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Constitución de 1852, 1861, 1869, 1878, 1883


Enviado por   •  21 de Julio de 2017  •  Ensayos  •  1.764 Palabras (8 Páginas)  •  212 Visitas

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Constitución de 1852

La abolición de la esclavitud es el hito jurídico más importante de esta época. La discusión en la asamblea constituyente no fue fácil. Por un lado, se argumentaba que en la república los hombres son libres y que es un contrasentido mantener la esclavitud; también se afirmó que la esclavitud es un ataque a la religión, la moral y la civilización. Por otro lado, se sostuvo que se estaba atentando contra el derecho de propiedad. La Constitución se la hace a nombre dios y la religión católica, como en las anteriores constituciones, es la oficial del Estado, excluyente y es protegida por todos. Incluso uno de los deberes de los ecuatorianos es respetar la religión, a parte de los ya enunciados en otras constituciones. Los requisitos excluyentes para ser ciudadanos siguen siendo los mismos y de igual manera se mantienen las causales peligrositas de suspensión de la ciudadanía. Los extranjeros gozan de sus derechos siempre que respeten y obedezcan la Constitución. Los derechos tienen su título, “De las garantías”, y se establece expresamente, como novedad, que “Nadie nace esclavo en la República, ni puede ser introducidos en ella en tal condición, sin quedar libre . En las garantías, vuelve a mencionarse que las Fuerzas Armadas tienen el deber de “sostener la observancia de la Constitución

Constitución de 1861

En la ciudadanía se elimina el requisito de tener propiedad, se sube la edad a veintiún años y se mantiene el requisito de leer y escribir aunque se mantienen los requisitos para ser elegido miembro del Senado o de la Cámara de Diputados, se mantiene la condición de reconocer derechos a extranjeros, siempre que respeten la Constitución. Por primera vez se elige directamente al presidente de la República. Hay un título sobre derechos, “De las garantías”, en el que se enumeran los mismos derechos anteriores, con el siguiente añadido: se refuerza la garantía de la propiedad y se afirma que si los funcionarios atentaren contra la propiedad particular, serán responsables con su persona y bienes a la indemnización que ocasionare. En las garantías, los funcionarios se comprometen a sostener y defender la Constitución, el Congreso tiene la facultad de interpretar de forma exclusiva la Constitución  y se mantiene la facultad de todo ecuatoriano para reclamar por la violación de la Constitución.

Constitución de 1869

La Constitución no se aleja de lo que venía siendo ya una tradición restringida de reconocimientos de ciudadanía y de derechos. A la invocación tradicional a dios como legislador, la constitución añade que es “uno y trino autor, legislador y conservador del Universo”. Se conserva la declaración de la religión católica como religión de la República, exclusiva y protegida por todo el poder público. Se añade a los requisitos para la ciudadanía ser católico, y desaparece definitivamente el requisito de poseer propiedad incluso para ser miembro del parlamento. Los deberes de los ciudadanos son los mismos (Art. 7). Los derechos también son los mismos y se enumeran bajo el acápite “de las garantías. El nuevo derecho que aparece es el de reunión: “los ecuatorianos tienen el derecho a asociarse sin armas, con tal que respeten la religión, la moral y el orden público. Estas asociaciones estarán bajo vigilancia del Gobierno”.

 Constitución 1878

En esta época, el Ecuador se convierte en el principal productor y exportador de cacao. Este hecho hace que emerja una nueva clase social: la burguesía comercial y bancaria, que acrecentará la contradicción entre poder económico de la costa y poder político de la sierra. Al mismo tiempo, se produce un reagrupamiento de los sectores populares urbanos, los campesinos de la sierra resisten a la servidumbre y se produce una emigración a la costa. Los requisitos para ser ciudadano son tres: casado, más de veintiún años y saber leer y escribir .Vuelve el requisito de tener renta anual determinada para ser miembro del senado y de la cámara de diputados. En cuanto a los deberes, no se enumeran como en las cartas anteriores. En los derechos, aparecen otra vez y bajo el título “De las garantías”, después de la Constitución 1843, antecediendo a la parte orgánica y a la estructura del Estado. Se reconoce que los derechos son la base y el objeto de las instituciones sociales. Sin duda esta constitución contiene la mejor sistematización sobre los derechos fundamentales de todo el siglo pasado. Se reconoce la inviolabilidad de la vida y queda abolida la pena de muerte incluso para los delitos comunes, salvo para el parricidio. Aparte de agrupar los derechos en categorías y subcategorías (por ejemplo, bajo el derecho a la seguridad individual, se regula las restricciones a la libertad de movimiento y el debido proceso; bajo el derecho a la propiedad, se regula las formas de limitación por utilidad pública). Aparece, por primera vez como derecho, la enseñanza primaria, obligatoria y gratuita, y la libertad para fundar establecimientos de enseñanza privada

 Constitución de 1883

 Tenemos crisis y grave. Al terminar el período constitucional Veintimilla en lugar de convocar a elecciones, se proclama dictador. Se forman tres gobiernos, uno en Guayaquil dirigido por Veintimilla, otro en Quito que es un pentavirato y otro en Esmeraldas liderado por Eloy Alfaro. Hay guerra civil. Los tres gobiernos convocan a un constituyente en el año 83 y designan como presidente a un latifundista costeño María Plácido Caamaño, que inaugurará un período conocido en la historia tradicional como “el progresismo”, que se caracteriza por existir tolerancia y respeto a la libertad e imprenta y expresión. A los requisitos tradicionales de ciudadanía, se explicita que tienen que ser varones. No se exigen requisitos adicionales, como la condición de propietario, ni siquiera para ser parlamentario. La condición para los extranjeros de respetar la Constitución desaparece, pero se remite a una ley especial sus derechos y deberes. Además de los derechos reconocidos en la anterior constitución, se reconoce otra vez el derecho de petición y el derecho de reunión ya no condicionado a la religión ni al control estatal, sino solo a los fines lícitos. Encontramos la garantía normativa de respeto y responsabilidad personas por violación a la Constitución, con la calificación de imprescriptibilidad de estos delitos.

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