ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CLASES DE JUSTICIAS


Enviado por   •  16 de Marzo de 2012  •  919 Palabras (4 Páginas)  •  1.522 Visitas

Página 1 de 4

7. CLASES DE JUSTICIA:

7.1. Particular

Se refiere al bien de individuos o grupos particulares y puede ser: Distributiva y Conmutativa.

a) Distributiva: el Estado atiende a los derechos de individuos o grupos particulares, distribuyendo de forma justa, las ayudas, honores, privilegios, etc.

b) Conmutativa o recíproca: cuando los individuos establecen contratos particulares

7.2. Distributiva

Un aspecto interesante de la organización de las sociedades es cómo se detentan los recursos disponibles, los bienes producidos y la riqueza disponible. En principio, en la mayoría de sociedades se han manejado dos conceptos parcialmente incompatibles sobre qué es una distribución justa de los bienes y la riqueza:

La justicia según la necesidad, sostiene aquellos que tienen mayores necesidades de un bien deben poseer asignaciones mayores.

La justicia según el mérito, sostiene que aquellos que más contribuyen a la producción de bienes y riqueza deben tener también una mayor proporción de los mismos.

En la práctica en las sociedades modernas los dos criterios de justicia distributiva coexisten en la asignación de recursos, aplicándose con mayor o menor prioridad uno u otro según el caso concreto.

La justicia distributiva, para Aristóteles, tiene que ver con lo que es justo o correcto con respecto a la asignación de bienes en una sociedad. Los principios de la justicia distributiva son principios normativos diseñados para guiar la asignación de los beneficios y las cargas de la actividad económica. A menudo se le contrasta con la justicia retributiva, la cual se concentra en la proporcionalidad de los resultados y las consecuencias, y con la justicia procedimental la cual tiene que ver con la justicia de los procesos, tales como en la administración de la ley. El teórico contemporáneo más prominente de la justicia distributiva es el filósofo John Rawls.

7.3. Conmutativa

Es la igualdad o equilibrio en el intercambio de bienes entre compañeros que se intervienen para todo; es justa la igualdad de trato en las relaciones comerciales, ejemplo: si alguien vende una casa, no sería justo que se le pagase con un par de sandalias. La igualdad de valor de los bienes que se intercambian es una condición básica para que el trato pueda considerarse justo. La palabra proviene del latín conmutare que significa intercambiar.

Es una de las formas de la justicia para Sócrates y Tomás de Aquino. Para el primero, se trata de la justicia particular que ordena los intercambios según el principio de igualdad aritmética entre personas que son consideradas iguales (cada quien debe, por tanto, recibir tanto como da). En contraste con la justicia distributiva, que toma en cuenta las diferencias de mérito, Aristóteles concibe a la justicia conmutativa como la que da a cada quien independientemente de sus particularidades. Un intercambio es considerado justo según la justicia conmutativa cuando los objetos del intercambio son ambos a

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com