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COMISION ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS JALISCO


Enviado por   •  5 de Junio de 2013  •  Tesinas  •  9.155 Palabras (37 Páginas)  •  804 Visitas

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JUSTIFICACIÓN

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México o CNDH por sus siglas, es la principal entidad gubernamental encargada de promover y proteger los derechos humanos en México; principalmente ante abusos cometidos por funcionarios públicos o por el estado. De carácter federal, de acuerdo al artículo 102° B de la Constitución Política de México: posee autonomía de gestión y presupuestaria, así como personalidad jurídica y patrimonio propios.

Su constitución, organización y objetivos son similares a las Defensorías del Pueblo de otros países, y el Presidente de la Comisión cumple funciones equivalentes a las de un ombudsman (Defensor del Pueblo).

El elegir el tema, me fue de gran interés al verificar que dicha dependencia está basada en los “derechos humanos” el cual existe ignorancia en el individuo o del pueblo donde podemos expresar y levantar quejas mediante irregularidades de cualquier índole. Y son de carácter gratuito y confidencial.

COMISION ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS JALISCO

VISION Y MISION

El CEDH tiene el propósito de impulsar, promover y generar el desarrollar de estudios e investigaciones en el área de Derechos Humanos y materias afines, mediante una exhaustiva labor académica que fomente la cultura y conocimiento de los derechos fundamentales a nivel nacional e internacional, buscando en todo momento, constituirse como un espacio de reflexión en donde se estudie la problemática actual que vive nuestro país y el entorno mundial en torno a los derechos humanos y proponga líneas de acción para su tratamiento.

FUNCIONES DE LA CEDH

La CEDHJ vigila que los servidores públicos, autoridades y sus delegados estatales y municipales, así como las empresas de participación mayoritaria estatal o municipal, respeten los derechos humanos de todos los habitantes de Jalisco, sin importar raza, sexo, edad, condición social, situación jurídica, preferencia sexual, nacionalidad, estado civil o creencias religiosas. Cuando es necesario, procura que se adopten todas las medidas precautorias que eviten la violación de los derechos fundamentales.

Defiende a cualquier persona a quien se le estén violando sus derechos humanos o cuando la violación ya ocurrió.

Promueve una cultura de respeto a los derechos humanos en todos los habitantes de Jalisco, mediante cursos de capacitación, conferencias, foros, jornadas conmemorativas y talleres. Estas actividades se organizan de acuerdo con las características y necesidades de los grupos a los que se dirige: niños en edad escolar, jóvenes universitarios, maestros, organismos no gubernamentales, miembros de los cuerpos policiacos e integrantes del Ejército mexicano, entre otros. Divulga los derechos humanos a través de la Gaceta 6 de Diciembre, trípticos, campañas informativas y la producción de materiales para distribución masiva

HISTORIA

El proceso de consolidación de la defensa de los derechos humanos en México tuvo lugar el 6 de junio de 1990. Un año más tarde se presentó ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión una iniciativa para elevar a rango constitucional a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y crear un sistema no jurisdiccional de protección y defensa de tales derechos en toda la República.

Posteriormente, el 28 de enero de 1992, se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al agregarse un apartado B al artículo 102. Esta reforma garantiza la permanencia de la Comisión Nacional en el sistema jurídico mexicano.

El principal objetivo de la reforma fue estatuir al más alto nivel normativo la existencia y funcionamiento de instituciones que, en los diferentes niveles de gobierno, coadyuvaran a materializar uno de los propósitos fundamentales del Estado, es decir, promover y preservar los Derechos Humanos y garantizar su ejercicio pleno.

En la exposición de motivos de la iniciativa de reforma se destacó la necesidad de construir una nueva relación del Estado con la sociedad por la vía del derecho: único medio que da permanencia efectiva a la transformación, fomenta la dignidad y libertad de cada uno y da sustento firme a la promoción de la justicia.

En ese orden de ideas, el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se dividió en dos apartados: el "A" para recoger el texto del artículo entonces vigente, que contemplaba la organización y atribuciones del Ministerio Público de la Federación, en su carácter de representante de los intereses de la sociedad, y el "B" para establecer la creación de organismos protectores de Derechos Humanos, complementando así el espíritu eminentemente social de dicho precepto.

El apartado B del artículo 102 estipula la existencia de un organismo de defensa de los Derechos Humanos, estructurado a partir de una ley expedida por el Congreso de la Unión, y de organismos equivalentes a nivel local, creados por las legislaturas de las entidades federativas.

Así fue como en Jalisco la figura del Ombudsman se instituyó el 28 de febrero de 1993, al reformarse el artículo 10 de la Constitución Política del Estado.

La primera etapa estuvo a cargo de Carlos Hidalgo Riestra. Cuando asumió el cargo sólo contaba con la Ley que le dió origen a la CEDHJ, pero al culminar su periodo, el 29 de abril de 1997, había establecido las bases normativa, organizacional, financiera, administrativa, humana y tecnológica de la institución. Durante su gestión privilegió el uso de la recomendación para la defensa de los quejosos.

La segunda etapa, del 30 de abril de 1997 al 28 de abril de 2001, la encabezó María Guadalupe Morfín Otero. Quién, además del recurso de la recomendación para la defensa de los quejosos, privilegió el procedimiento conciliatorio y con el apoyo del gobierno del Estado, logró dotar a la Institución de un edificio propio.

En la tercera etapa, la responsabilidad recayó en Carlos Manuel Barba García, quien, después de 15 meses como presidente interino, fue ratificado para dirigir la institución por el periodo comprendido del 2 de agosto de 2002 al 2 de agosto de 2007. En su gestión logró, a través del diálogo y el convencimiento, la reparación del daño y continuó además con el uso del procedimiento conciliatorio.

La cuarta etapa, a patir del 2 de agosto de 2007, la CEDHJ estará encabezada por Felipe de Jesús Álvarez Cibriánpor los próximos 5 años.

INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN

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