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Comisión Estatal de Información Gubernamental


Enviado por   •  4 de Febrero de 2014  •  Trabajos  •  602 Palabras (3 Páginas)  •  182 Visitas

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Comisión Estatal de Información Gubernamental

Lic. Erik Hernández.

(Secretario Ejecutivo)

En 2003 se crea en Querétaro esta comisión integrando su propia ley de acceso a la información basada en la ley federal.

La Comisión Estatal de Información Gubernamental se especializa en proporcionar información pública a la población de tal manera que se pueda ejercer este derecho de acuerdo a los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás leyes aplicables.

Con más detalle la CEIG es un organismo gubernamental creado y respaldado por la CPEUM, por la Constitución del Estado de Querétaro, y en la Ley Estatal de Acceso a la Información Pública.

La característica principal e esta comisión es la transparencia y la imparcialidad de tal manera que sus resoluciones o recomendaciones son neutrales y justas tanta para el gobierno como para la población.

Esta ley está dividida en artículos que aclaran que información puede o no ser proporcionada a la población, quien la proporciona, como se hace y todas las particularidades de este ejercicio de derechos:

• Art 1. Esta ley es obligatoria para todos los servidores públicos de la entidad.

• Art 2. Toda la información es pública salvo sus acepciones que explica la ley.

• Art 3. Información confidencial es todos aquellos datos personales de los funcionarios. La información pública; todo registro, archivo o dato, contenido en documentos escritos, fotografías, grabaciones, etc., que haya sido creado u obtenido por las instituciones gubernamentales. La información reservada es aquella información pública que se encuentra temporalmente sujeta a algún proceso que pueda influir en este.

• Los sujetos obligados a por esta ley son: los Poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo, las entidades paraestatales, las dependencias y unidades administrativas del Municipio, los organismos dotados de autonomía por la Constitución Política del Estado de Querétaro, los partidos y organizaciones políticas con registro oficial y la Universidad Autónoma de Querétaro y demás instituciones de educación superior que reciban recursos públicos.

• Art 4.- Todos los servidores públicos están obligados a proporcionar información siempre y cuando sea de su competencia.

• Art 5.- solo se puede negar la información confidencial o la reservada.

• Art 6.- La consulta de la información es gratuita, menos copias y todos los gastos extraordinarios que se generen.

• Art 7.- Los sujetos obligados deben mantener

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