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Articulos resumidos 1-35


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2017  •  Resúmenes  •  3.339 Palabras (14 Páginas)  •  325 Visitas

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Art.1 Todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en la constitución y en los tratados internacionales, así como de las garantías para su protección, no podrá restringirse ni suspenderse salvo en los casos y bajo las condiciones que esta constitución establezca. El estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.  Está prohibida la esclavitud en los estados unidos mexicanos. Queda prohibida toda discriminación motivada por origen ético o nacional, el género, la edad las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Art. 2 La nación es única e indivisible. La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quienes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas. Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentada en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo a sus usos y costumbres. La federación, para promover las oportunidades de igualdad de los indígenas, establecerá las instituciones y determinaran las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades. Consultar a los pueblos indígenas en la elaboración del plan nacional de desarrollo y de los planes de las entidades federativas.

Art. 3 Toda persona tiene derecho a recibir educación, la educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica, esta y la media superior serán obligatorias. La educación será laica y por lo tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa, luchara contra la ignorancia y sus efectos, además será democrática, será nacional y contribuirá a la mejor convivencia humana a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, será de calidad para un mejoramiento constante y máximo logro académico de los educandos, toda educación que el estado imparta será gratuita, para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el sistema nacional de evaluación educativa.

Art. 4 El varón y la mujer son iguales ante la ley, todas las personas tienen el derecho de decidir de manera responsable el número de sus hijos, el estado garantiza que todos tenemos derecho a la alimentación nutritiva suficiente y de calidad, tenemos derecho a la protección de la salud, un medio ambiente sano para el desarrollo y el bienestar, tenemos derecho de gozar de una vivienda digna y decorosa, de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente y salubre. Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento, el estado otorga facilidades a los particulares para que coadyuven en el cumplimiento de los derechos de la  niñez, toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte.

Art. 5 A ninguna persona se le podrá impedir que se dedique a la profesión, comercio o trabajo que le guste siendo licito, la ley determinara en cada entidad federativa cuales son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo, nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena de las autoridades judiciales. El estado no puede permitir  que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo o la perdida de la liberta de la persona por cualquier causa.

Art.6 La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que se ataque a la vida privada o a los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público, el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. Toda persona tiene acceso a la información plural y oportuna, así como de buscar o difundir información a través de cualquier medio de expresión. Toda la información de cualquier autoridad, deberán documentar todo acto que deriven de sus facultades. La ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones de las audiencias, así como los mecanismos para su protección.

Art. 7 Es inviolable la libertad de difundir opiniones o ideas a través de cualquier medio, ninguna ley o autoridad puede establecer la previa censura ni coartar la libertad de difusión. No se puede restringir el derecho de no usar periódicos o cualquier otro medio de difusión de información para la transmisión y circulación de ideas y opiniones. En ningún caso podrá secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones o ideas como instrumento del delito.

Art. 8 Los funcionarios y empleados públicos, respetaran el ejercicio del derecho de petición siempre y cuando se haya formulado por escrito de una manera pacífica y respetuosa, en materia política, solo los ciudadanos de la republica podrán hacer uso de este derecho, para cada petición que se desee hacer, tendrá que ser de manera escrita a la autoridad dirigida, el cual tiene la obligación de hacérselo saber al peticionario.

Art.9 No se puede coartar el derecho de asociarse o hacer reuniones pacificas con cualquier objeto licito, pero solo los ciudadanos de la república mexicana pueden hacerlo con el fin de tomar parte en los asuntos políticos del país, ninguna reunión armada tiene el derecho de deliberar. Una asamblea no es considerada ilegal, cuando tiene por objeto realizar una petición o protesta por algún acto dirigida a una autoridad, siempre y cuando se realice de manera pacífica sin el uso de la violencia para poder resolver el problema.

Art.10 Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tiene derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la ley federal y de las reservas para el uso exclusivo del Ejército, armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas.

Art. 11 Todos habitantes, tienen derecho de entrar, salir, viajar y mudarse dentro de la república mexicana, sin la necesidad de una carta de seguridad, un pasaporte o algún otro documento semejante. Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo, el reconocimiento de la condición de refugio o asilo político se podrán realizar de acuerdo a los tratados internacionales.

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