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Amparo Hoy No Circula

jhersain21 de Noviembre de 2014

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AMPARO INDIRECTO

QUEJOSO:

C. JUEZ DE DISTRITO DEL ESTADO DE MÉXICO

CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUAREZ

EN TURNO

P R E S E N T E.

_____________________________________, promoviendo por propio

derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo clase de notificaciones y

documentos el ubicado en _________________________________________, en

México, Estado de México, autorizando indistintamente en términos del párrafo

segundo del artículo 12 de la Ley de Amparo para el efecto de oír y recibir todo

tipo de notificaciones y documentos, así como para imponerse en autos a los C.C.

__________________________________________________________________

__________________________________________________________________

___________, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo lo

siguiente:

Por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los

artículos 103 fracción I y 107 fracciones I, II, IV y demás aplicables de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en lo sucesivo, la

“Constitución”); artículos 1, 2, 3, 5, 6, 17, 19, 22, 37, 75, 76, 77, 107 fracción I,

inciso b), 108, 110 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo,

Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos (en lo sucesivo, la “Ley de Amparo”), en relación con lo

dispuesto en el artículo 52, fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Poder

Judicial de la Federación, vengo a demandar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE

LA JUSTICIA DE LA UNIÓN en contra de los actos reclamados de las

autoridades responsables que más adelante se señalan.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 108 de la Ley de Amparo, se

MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD lo siguiente:

I. EL NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO Y DE QUIEN PROMUEVE EN SU

NOMBRE.-

El nombre del quejoso ha quedado debidamente asentado en el proemio del

presente libelo, en virtud que con la publicación de los acuerdos y programas que

por esta vía se impugnan resiento una afectación en mis derechos e intereses.

II. EL NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO.

Se desconoce la existencia de tercero interesado en el presente juicio de

garantías.

III. LA AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES.

Tienen el carácter de autoridades responsables en el presente procedimiento las

siguientes:

COMO AUTORIDAD TANTO ORDENADORA COMO EJECUTORA:

a) El Secretario del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México, con

domicilio para oír y recibir notificaciones en su recinto oficial.

b) El Gobernador del Estado de México.c) La C. Tanya Müller García, Secretaria de Medio Ambiente el Gobierno del

Distrito Federal, con domicilio para oír y recibir notificaciones en su recinto

oficial.

COMO AUTORIDADES EJECUTORAS:

a) Secretario de Seguridad Ciudadana del Estado de México y los elementos de

su Corporación que me puedan detener a mí y a mí vehículo.

b) Director General de Seguridad Pública y Tránsito del Estado de México y los

elementos de su Corporación que me puedan detener a mí y a mí vehículo.

c) Al Director de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Atizapán de

Zaragoza, Estado de México, y los elementos de su Corporación que me

puedan detener a mí y a mí vehículo.

d) Al Director de Seguridad Ciudadana y Vial del Municipio de Coacalco de

Berriozabal, Estado de México, y los elementos de su Corporación que me

puedan detener a mí y a mí vehículo.

e) Al Comisario de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Cuautitlán,

Estado de México, y los elementos de su Corporación que me puedan detener

a mí y a mí vehículo.

f) Al Comisario de Seguridad Pública Seguridad y Tránsito del Municipio de

Cuautitlán Izcalli, Estado de México, y los elementos de su Corporación que

me puedan detener a mí y a mí vehículo.

g) Al Director de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Chalco, Estado de

México, y los elementos de su Corporación que me puedan detener a mí y a

mí vehículo.

h) Al Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal del Municipio de

Chimalhuacán, Estado de México, y los elementos de su Corporación que me

puedan detener a mí y a mí vehículo.

i) Al Director de Seguridad y Tránsito Municipal del Municipio de Chicoloapan,

Estado de México, y los elementos de su Corporación que me puedan detener

a mí y a mí vehículo.

j) Al Director General de Seguridad Ciudadana y Vial del Municipio de Ecatepec

de Morelos, Estado de México, y los elementos de su Corporación que me

puedan detener a mí y a mí vehículo.

k) Al Comisario General de Seguridad Pública, Vialidad y Protección Civil del

Municipio de Huixquilucan, Estado de México, y los elementos de su

Corporación que me puedan detener a mí y a mí vehículo.

l) Al Director de Seguridad y Tránsito Municipal del Municipio de Ixtapaluca,

Estado de México, y los elementos de su Corporación que me puedan detener

a mí y a mí vehículo.

m) Al Director de Seguridad y Tránsito Municipal del Municipio de La Paz, Estado

de México, y los elementos de su Corporación que me puedan detener a mí y

a mí vehículo.n) Al Director General de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Protección Civil del

Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México, y los elementos de su

Corporación que me puedan detener a mí y a mí vehículo.

o) Al Director de Seguridad Pública del Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de

México, y los elementos de su Corporación que me puedan detener a mí y a

mí vehículo.

p) Al Director General de Seguridad Pública del Municipio de Nicolás Romero,

Estado de México, y los elementos de su Corporación que me puedan detener

a mí y a mí vehículo.

q) Al Director de Tránsito Municipal del Municipio de Tecámac, Estado de

México, y los elementos de su Corporación que me puedan detener a mí y a

mí vehículo.

r) Al Director General de Tránsito, Vialidad y Transporte del Municipio de

Tlalnepantla de Baz, Estado de México, y los elementos de su Corporación

que me puedan detener a mí y a mí vehículo.

s) Al Director de Seguridad Vial del Municipio de Tultitlán, Estado de México, y

los elementos de su Corporación que me puedan detener a mí y a mí

vehículo.

t) Al Director General de Seguridad Pública Municipal del Municipio de Valle de

Chalco Solidaridad, Estado de México, y los elementos de su Corporación que

me puedan detener a mí y a mí vehículo.

IV. LA NORMA GENERAL, ACTO U OMISIÓN QUE DE CADA AUTORIDAD SE

RECLAME.

a) Del Secretario del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México se

reclama el ACUERDO UNICO que expide el Programa de Verificación

Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014, publicado en la

gaceta oficial del Gobierno del Estado de México, de fecha 30 de junio de

2014, mismo que entró en vigor el día primero de julio de 2014,

específicamente por lo que se refiere a su numeral 1.3.1 mismo que

establece que para obtener la Constancia de Verificación Tipo cero “0”, los

vehículos, aunado a que sus emisiones no sobrepasen los límites ahí

establecidos, deberán ser vehículos de año 2006 y posteriores violando con

ello la garantía de igualdad constitucional establecida en los artículo 1 y 13

constitucionales, la garantía de legalidad, debida fundamentación y

motivación establecida en los artículos 14 y 16 constitucionales y la

violación a los principios de supremacía de la Ley y reserva de ley en

materia reglamentaria, al haber usurpado la función reglamentaria del titular

del ejecutivo local consagrada en el artículo 122, Base Segunda, Fracción

II. Inciso B).

b) Aunado a lo anterior, se reputa inconstitucional y violatorio de la garantía de

legalidad tributaria el artículo 3.2. del Programa en razón de que el mismo

impone un tributo por concepto de la prestación del servicio de verificación

de emisiones vehiculares por un monto de 5 DSMGV (Días de Salario

Mínimo General Vigente en la Zona Geográfica "A") para la constancia de

verificación, lo cual resulta a todas luces violatorio del artículo 31, fracción

IV de nuestra Constitución, mismo que exige que los tributos se prevean en

la ley, especialmente sus elementos esenciales, por lo cual, al establecerse una contribución, en el caso específico un derecho, en un programa de

carácter reglamentario, resulta a todas luces inconstitucional.

c) Asimismo, se reclama la inconstitucionalidad de los numerales 3.4 del

“Programa” mismos que imponen como condicionante para llevar a cabo la

verificación de los vehículos el encontrarse al corriente en los adeudos de

infracciones impuestas por violaciones al Reglamento de Tránsito

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