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Analisis del articulo 2 a 10 de la constitucion de colombia

maria astrid lopez epinayuTrabajo27 de Febrero de 2021

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Artículo 2° de la constitución has el artículo 10°

Análisis

Maria Astrid López

Comunicación Social y Periodismo.

ARTICULO 2: Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

El artículo 2 de la constitución consagra el estado con la responsabilidad de proteger a las personas de nacionalidad colombiana, o las personas que residen en él. Haciendo valer sus derechos como es estipulado en la declaración universal de los derechos humanos; quiere decir el respecto a la dignidad de cada individuo, aceptando la diversidad cultural (distinción de color raza, religión, y su perspectiva sobre las cosas).

También resalta la participación del ciudadano es decir el respeto y la consideración hacia las opiniones del otro escuchar su voz y procurar una solución a cierta situación, de esta manera hacer de Colombia un país único en el cual se aplica la democracia desde distintas formas.

Artículo 3. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.

Creo que este articulo está más que claro, en que el poder de la soberanía lo tiene el pueblo, ello es los encargados de dar el poder a los funcionarios del estado para que los ejercen según establezca la ley, para el fortalecimiento y progreso del pueblo.

Un ejemplo de soberanía, es cuando un departamento, un municipio elige sus representantes mediante el voto popular.

Artículo 4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.

Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades

Es norma de normas quiere decir que las personas colombianas y extranjeros deben atacar las leyes establecidas en dicha constitución como un reglamento inviolable del país.

En caso de incompatibilidad, se refiere específicamente la falta de ética, en otros termino la aplicación de la corrupción en esta situación hay una incompatibilidad.

Artículo 5. El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.

Quiere decir respetar los derechos de cada persona, porque inalienable quiere decir que innato nace con el ser humano, un derecho natural al cual la ley no puede restringir, un ejemplo el derecho a la vida, el derecho a la libertad, por naturaleza el hombre necesita ser libre para relacionarse con su entorno.

Artículo 6. Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

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