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Clasificacion De Las Fuentes Formales Del Derecho


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2012  •  873 Palabras (4 Páginas)  •  13.092 Visitas

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CLASIFICACIÓN DE LAS FUENTES FORMALES.

La idea de un procedimiento nos imagina una serie de pasos o etapas ligadas entre sí con un propósito. Así entendido, cada fuente formal se constituye por una serie de etapas o momentos que se suceden en orden, con vistas a cierto cometido.

Las fuentes formales del derecho son:

1. La legislación.

2. La costumbre.

3. La jurisprudencia.

4. La doctrina.

5. Los principios generales del derecho.

1. LA LEGISLACIÓN.

Es la fuente más importante del derecho. Se define normalmente como un procedimiento a través del cual ciertos órganos del Estado llevan a cabo determinados actos como consecuencia de los cuales se va a producir una regla jurídica de observancia general denominada ley.

El maestro García Máynez, define al proceso legislativo como: proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas normas jurídicas de observancia general, a las que se les da el nombre específico de leyes.

El proceso legislativo se encuentra establecido en nuestra Constitución Política en sus artículos 71 y 72, y en él participan el Congreso de la Unión, integrado por las dos cámaras de diputados y senadores, y el presidente de la república, se integra en seis etapas, que son:

a).- Iniciativa.

b).- Discusión.

c).- Aprobación.

d).- Sanción.

e).- Publicación.

f).- Iniciación de la vigencia.

LA COSTUMBRE.

Es la más antigua de las fuentes formales del derecho.

Se le considera la repetición constante de una conducta que la sociedad acepta como obligatoria.

Cuando se presentan los dos elementos: a). material u objetivo, repetición constante, y b) subjetivo o psicológico, su aceptación por la sociedad, se acepta como costumbre obligatoria, conocida también como derecho consuetudinario.

LA JURISPRUDENCIA.

Se conoce como la principal fuente formal indirecta, ya que su función principal es interpretar el sentido de la ley, o llenar las lagunas que aparecen en el sistema jurídico.

Son las resoluciones de los tribunales que por mandato de ley son de observancia obligatoria; constituyen la jurisprudencia, según lo dispone la Constitución en el séptimo párrafo de su artículo 94: “La ley fijará lo términos en que sea obligatoria la jurisprudencia que establezcan los tribunales el poder judicial de la federación sobre la interpretación de la constitución, leyes, reglamentos federales o locales, tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano, así como los requisitos para su interpretación y modificaciones”.

La jurisprudencia, más que crear nuevas

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