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Circulación de armas de fuego en el Perú

anderso18Apuntes27 de Agosto de 2023

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA[pic 1][pic 2]

Norte de la Universidad Peruana

 

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ENSAYO: CIRCULACIÓN DE ARMAS DE FUEGO EN EL PERÚ

Docente:

Tineo Tiquillahuanca, Alcides

Curso:

Redacción Académica

Ciclo:

Segundo ciclo, Grupo A 

Presentado por:

Rodríguez Requejo, Dayana

2023

Cajamarca, enero del 2023

ESQUEMA DE PLANIFICACIÓN

TÍTULO: CIRCULACIÓN DE ARMAS DE FUEGO EN EL PERÚ

  1. INTRODUCCIÓN:

Contextualización:

  1. Muchos de los casos de homicidios y sicariatos en el Perú son ocasionados por la delincuencia armada.
  2. Según datos de la RENIEC 2,706 personas con antecedentes judiciales eran propietarios de casi 4,000 armas de fuego, y que  13,382 personas, en algún momento usuarios legales de armas, habían fallecido . (Quinteros, 2021)

Tesis:

  1. La circulación de armas de fuego debe reducirse mediante la implementación de medidas de prevención y fiscalización para disminuir los índices de inseguridad ciudadana.

  1. CUERPO ARGUMENTATIVO:
  1. Como respaldo jurídico ante el delito de la posesión ilícita de armas de fuego existe la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil. (Definición)
  1. Establece las condiciones que se deben cumplir para acceder a una licencia de uso de armas de fuego y mantenerla.
  2. Especifica también dentro de ella las obligaciones y prohibiciones de su uso
  3. Si se hace cumplir esta norma de la manera más eficaz, se aplican las consecuencias establecidas y se fortalece la labor del sistema de justicia ante estos casos, se reduciría en gran medida el número de usuarios ilegales de estos objetos.

  1. Se debe implementar un sistema de medidas más severas ante la proliferación de armas de fuego, ya que contribuirá con la reducción de los índices de inseguridad ciudadana que ocasiona la tenencia ilegal de las mismas. (Causalidad)
  1. “En los últimos años se ha modificado la legislación penal con el fin de fortalecer las acciones normativas. Estos cambios aumentan la severidad de las penas en el caso de personas miembros de organizaciones criminales” Lamas Puccio (2019)
  2. La SUCAMEC ha establecido un sistema de medidas ante esta problemática
  3. Es necesario que se pongan en práctica las medidas mencionadas para combatir esta problemática desde su origen y disminuir los índices de inseguridad ocasionada por la misma.
  1. Existe un creciente dilema entre si el porte de armas para defensa personal puede ser considerado un derecho constitucional o no. (Hecho)
  1. Saldaña Cuba (2014) señala que ¨en el ordenamiento peruano poseer y usar armas no puede ser considerado un derecho fundamental.
  2. Lamas Puccio (2019) señala que la razón de incorporar como tipo penal la posesión o la pertenencia de armas de fuego.
  3. Al prohibir el uso de armas no se vulnera el derecho a la seguridad personal y legítima defensa
  1. Cada año se incrementan las denuncias por tenencia ilegal de armas y posesión de armas de guerra en el país así como también los casos de violencia u homicidios ocasionados por los mismos. (Hecho)
  1. Según el INEI (2022), el arma de fuego fue el principal instrumento utilizado en las muertes violentas asociadas a hechos delictivos dolosos
  2. El 17 de febrero del 2017, donde Eduardo Romero asesinó con un arma de fuego a tres personas e hirió a diez más en el distrito de Independencia, Lima.
  3. Se debe reforzar el sistema ante los casos de violencia y homicidio ocasionados por armas de fuego para detectar documentos falsos.
  1. CONCLUSIÓN:
  1. La circulación de armas de fuego debe reducirse mediante la implementación de medidas de prevención y fiscalización para disminuir los índices de inseguridad ciudadana.
  1. Como respaldo jurídico ante el delito de la posesión ilícita de armas de fuego existe la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil.
  2. Se debe implementar un sistema de medidas más severas ante la proliferación de armas de fuego, ya que contribuirá con la reducción de los índices de inseguridad ciudadana que ocasiona la tenencia ilegal de las mismas.
  3. El porte de armas para la defensa personal no puede ser considerado un derecho constitucional.

CIRCULACIÓN DE ARMAS DE FUEGO EN EL PERÚ

En el Perú, muchos de los casos de homicidios y sicariato son ocasionados por la delincuencia armada, y analizando más a fondo las armas con las que se realizan estos delitos vienen a ser portadas de manera ilegal. El Ministerio de Justicia y Derechos humanos (2021) obtuvo como resultados de una encuesta aplicada a mujeres y hombres recluidos en los Establecimientos Penitenciarios lo siguiente: el 90% de condenados por delito de robo agravado señaló tener amigos que usaban armas de fuego, dato preocupante considerando que al mes de abril de 2021, los internos e internas por robo agravado, sólo en Lima, eran 12,182. No menos preocupante resulta el recuerdo de puntuales indagaciones de la SUCAMEC entre 2014 y 2016, donde el cruce del registro oficial de usuarios legales de armas de fuego con los registros del Instituto Nacional Penitenciario y el RENIEC, arrojó como resultado que 2,706 personas con antecedentes judiciales eran propietarios de casi 4,000 armas de fuego, y que  13,382 personas, en algún momento usuarios legales de armas, habían fallecido. (Quinteros, 2021). Ello nos lleva a darnos cuenta de que la situación de la proliferación de armas en nuestro país es un tema muy complicado que trae consigo el problema de la inseguridad ciudadana. La delincuencia armada representa cifras alarmantes con respecto a los homicidios dentro del territorio nacional y por ende la circulación de armas de fuego debe reducirse mediante la implementación de medidas de prevención y fiscalización para disminuir los índices de inseguridad ciudadana.

En primer lugar, como respaldo jurídico ante el delito de la posesión ilícita de armas de fuego, la Constitución de 1993 consagra mediante la ley 30299 las regulaciones necesarias del uso civil de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados. Entendiéndose como arma de fuego a toda aquella arma que consta por lo menos de un cañón por el cual una bala o proyectil pueda ser descargado por la acción de un explosivo. Así,  esta ley constituye un fundamento que establece las condiciones que se deben cumplir para acceder a una licencia de uso de armas de fuego y mantenerla; especificando también dentro de ella las obligaciones y prohibiciones de su uso, tales como no contar con antecedentes judiciales, ni policiales por delitos dolosos o prohibir el uso de armas de fuego en situaciones que generen la alteración del orden público, entre otras especificaciones. Es por ello, que si hace cumplir esta norma de la manera más eficaz, se aplican las consecuencias establecidas  y se fortalece la labor del sistema de justicia ante estos casos, se reduciría en gran medida el número de usuarios ilegales de estos objetos. Siendo la detención y procesamiento de estos usuarios una función estatal a priorizar para reducir la problemática social entendida como la delincuencia armada.

En segundo lugar, se debe implementar un sistema de medidas más severas ante la proliferación de armas de fuego, ya que contribuirá con la reducción de los índices de inseguridad ciudadana que ocasiona la tenencia ilegal de las mismas. Para combatir esta problemática desde su raíz viene siendo necesario que se lleven a cabo acciones que impacten positivamente en la erradicación de este problema social; una de estas posibles soluciones sería realizar un ajuste en la normativa actual que permita que las sanciones por cometer este delito sean más estrictas y generen un cambio de comportamiento en los sectores sociales que incurren en este. Como lo manifiesta Lamas Puccio (2019) en una entrevista realizada por el canal de TV de la Academia de la Magistratura: “En los últimos años se ha modificado la legislación penal con el fin de fortalecer las acciones normativas. Estos cambios aumentan la severidad de las penas en el caso de personas miembros de organizaciones criminales”. Ello demuestra que aumentar la severidad de las penas sí constituye una forma de fortalecer el sistema de justicia ante los casos de proliferación.

Por otro lado, la SUCAMEC que tiene en sus principales funciones la de controlar, administrar, supervisar, fiscalizar, normar y sancionar la fabricación y comercio de armas de fuego, también ha establecido un sistema de medidas ante esta problemática; estas vendrían siendo cuatro: la prevención, consiste en realizar actividades preventivas ante el uso ilegal de armas, entre ellos por ejemplo la sensibilización a la población con respecto al uso de armas de fuego o también la creación de programas de entrega voluntaria de armas; entre otras. En segundo lugar, las modificaciones normativas sobre el sistema de control de armas peruano que tuvo como objeto fortalecer el control, administración, supervisión, fiscalización, regulación normativa, y sanción con respecto a la fabricación y circulación de armas y conexos; así como también crear atribuciones para cancelar y denegar licencias y autorizaciones. Además, la fiscalización viene a formar parte de las medidas establecidas por esta entidad como lo expresa en una nota de prensa realizada en noviembre del 2022 en donde se informa que inspectores de la SUCAMEC incautaron 147 armas de fuego a empresas de seguridad en Lima y Áncash, poniendo en práctica este sistema de control, se verificaron 25 empresas y se lograron incautar 131 revólveres y 16 escopetas que no cumplían con los licenciamientos necesarios para su uso. Y como última medida, la gestión interna también juega un papel muy importante en la lucha contra la circulación ilegal de armas, puesto que llevar a cabo el proceso de destrucción de las armas incautadas no es un proceso del todo sencillo, ya que se debe cumplir con una serie de lineamientos tales como la verificación, registro y embalaje para evitar que estas caigan en manos equivocadas y vuelvan a parar al mercado negro. Mencionado todo lo anterior, reiteramos la idea de que es necesario que se pongan en práctica las medidas mencionadas para combatir esta problemática desde su origen y disminuir los índices de inseguridad ocasionada por la misma.

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