Análisis de artículos: Artículo 14
Stephanie RamosSíntesis19 de Marzo de 2017
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Análisis de artículos:
Artículo 14: Los agricultores y artesanos que no tengan almacén o tienda para el expendio de sus productos, no son comerciantes.
En este artículo se habla específicamente de agricultores y artesanos puesto que en los artículos anteriores ya se ha estipulado quiénes son las personas que no son consideradas comerciantes. Es decir en este apartado todos los agricultores y artesanos que no posean un lugar legalizado en el que ofrecer sus artículos, quedan fuera de ser reconocidos como comerciantes, esto es porque en el artículo número dos del mismo código de comercio se habla de que las personas naturales son reconocidas como comerciantes cuando son titulares de una empresa mercantil, es decir que su empresa debe estar registrada para ser reconocida como tal y de esta forma cumplir con las obligaciones de los comerciantes que también se encuentran estipulados en el libro dos del código de comercio.
Artículo 15: no están sujetos al cumplimiento de las obligaciones profesionales contenidas en el libro segundo[1] que este código impone, los comerciantes e industriales individuales en pequeño cuyo activo sea inferior a doce mil dólares de los estados unidos de américa. Cumplirán únicamente con la contenida en el romano iv del art. 411 de este mismo código[2]. (16) (20)
Primero es importante establecer que el libro segundo del código de comercio estipula los deberes de los comerciantes y las sanciones de incumplir esto, entre los deberes que se tratan se habla de la matrícula de comercio, la forma de llevar la contabilidad y publicidad de dichas empresas, asi mismo las limitaciones de la actividad mercantil (en este apartado se habla de la competencia desleal y que deben realizar sus actividades sin perjudicar a la economía nacional), y la quiebra y suspensión de pagos.
Se establece que los comerciantes con activos menores a doce mil dólares están absueltos de cumplir rigurosamente estas obligaciones profesionales porque al ser pequeñas empresas con activos no tan altos, no pueden incurrir en algunas especificaciones que dicta el libro segundo, por ejemplo podemos mencionar la parte de la publicidad en el diario oficial de; todos los comerciantes, las escrituras sociales, liquidaciones de sociedades y otro tipo de actuar que tenga la empresa, sin embargo estas pequeñas empresas no incurren en estas acciones, ni siquiera realizan grandes contrataciones o publicidades y por tanto no se les obliga a ello. A pesar de esto, hay un apartado que si deben cumplir rigurosamente en cuanto a la competencia; dice que deben realizar sus actividades comerciales sin incurrir en actos de competencia desleal y mantenerse en el margen de la competencia. Esto es con el fin que todas las empresas trabajen con honestidad y evitar asi futuros conflictos entre ellas y por ende en la economía, por ejemplo la competencia desleal se ve reflejada cuando una empresa difunde información falsa sobre las demás empresas e incluso hacer sus productos tan parecidos a los otros competidores, que el consumidor se confunda para comprar el suyo en vez del que realmente está buscando. Estos actos aparte de ser deshonestos, deben evitarlos hasta las más pequeñas empresas porque son formas de engaño al consumidor y pueden existir sanciones legales en casos mayores, o bien disputas entre comerciantes menores.
Artículo 16: Los que verifican accidentalmente algún acto de comercio, no son comerciantes. Sin embargo, quedan sujetos en cuanto a tales operaciones, a las leyes mercantiles. Tampoco lo son los miembros de las sociedades, por esta sola circunstancia.
Este artículo nos habla de que las personas que realizan comercio accidentalmente no son considerados comerciantes, esto es porque todas las personas físicas son capaces de realizar actos de comercio, por ejemplo cuando una persona adquiere un producto a un precio bajo y aprovecha dicha oportunidad para luego revenderlo, esto se puede ver mejor ejemplificado en las ventas ambulantes; dichas personas adquieren sus productos al por mayor y por ende a un precio bajo, luego venden estos mismos productos al precio que mejor les parezca, en este caso se está ejecutando un acto de comercio a través de la compra-venta del artículo, sin embargo como se establece en el artículo dos, las personas naturales son consideradas comerciantes cuando poseen el título de una empresa mercantil, por este inciso es que el presente artículo nos verifica que estás personas que cometen “accidentalmente comercio” no son comerciantes pues en ningún momento han registrado una empresa mercantil, ni poseen un lugar para distribuir sus productos e incluso no realizan publicidad de ello, sin embargo siempre deben cumplir con las reglas mercantiles estipuladas en el código de comercio que tienen que ver principalmente con los actos de comercio en sí.
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