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CIEN AÑOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. 25 AÑOS DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 130 CONSTITUCIONAL. CARLOS EDUARDO GALÁN CORTÉS


Enviado por   •  20 de Diciembre de 2017  •  Exámen  •  1.867 Palabras (8 Páginas)  •  343 Visitas

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CIEN AÑOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS

UNIDOS MEXICANOS. 25 AÑOS DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 130

CONSTITUCIONAL.

CARLOS EDUARDO GALÁN CORTÉS

Centenario de nuestra constitución, el documento que puso fin a muchas

batallas civiles derivadas del llamado de Francisco I. Madero, la primera

constitución social en el mundo, que ha sido de inspiración para muchas

naciones sobre todo en la protección laboral y a las tierras. Es un llamado

a la defensa de nuestro territorio y a la preservación de bien común entre

los mexicanos.

Nuestra constitución es un llamado a la unidad nacional, forma parte del debate

para reconocerlo como un símbolo patrio junto con el himno nacional, el escudo y

la bandera.

También incluye, hechos históricos establecidos en nuestra ley suprema; una de

ellas es la relación Iglesia-Estado.

En el primer antecedente de constitución de la nación mexicana, la cual es Los

Elementos Constitucionales de Ignacio López Rayón de 1811 establece en su

primer artículo lo siguiente: “La religión católica será la única, sin tolerancia a otra”.

Los Sentimientos a la Nación de José María Morelos y Pavón de 1813 establece en

su artículo segundo establece lo mismo que el primer artículo de Los Elementos

Constitucionales que se publicó dos años antes; en el artículo tercero establece

“Que todos sus Ministros se sustenten de todos y solos los Diezmos y Primicias, y

el Pueblo no tenga que pagar más obvenciones que las de su devoción y ofrenda.”

Y por último el artículo cuarto marca que “Que el Dogma sea sostenido por la

Jerarquía de la Iglesia, que son el Papa, los Obispos y los Curas, porque se debe

arrancar toda planta que Dios no plantó: omnis plantatis quam non plantabit Pater

meus Celestis cradicabitur”

La Constitución de Apatzingán de 1814 señalaba en su primer artículo que la iglesia

católica romana apostólica es la única que se debe profesar en el Estado.

La primera constitución del México independiente data de 1824, su primera frase de

esa carta magna es: “Ante Dios Todopodero, autor supremo y legislador de la

sociedad.” Así como su artículo tercero marcaba lo siguiente: “La religión de la

nación mexicana es y será la católica, apostólica, romana. La nación la protege por

leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra.”

C

La Constitución de 1857, en tiempo de Juárez, tenía el juramento de “En nombre de

Dios y la autoridad del Pueblo México”, en su artículo 27 se establece el primer

distanciamiento entre la Iglesia y el Estado mexicano, que a su pie dice: “La

propiedad de las personas no puede ser ocupada sin su consentimiento, sino por

causa de utilidad pública y previa indemnización. La ley determinará la autoridad

que deba hacer la expropiación, y los requisitos con que ésta haya de verificarse.

Ninguna corporación civil o eclesiástica, cualquiera que sea su carácter,

denominación u objeto, tendrá capacidad legal para adquirir en propiedad o

administrar por sí bienes raíces, con la única excepción de los edificios destinados

inmediata y directamente al servicio u objeto de la institución.”

Para el congreso constituyente de 1917, se debatió sobre la educación laica,

bloqueando así a las corporaciones religiosas para impartir educación. También

estableció la libertad de profesión, pero desconoció a los religiosos quitándoles el

voto y siguió establecido que no pueden adquirir bienes inmuebles.

Francisco J. Múgica fue el constituyente más radical y quién más debatió en el

asunto del artículo 130, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en el

siguiente modo:

“(Primeros tres párrafos) Corresponde a los Poderes Federales ejercer en

materia de culto religioso y disciplina externa, la intervención que designen las

leyes. Las demás autoridades obrarán como auxiliares de la Federación.

El Congreso no puede dictar leyes estableciendo o prohibiendo religión

cualquiera.

El matrimonio es un contrato civil. Este y los demás actos del estado civil de las

personas, son de la exclusiva competencia de los funcionarios y autoridades del

orden civil, en los términos prevenidos por las leyes, y tendrán la fuerza y

validez que las mismas les atribuyan.”

Como podemos ver, la nación mexicana siempre ha sido de mayoría católica. A

través de los años se han presentado diversos hechos históricos durante los siglos

XIX y XX. Por causas de la defensa de la religión ha corrido sangre en territorio

nacional, se convirtió en un tabú entre los políticos mexicanos

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