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hernani16098 de Diciembre de 2014

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FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS, EMPRESARIALES

Y PEDAGOGICAS

DERECHO

Alumna: Hernani Diaz , Cesar

Código: 141061047P

Docente: Abog. Suyen Mercado Sosa

Ciclo: II - A

Moquegua - Perú

2013

¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

ARTICULO 2 INCISO 17

A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural dela Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum.

DEFINICIÓN:

El derecho de participación ciudadana constituye un derecho fundamental recogido en la Constitución peruana de 1993, y como tal un derecho de los individuos frente al Estado, así como un componente estructural básico del ordenamiento jurídico objetivo y expresión jurídica del sistema de valores que este conlleva. Resulta inconcebible una democracia que desconozca a los ciudadanos su derecho a intervenir en los distintos ámbitos de la esfera pública, no solo porque ello resulta una manifestación directa de la dignidad humana, sino porque tal participación supone una garantía indispensable para la realización de otros derechos fundamentales y condición básica para el control de la actuación del Estado.

Por otro lado, mecanismos como la revocatoria y la remoción de autoridades, así como la rendición de cuentas apuntan a permitir la participación directa dela población en el control de los responsables de la dirección política. En todo estos supuestos, la efectiva realización de la voluntad popular se encuentra confiada a los organismos electorales, que tienen la responsabilidad de canalizar los naturales conflictos entre las diferentes posiciones en juego. En consecuencia, del funcionamiento de aquellos depende la eficacia del ejercicio del derecho de participación política y de la adecuada canalización de múltiples situaciones de conflicto que inevitablemente se producen en la realidad

CARACTERÍSTICAS:

Imprescriptibles:

No les afecta la prescripción.

Inalienables

: No son transferibles a otro titular.

Irrenunciables:

De modo que el sujeto no puede renunciar a ellos.

Universales:

En el sentido de que son poseídos por todos los hombres.

EVOLUCION:

La evolución de la participación política ha ido de menos a más en un sentido mayor.

Acercamiento a la decisión política de las autoridades.

• El derecho de participación en la vida de la Nación contenido en el inciso 17 del artículo 2 de la Constitución.

17.

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