le asigna al notario, como profesional del derecho que está autorizado para dar fe de los actos y contratos que ante él se celebran. Para ello formaliza la voluntad de los otorgantes, redactando los instrumentos, a los que confiere autenticidad, conserva los originales y expide los traslados correspondientes.
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- PÉREZ FERN~DEZ DEL CASTILLO, BERNARDO, DERECHO NOTARIAL 6A.ED.,PODA, MÉXICO, 1993, P.81.
- (ART. 2º DE LA LEY DEL NOTARIADO Y PRIMERA DISPOSICIÓN FINAL DE LA LEY Nº 26662).
Su función también comprende la comprobación de hechos y la tramitación de asuntos no contenciosos previstos en la ley de la materia A esta definición habría que agregar que el instrumento no solamente representa el pensamiento sino también la voluntad y en el ámbito del Derecho básicamente es la representación de la voluntad, porque el acto jurídico es la manifestación de la voluntad destinada a crear, regular o extinguir relaciones jurídicas, También es cierto, que la manifestación de voluntad que genera el acto jurídico puede ser expresa o tácita y que la expresa puede ser formulada oralmente, por escrito o por otro medio directo; lo común en las relaciones jurídicas es que la manifestación de la voluntad se formule por escrito. (5)
El instrumento público se llama así porque el poder público garantiza su autenticidad, su autorización proviene directamente del poder público. Tomando en cuenta lo anterior, podríamos decir que en sentido amplio el Instrumento notarial es todo documento cuya autoría se puede atribuir a un Notario, concretamente podemos afirmar que Instrumento notarial es aquel documento público autorizado o expedido con arreglo a las leyes por un Notario y que tiene carácter de fehaciente.
Continuando con el estudio del Instrumento notarial es importante hacer referencia a los elementos necesarios para la su elaboración, estos son el sello de autorizar y el protocolo.
Primero definiremos al término jurídico instrumento, lo cual permitirá acercarnos al tema estudiado, por lo tanto, debemos señalar que para estos propósitos, la definición siguiente: “Soporte papel que contiene determinado acto jurídico o hecho jurídico”.
Este instrumento definido es de diversas clases, variedades o tipos, siendo uno de ellos el instrumento notarial, sobre el cual trata el presente trabajo de investigación. Es decir, existen otros tipos de instrumentos, dentro de los cuales podemos citar el caso de los consulares, judiciales y administrativos, la cual constituye una clasificación o enumeración importante en el estudio del derecho.
ELEMENTOS DE VALIDES EN EL INSTRUMENTO NOTARIAL SON:
Núñez Lagos señala determinadas etapas que se deben cumplir antes de la redacción de un documento notarial:
- Examinar la competencia en razón de la materia, territorialidad en cuanto al alcance de su circunscripción y la licitud del acto a celebrarse
- Audiencia preliminar con las partes donde pueda escuchar lo que las partes se proponen hacer, y el carácter de las voluntades para hacerlo. O sea, calificar si es una expresión libre y no condicionada de uno y cada de los participes
- Fiel al principio de legalidad, analizar capacidad, legitimación, la identidad y su forma de acreditación
- Evaluar si procede o no procede la autorización producto de su propia convección profesional objetiva.
- Estas fases determinan asimismo el contenido de lo que Vallet de Goytisolo llamara dentro del proceso de la función notarial “la primera audiencia” y la “audiencia del otorgamiento”.
EL INTRUMENTO NOTARIAL TIENE EXISTENCIA EN AREAS DE CONOCIMIENTO EN EL DERECHO.
El área de conocimiento de los instrumentos notariales, es derecho
- Privado, porque se estudia derecho civil y comercial.
- Público, porque se estudia el derecho registral y procesal, entre otras.
- Mixto, porque se estudia el derecho de familia.
- Notarial, porque estudia y regula el instrumento notarial.
- Registral, porque estudia y regula la calificación registral de instrumentos notariales.
- Civil, porque se ocupa de estudiar y regular algunos instrumentos notariales, como es el caso del poder por escritura pública, donación por escritura pública y testamento por escritura pública, entre otros.
- Sucesorio, porque estudia y regula el testamento por escritura pública, el cual debe constar en instrumento notarial protocolar.
- De acto jurídico, porque regula y estudia los poderes por escritura pública.
- Contractual, porque regula y estudia el contrato de donación por escritura pública.
- Reales, porque regula y estudia la hipoteca por escritura pública.
- Penal, porque estudia y regula los delitos contra la fe pública, los cuales son delitos con relación directa con los instrumentos estudiados.
- Procesal civil, porque estudia y regula los instrumentos y documentos al interior de los procesos civiles.
- Procesal penal, porque estudia y regula la prueba documental.
- Procesal familiar, porque estudia los documentos en los procesos de familia.
- Procesal, porque estudia y regula los documentos en cada de las ramas que lo integran, siendo algunas de ellas las tres indicadas anteriormente.
- Comercial, porque estudia y regula los documentos comerciales.
- Corporativo, porque estudia y regula los documentos corporativos.
- Empresarial, porque estudia y regula los documentos empresariales.
- Consular, porque estudia y regula los documentos consulares.
- Eclesiástico, porque estudia y regula los documentos eclesiásticos.
LOS INSTRUMENTOS PUBLICOS NOTARIALES SON:
- La escritura
- El acta notarial
- El testimonio
- La copia certificada
- La certificación
3. QUE ES LA ESCRITURA
Concepto de Escritura Pública jurisprudencia:
“Es aquel documento que se otorga ante un notario público y por este mismo funcionario, en el que asienta lo que ante él sucede y refieren las partes, además de autorizarlo.”
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